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(USUARIOS DE TIFLOTECNOLOGÍA PARA EL LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN)

 

III JORNADAS DE USUARIOS DE TECNOLOGÍAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL

Madrid, 10 al 12 de octubre de 2009

 

 

Grabaciones en audio de las sesiones de las segundas jornadas.

 

 

 

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DECLARACIÓN DE USUARIOS DE TECNOLOGÍAS para Personas con Ceguera y Deficiencia Visual

(finalizada y publicada el 2 de julio de 2000. Revisada en diciembre de 2004, con motivo de la celebración de las PRIMERAS JORNADAS DE USUARIOS DE TECNOLOGÍAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL)

 

Las tecnologías de acceso a la información y la comunicación son herramientas imprescindibles para la potenciación global de las personas con ceguera o deficiencia visual. Por esta razón, manifestamos lo siguiente:

 

1. Las Administraciones Públicas y las organizaciones de y para ciegos deberán garantizar que podamos utilizar los últimos medios tecnológicos disponibles en el mercado, por encima de intereses comerciales, corporativos o de cualquier otro tipo, e independientemente del sistema informático usado.

2. Las Administraciones públicas, y subsidiariamente, las entidades responsables de la prestación de servicios sociales y culturales para personas con ceguera impulsarán al máximo la utilización de estas tecnologías, por ello es imprescindible el adiestramiento de los usuarios en el manejo de estos nuevos medios a través de la enseñanza presencial mediante instructores, la teleformación, la elaboración de guías y manuales, etc.

3. Respecto a la información destinada a los ciudadanos y que no es accesible de forma directa para las personas con discapacidad visual, además de seguir profundizando en la utilización de medios tradicionales (braille, grabaciones, macrotipos, etc.), se impulsarán los relacionados con las nuevas tecnologías (soportes digitales, correo electrónico, comunicaciones por red, etc) ya que permiten un acceso más rápido y con frecuencia más eficaz.

4. Las Administraciones Públicas, o entidades autorizadas, tomarán las medidas que impulsen la incorporación de los usuarios con deficiencia visual a las nuevas redes de información y comunicación, difundiendo entre los estamentos que lo pueden facilitar (universidad, mundo empresarial, etc), información acerca de las necesidades y posibilidades de estos usuarios. Asimismo deberán cumplir las recomendaciones de accesibilidad en sus espacios en la red y promover su utilización en los creados desde la iniciativa privada.

5. El uso y manejo de estas tecnologías debe ser uno de los objetivos básicos en la formación instrumental de los niños con discapacidad visual desde las primeras etapas educativas.

6. El uso de las adaptaciones tiflotécnicas es esencial para la formación profesional en su sentido más amplio y para el desempeño de un puesto de trabajo, por lo que se adoptarán las medidas que garanticen la disponibilidad del material curricular y complementario necesario para el uso de los medios tiflotécnicos de forma eficaz y urgente en todas las situaciones formativas o de empleo e independientemente del sistema operativo que se utilice.

7. Puesto que es evidente que los avances tecnológicos contribuyen a incrementar la independencia de las personas con ceguera y deficiencia visual en las actividades de la vida diaria se fomentará la investigación y desarrollo de proyectos que faciliten la utilización del transporte público, los cajeros automáticos, planos y callejeros y todo medio que signifique una mayor autonomía personal.

8. Las Administraciones competentes deberán promover y facilitar a través de las medidas oportunas el acceso a Internet de las personas con ceguera complementando mediante los procedimientos adecuados las situaciones de desigualdad pues la navegación es de ejecución más lenta y además se necesitan adaptaciones específicas.

9. La utilización del comercio electrónico permite una mayor autonomía para las personas con dificultades visuales, por lo que deberán dictarse las medidas que garanticen su total accesibilidad.

10. Convencidos del gran papel que la tecnología tiene en el área del ocio y el tiempo libre creemos que se deben impulsar los procedimientos para que las personas ciegas puedan disfrutar de juegos y otros productos y actividades indispensables para su desarrollo individual y su participación normalizada en la sociedad, y de los que han estado especialmente alejadas.

11. se tendrán en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad visual a la hora de desarrollar nuevos diseños para la edición electrónica y digital, así como en los servicios que ofrezcan las bibliotecas virtuales con el fin de suprimir sus dificultades para acceder a los libros, revistas y periódicos. Realizándose una oferta de bibliotecas públicas, dotadas de las herramientas tecnológicas que permitan el acceso a sus fondos bibliográficos.

 

12. Los usuarios serán decisivos para el diseño de productos y en la planificación y desarrollo de servicios, programas e iniciativas, creándose grupos conjuntos de estudios avanzados al objeto de compatibilizar prestaciones y costos así como la determinación de aquellos medios que, por sus posibilidades de estandarización, sean comercialmente rentables.

 

 

Este documento está promovido por:

Ha recibido la adhesión de:

Fundación de Ciegos Manuel Caragol (Catalunya - España)

 

 

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