Tortuga Extremedamente Alucinada - Miércoles.28 de febrero de 2007 - 503 visitas

El juzgado de lo Penal número dos de Alicante prepara el desalojo de una familia «okupa» de nueve miembros que subsiste con unos ingresos mensuales de 145 euros tras estimar la Audiencia que su estado de necesidad no es extremo. El juez de lo Penal permitió a una mujer denunciada por el Instituto Valenciano de la Vivienda - IVSSA - por ocupar ilegalmente un piso que siguiera en la casa por su estado de necesidad. El magistrado consideró probado que la mujer cometió un delito de usurpación, pero la absolvió porque carece de recursos y convive con sus seis hijos, una nuera y un nieto. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha revocado el fallo y ha ordenado al magistrado de lo Penal que ejecute el desahucio de la familia.

Soledad Amador Garrido ocupó ilegalmente una vivienda del IVSSA en la calle Padre Cerdán de Alicante en 1992. El IVVSA la desalojó dos veces en abril de 2005, pero la mujer volvió a entrar en el piso. Junto con la acusada, según recoge el fallo condenatorio de la Audiencia, habitan la vivienda seis hijos nacidos entre 1987 y 1995, la esposa de uno de ellos que tiene 17 años y un nieto de un año. La mujer está separada del padre de sus hijos, que no contribuye a la manutención y en la actualidad no tiene más ingresos que 873 euros cada seis meses - 145,5 al mes - que le concede la Seguridad Social. La acusada reconoció que cometió el delito de usurpación, pero insistió en que no tenía dónde ir con su familia.

El juez de lo Penal falló que la mujer debía ser absuelta porque «cuando se trata de una persona, quizá cuando se trata de dos o tres, puede pensarse en la solución de alojarse en la casa de algún amigo o familiar. Muy difícil parece en cambio esa solución cuando se trata de un grupo de personas, muchas de ellas menores de edad».

Por contra, la Audiencia entiende que no existía un peligro o riesgo inminente para la vida y la salud de la acusada y los menores a su cargo porque podrían haber recurrido a la ayuda de otros familiares. El fallo de la Audiencia advierte de que el Supremo exige que el estado de necesidad sea extremo. La mujer deberá abandonar la casa y pagar una multa de 180 euros.

(Noticia aparecida en el diario "Información")

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