Alameda,
5. 2º Izda. Madrid 28014 Teléfono:
91 420 13 88 Fax: 91 420 20 04
|
|
Rafael Torres 25 de Enero de 2007
La posibilidad de que
en algunas comunidades autónomas, y acaso en el conjunto de la nación, se
grave con un impuesto o con una multa a los dueños de las casas deshabitadas
para estimularles a ponerlas en el mercado de alquiler, ha suscitado la
iracundia de quienes defienden como sacrosanto el derecho de la propiedad, de
sus propiedades para ser más exactos. La dramática situación de la vivienda
en España, cuya adquisición es imposible para el común de los ciudadanos a
menos que se endeuden de por vida con hipotecas que duplican al cabo su ya
disparatado precio, y cuyo alquiler, escaso, succiona íntegro el salario de
quienes a él recurren, se aliviaría en parte si prosperara ese proyecto
contra el abandonismo y la especulación inmobiliaria que permite la
existencia de centenares de miles de viviendas vacías mientras las personas,
sobre todo aquellas en edad de emanciparse, buscan y no encuentran un techo
que les cobije.
La propiedad, en efecto, es un derecho, y, si se apura un poco, uno de los
pilares básicos de la sociedad, pero no es sacrosanta, no pertenece a la
categoría del dogma y del tabú, razón por la cual sus límites no sólo están
sujetos a discusión y control, sino que están determinados por las lindes
con otros derechos, como el que, consagrado en la propia Constitución, tienen
todos los españoles a una vivienda sin necesidad de ser multimillonarios. O
dicho de otro modo; en una democracia la propiedad, siendo un derecho
inalienable, no es el derecho supremo ni se puede, por preservarlo y
defenderlo, destruir el derecho superior a la justicia social. Si se declarara
una hambruna general, no veríamos con buenos ojos que unos cuantos codiciosos
acapararan los alimentos y guardaran cantidades ingentes de vituallas pudriéndose
en almacenes, de modo que el proyecto de forzar en los términos que la ley
permite a los propietarios de casas vacías, que por desidia o especulación
condenan a sus semejantes a una vida arrastrada, no atenta contra ningún
derecho, pues no les incauta las viviendas de su propiedad, sino que
contribuiría a dar satisfacción al derecho básico y general de una casa
donde poder guarecerse y vivir con dignidad.