Exhibir
banderas republicanas es legal
UCR
Exhibir banderas
republicanas está amparado por los artículos de la Constitución que consagran
la libertad ideológica y la libertad de expresión, según una sentencia de la
Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, a la que tuvo acceso Servimedia. |
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La sentencia, fechada el
15 de diciembre de 2003 y notificada el 14 de enero de 2004 a las partes, da la
razón a IU, que denunció una resolución del Ayuntamiento de Torrelodones
(Madrid), gobernado por el PP, que ordenó retirar la enseña tricolor de un
chiringuito montado por la coalición de izquierdas durante las fiestas
patronales de julio de 2002.
El tribunal estima que la
citada resolución municipal "es contraria al ordenamiento jurídico, en
cuanto vulnera los derechos fundamentales previstos en los artículos 16.1 y
20.1,a de la Constitución Española".
Según la sentencia, el Ayuntamiento ordenó quitar la bandera republicana
porque, "atendiendo a la cantidad de personas que acuden al recinto ferial
del Parque de Pradogrande durante la celebración de las fiestas, así como al
consumo habitual de bebidas alcohólicas que tiene lugar en dicho recinto, la
posibilidad de símbolos políticos puede generar eventualmente alguna situación
de riesgo y de alteración del orden público que aconsejan la retirada de la
bandera tricolor conocida como republicana del chiringuito que fue adjudicado a
IU".
Tras explicar que la
coalición es una "formación política legalmente constituida y que
respeta los valores democráticos, si bien es un movimiento social que propugna
desde los mencionados valores democráticos la consecución de un estado de
derecho federal y republicano", la sentencia señala que la citada
prohibición de la bandera republicana dictada por el Ayuntamiento de
Torrellodones "vulnera el derecho de IU a expresar y difundir libremente
sus pensamientos, ideas y opiniones, derecho reconocido de la Constitución, más
aún cuando dicha expresión se realizaba de forma pacífica y respetuosa".
El citado tribunal afirma
que las razones del Consistorio para retirar la bandera tricolor
"restringen gravemente el ejercicio de los derechos fundamentales", ya
que "la simple manifestación y exhibición de una bandera republicana no
puede entenderse que altere gravemente el orden público, que sí podría verse
alterado, en cambio, por el consumo habitual y en grandes cantidades de bebidas
alcohólicas en las fiestas".
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En varias ocasiones nos
preguntan si la bandera republicana que tantas veces exhibimos es legal.
Entendemos que haya quien piense que no, por cuanto que la bandera oficial del
Estado español es la bicolor roja y amarilla (o gualda, como dicen los/as
cursis y no la Constitución en su art. 4.1), mientras que la tricolor fue
bandera oficial también del Estado español durante la II República (art. 1 de
la Constitución Española de 1931), y más por el hecho de que la bandera
franquista con el águila (que simboliza al apóstol San Juan) y que los/as demócratas
conocemos más comúnmente como "la del pollo" o "la
gallina" sí que es ilegal, como también son ilegales las esvásticas y
otros símbolos fascistas.
La bandera republicana, o
más exactamente segundorrepublicana, sí que es legal. Es la bandera que
representa al republicanismo, y que fue oficial además de legal durante la II
República. La Constitución de 1978, además de instituir una monarquía
parlamentaria (art. 1.3 CE) también garantiza la libertad ideológica (art.
16.1 CE) y la de los partidos (art. 6 CE), y por tanto garantiza el derecho a
ser republicano/a, a expresarlo (art. 20.1.a) y a militar en partidos
republicanos.
Cierto es que la bandera
republicana ya no es la bandera oficial del Estado español, y por tanto no debe
usarse en actos oficiales del Estado o sus instituciones como si lo fuera, pero
esto no significa que la bandera republicana no pueda usarse en otros contextos,
por ejemplo en una caseta de feria, en el balcón de una casa o paseándola por
la calle.
Por el contrario, la
simbología fascista, tanto en banderas u otras formas, sí que es ilegal. Y lo
es porque no les protegen los artículos y leyes referentes a la libertad ideológica
o de expresión, sino todo lo contrario. Según un formalismo tan puro como
absurdo, igual que es legal la ideología, expresión y militancia republicana
debería serlo también la fascista. Pero esto no es así por una razón
material, es decir, de contenidos: los fines republicanos y sus medios no tienen
nada que ver con los fascistas.
Mientras que el
republicanismo aspira a la democracia, la libertad y la paz, el fascismo es la
negación absoluta de estos conceptos (cualquier estudiante de la ESO con lo que
sabe de Historia puede ratificarlo, y por supuesto cualquier catedrático de
Historia). La experiencia histórica del nazismo en Alemania, Mussolini en
Italia o Franco en nuestro país es prueba de que el fascismo, en sus diferentes
manifestaciones, y según grados, significa anulación del pluralismo político
y la democracia, represión política de los demás partidos e ideologías, uso
sistemático de la violencia, exclusión sociopolítica (y eliminación física
incluso) por motivos de raza, etnia, ideológicos o de capacidad física o psíquica,
y uso de la guerra como instrumento de política exterior.
Dado que la Constitución
de 1978 establece "como valores superiores de su ordenamiento jurídico la
libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político" (art. 1.1 CE)
cualquier forma de fascismo es inconstitucional e ilegal precisamente por ir en
contra del primero de los artículos de la propia Constitución. Y los
constituyentes de 1978, y los diferentes parlamentos que desde entonces se han
sucedido, no han sido ni son tan tontos como para dejarse engañar por un
formalismo que, pretendiendo ampararse en la libertad ideológica y de expresión,
incitase y se organizase precisamente para acabar con esas libertades y derechos
y de paso con la propia Constitución y sus valores.
Cualquier persona mínimamente
formada sabe que ningún derecho es absoluto, sino que todo derecho ha de
entenderse en su necesaria correlación con los demás derechos y el contexto
social en que se ejercita. De este modo, el derecho a la libertad de expresión,
por ejemplo, está limitado por el derecho a la seguridad, al honor, a la vida y
a la integridad física, derechos que son reiteradamente violados por el
fascismo cuando enarbola banderas referentes a contenidos racistas, xenófobos,
homófobos o que exaltan periodos de la historia en los que se asesinaba a
personas por sus ideas políticas.
Nada de lo anterior ocurre
sin embargo con el republicanismo y su bandera. La bandera republicana nos
recuerda a la II República, cuya Constitución, la de 1931, garantizaba todos
los derechos y libertades fundamentales en su Título III e incluso superaba en
progresismo a la actual Constitución en alguno de sus puntos, como por ejemplo,
en el art. 6, en el que cual decía la Constitución republicana: "España
renuncia a la guerra como instrumento de política nacional".
Por tanto, ni esta bandera
ni su ideología política pueden incitar a la violencia ni a desestabilizar el
país, pues ningún ciudadano o ciudadana mentalmente sano se siente amenazado o
amenazada al ver una bandera republicana en el mismo sentido en el que una
persona inmigrante, o de raza no-blanca, u homosexual o demócrata sí que se
siente al ver una bandera con la esvástica o la del pollo.
Por tanto, la bandera
republicana es legal y no es inconstitucional pese a no ser la bandera oficial
del Estado (no podría ser legal e inconstitucional a la vez), precisamente
porque, como dice la sentencia del TSJM, los únicos motivos para prohibir la
exhibición de una bandera son que incite a la violencia, el racismo, la
xenofobia u otras formas de atentar contra la dignidad humana, que es lo que
hacen las banderas y símbolos fascistas y es precisamente todo lo contrario de
lo que significa nuestra apreciada bandera tricolor. La confusión tiene lugar
cuando se confunde lo oficial con lo civil: la bandera republicana no se puede
utilizar en un acto oficial en lugar de la bandera bicolor, pero tampoco puede
usarse en su lugar la bandera del Real Madrid o una de Harley-Davidson, pero en
el ámbito civil, en una caseta de feria, en una sede de un partido, en un bar o
en el balcón de una casa, las banderas republicanas, las del Real Madrid o las
de Harley-Davidson son perfectamente legales porque respetan los Derechos
Humanos, lo que no hacen las banderas fascistas, y por eso están prohibidas.
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