Iñaki Egaña- Giovanni Giacopuzzi
IzaroNews 20 de
Diciembre de 2007
Hay quien dice que mientras persista la actividad
armada de ETA no tiene demasiado sentido, ni siquiera es lícito, hablar de
violación de los derechos de asociación y expresión o de la acción
política que, entre otros casos, ha originado el epílogo al juicio “madre”
contra la izquierda abertzale, el llamado Proceso 18/98.
Éste es un argumento que, de hecho, confirma la
tesis acusatoria, es decir que todas las personas, asociaciones y
entidades políticas que en Euskal Herria abogan por la independencia, el
cambio social y económico, el no reconocimiento de la actual estatus
jurídico político… en definitiva, los que defienden el ejercicio del
derecho de autodeterminación, son ETA.
Hay una literatura jurídica española que de una manera u otra confirma
este asunto. El juez Garzón, entre otros, ha editado algunas perlas en ese
sentido, culminando con la última a raíz del auto contra la dirección de
Batasuna, donde considera textualmente “los fines violentos de
independencia o autodeterminación”. Esta línea, la vigente, nos llevaría a
conclusiones de Perogrullo como la de que luchar por un mundo donde el
hambre esté erradicado, donde las medicinas se encuentren al alcance de
los pobres, sea delito porque hay alguien que también lo hace a través de
la lucha armada. Sí esto sucediera, que sucede habitualmente en la
dialéctica represiva, los gobernantes nos están mandando un aviso nítido:
la cárcel o el destierro es el destino para quienes se atreven a
enfrentarse a un mundo tan injusto como el que nos toca vivir.
No se puede trivializar sobre este tema o restarle trascendencia. Justo lo
contrario. El juicio que se ha prolongado durante 16 meses contra los 54
imputados en el 18/98, debería de ser materia de estudio en las
universidades de Derecho, de Historia Política y de Economía. Habría que
desmenuzar múltiples causas, entre ellas cómo los principios teóricos del
derecho a la defensa, de expresión y organización, de la responsabilidad
individual, son pura propaganda. Que decir, como afirma Zapatero, que
Europa es la cuna de los derechos humanos y civiles, es simple demagogia y
que España, es obvio, no puede llamarse heredera de aquellos ideales de
igualdad y democracia que surgieron en los movimientos europeos por las
libertades tras la Revolución francesa o la Segunda Guerra mundial. La
justicia española no es pieza desinteresada entre partes, como cabría
suponer, sino que defiende un proyecto político, cultural y económico
determinado. Esa justicia ejerce una elección a priori, fundamentada en la
negación de la libertad de cualquier ciudadano a sentirse vasco
únicamente, incluso vasco-español. Y si es parcial ya no es justicia.
La esencia de esta definición la marca la Audiencia Nacional. En política
y en historia la coincidencia rara vez es casual. Como no lo fue el hecho
de que en enero de 1977, a través de un decreto gubernamental, se derogara
el Tribunal de Orden Publico franquista, para crear, el mismo día, la
Audiencia Nacional. Es decir, que la cultura del enemigo interno propia
del régimen dictatorial franquista se trasladó a la de “la defensa del
marco constitucional”. Los comunistas, masones, homosexuales, judíos y
republicanos se han transformado en separatistas y anticonstitucionalistas.
De esa manera se elude la búsqueda misma de una vertebración de la idea
del estado para reconducir el problema a una mera cuestión de orden
público. Ha ocurrido en 2007 con la misma lógica que hubiera sucedido en
1957. Por eso, un tribunal especial, apoyado en una jurisprudencia
autoritaria y homogeneizante, ha juzgado modelos sociales, políticos y
culturales (porque de eso se trataba), sin ningún rubor político. Era y es
lo habitual.
Ese estilo tan español de juzgar a la disidencia es el que ha triunfado
hasta nuestros días. Durante el franquismo, hubo un juez que se destacó
sobre todos, Enrique Eymar, que llegó a tener su despacho en una prisión,
la de Ocaña. Algunos detenidos denunciaron que les torturó personalmente y
su sadismo fue legendario. Cuando a Julián Grimau los médicos le
atendieron para paliar los efectos de la tortura, el juez señaló que era
inútil curarlo porque sería ejecutado, a pesar de que aún no se había
siquiera celebrado la vista. La prensa europea acuñó un término para
identificar ese estilo de dictaminar de los jueces hispanos de entonces:
“juzgan de oído”, decían. Efectivamente, Grimau y otros tantos, fueron
condenados y fusilados (o pasados por el garrote vil), no por pruebas
periciales sino por la opinión emitida al respecto por los diarios
franquistas o por lo que habían escuchado “por ahí” los testigos
previamente aleccionados. Nunca la épocas se repiten, es obvio, pero sí
los comportamientos. Y los juicios previos, impulsados por los medios, y
las pruebas basadas en conocimientos tan sutiles como los transmitidos por
rumores, malos tratos o la manipulada opinión pública, sustituyen con
demasiada frecuencia al rigor, por qué no decirlo, científico. Es tan
evidente que nadie que se diga imparcial (un juez, por ejemplo), lo podría
abordar sin sonrojarse.
Si necesitáramos confirmar lo dicho, bastaría con repasar el seguimiento
que han hecho del Macrosumario los medios de comunicación españoles:
silencio, o dicho de otra manera más figurativa, omertá. Parece lógico que
los media españoles siguieran día tras día el juicio por la masacre en
Madrid del 11 marzo 2004. Hubo cerca de 200 muertos y miles de heridos. En
el Juicio 18/98 no había de por medio ni muertos, ni atentados, aunque por
las condenas parece lo contrario. La acusación fiscal citaba reuniones de
grupos políticos, debates ideológicos, cuestiones económicas o
empresariales, movimientos sociales, línea editorial de medios
informativos, forma de autofinanciación, etc. Se mencionaron reuniones en
las que no se sabía quién había participado. Se declaraban financiaciones
ocultas cuando en las mismas actas legales aparecía su origen y cómo se
gastaba ese dinero. Se silenciaba con determinación cualquier tentativa de
los imputados de dar explicaciones sobre afirmaciones, escritos,
declaraciones o actividades. ¿Cómo iban a seguir los medios un juicio que
estaba ya prejuzgado?
Esta ausencia de medios formaba parte de la descontextualización de los
hechos, de la falta de una reconstrucción histórica rigurosa porque la
base de las acusaciones fijaba que los fines políticos fueran considerados
actos criminales. Se ha aplicado el nuevo término jurisprudencial español
de la “contaminación”. Hasta el punto que la denuncia de algunos imputados
sobre el hecho que entre los peritos policiales se encontrara quien
practicó interrogatorios con tortura, fue silenciada con un “Aquí no valen
tribunales de Estrasburgo”. Como dijo el fiscal general del Estado Conde
Pumpido en relación a la ilegalización de las lista de AS y de la mitad de
ANV: “Quizás nos hemos pasado pero ha colado”. Tanto ha colado que el
mismo el El País haciendo un resumen de las detenciones contra ETA desde
la tregua hasta hoy afirmaba que eran 188 los etarras detenidos:
militantes o supuestos de ETA, jóvenes acusados de kale borroka,
dirigentes de Batasuna e imputados en los juicios de Jarrai-Haika-Segi y
del 18/98. Todo es ETA.
Por su parte, las personas condenadas en este juicio han mostrado las
causas sociales y políticas para las que han dedicado su vida. Han
respondido a las condenas llamando a movilizarse por un objetivo que
resume el sentido de su lucha política: “Por los derechos de Euskal Herria.
Condiciones democráticas para todas las opciones políticas”. Y si
tuviéramos la voluntad de analizar históricamente el trabajo de las
asociaciones, grupos políticos, medios informativos en los que
participaban los acusados, percibiríamos que esa reivindicación política
ha sido el hilo conductor. Egin un diario único en Europa que daba voz a
quien no la tenía en otros medios y también a quien no compartía las ideas
de la izquierda abertzale. Un diario que vivía del apoyo de su gente, lo
que daba sentido profundo al concepto de libertad de expresión. La
Fundación Zumalabe, nacida gracias a la decisión de “redistribuir la
plusvalía producida por los trabajadores” para profundizar el hilo que une
los movimientos sociales vascos. Xaki que proyectaba internacionalmente el
sentido de la propuesta de la izquierda abertzale que, como decía el video
Libre contra nuestra historia es la de “ser ciudadanos del mundo y no
súbditos de la aldea global”. Ekin, un grupo que se presentaba
públicamente para reivindicar la independencia y el socialismo.
La teoría que “todo es ETA” hace abstracción de la historia. Niega, sobre
todo, que exista una forma diferente de hacer política que se pueda
confrontar en pie de igualdad con las que dominan nuestra sociedad. Por
eso les juzgaron.
El Juicio 18/98 resume la negación del sistema político y jurídico español
(y también europeo), para ofertar instrumentos de transformación. Extracta
la oposición para acercar el pueblo, los ciudadanos, al protagonismo
político, para devolver a la política su principal función que es la de
establecer, entre todos, modalidades de relación y normas para primar los
derechos humanos y políticos sobre los de las élites del poder económico.
El Juicio 18/98 impide vacunar contra la enfermedad de la xenofobia y el
racismo a través del reconocimiento de que las culturas son culturas
diferentes y que tienen el mismo derecho a desarrollarse para profundizar
en la riqueza de la diversidad. De reconocer que el Primer Mundo no lo es
por la gracia de Dios, sino a golpe de guerras, imposiciones y
explotación. Hasta que no se acepte ese desafío político y cultural, hasta
que no se abran las puertas a la dialéctica política (hecha a través de la
libre confrontación de modelos políticos y sociales), no se habrá abierto
el camino de la democracia o sea la vía de crear “condiciones democráticas
para todas las opciones políticas”.