Los miembros de la Unidad de Emergencias y la Policía Militar serán "agentes de la autoridad"
MIGUEL GONZÁLEZ
Los militares miembros de la nueva Unidad Militar de Emergencias (UME), especializada en lucha contra incendios forestales y catástrofes, y los que "presten sus servicios como policía militar, naval o aérea en el ejercicio de sus funciones tendrán carácter de agentes de la autoridad".
En consecuencia, todas las personas, militares o civiles, deberán obedecerles y quienes les desobedezcan, atenten contra ellos o se resistan a cumplir sus mandatos serán castigados penalmente, como delito o falta. Así lo establece el anteproyecto de Ley de la Carrera Militar, que el Gobierno prevé aprobar el viernes.
La creación de la UME, cuyos integrantes tendrán capacidad para acotar zonas afectadas por catástrofes, desalojar núcleos habitados o incautar propiedades en caso de emergencia, ha llevado al Gobierno a atender una antigua reivindicación de los mandos militares: la de atribuirles el carácter de "agentes de la autoridad". Es decir: la competencia para dar órdenes a civiles, quienes serán castigados si las desobedecen.
Los militares han participado en los últimos años en misiones de vigilancia antiterrorista (en la línea del AVE o en instalaciones estratégicas) y contra la inmigración ilegal (en la valla de Ceuta y Melilla), pero siempre acompañados de guardias civiles, pues carecen de competencia legal, por ejemplo, para obligar a un civil que circula por la vía pública a identificarse. El reparo a la hora de atribuir a las Fuerzas Armadas competencias propias de la policía explica esta situación.
La disposición adicional incluida en el anteproyecto de ley de la Carrera Militar supondrá un cambio cualitativo, pues atribuirá la condición de "agentes de la autoridad" no sólo a los miembros de la futura UME, sino también a todos los que realicen funciones de policía militar.
Quizá en previsión de los problemas que pueda plantear esta nueva facultad, otra disposición de la ley otorga a los militares el derecho a ser defendidos por el abogado del Estado "ante cualquier orden jurisdiccional en los supuestos en que se dirija contra ellos alguna acción como consecuencia del legítimo desempeño de sus funciones o cargos".
El anteproyecto, que fue presentado por el ministro de Defensa, José Antonio Alonso, al Gobierno el pasado día 10, incluye las "reglas de comportamiento del militar". Según una de ellas, "[éste] ajustará su conducta al respeto de las personas, al bien común y al derecho internacional aplicable en conflictos armados. La dignidad y los derechos inviolables de las personas son valores que tiene la obligación de respetar y derecho a exigir. En ningún caso, los militares estarán sometidos, ni someterán a otros, a medidas que supongan menoscabo de la dignidad personal o limitación indebida de sus derechos".
Entre las novedades del anteproyecto, destacan las siguientes:
Sin oír a los consejos superiores. El ministro de Defensa ya no tendrá
que oír la opinión de los consejos superiores, integrados por los
tenientes generales o almirantes en activo, antes de proponer al
Gobierno el nombramiento del jefe del ejército respectivo.
Juramento de la bandera. La fórmula de juramento de la bandera se
recorta. El jefe de la unidad ya no replicará, en tono amenazante, a
quienes prestan juramento: "Si no [cumplís vuesto juramento o promesa]
mereceréis su desprecio y su castigo, como indignos hijos de ella". De
la Patria.
Príncipe de Asturias. El Gobierno determinará, mediante real decreto,
los empleos militares del Príncipe de Asturias, "teniendo en cuenta las
exigencias de su alta representación y su condición de heredero de la
Corona de España". Aunque redactado en masculino, el artículo 2.2 de la
ley no se refiere al actual Príncipe de Asturias, sino a los futuros,
pues la carrera militar de don Felipe de Borbón se regula en la
disposición adicional primera, que le cita por su nombre y según la cual
ésta "se ajusta a un régimen propio y diferenciado".
Control de toxicomanías. Los reconocimientos para determinar la
aptitud psicofísica de los militares "podrán comprender análisis y
comprobaciones con carácter obligatorio encaminados a detectar los
estados de intoxicación y el consumo de drogas tóxicas o sustancias
similares".
Conciliación familiar y violencia de género. Las normas y criterios
relativos a la igualdad, la prevención de la violencia de género y la
conciliación de la vida profesional, personal y familiar de la
Administración General del Estado se aplicará a los militares "con las
adaptaciones y desarrollos necesarios". La mujer víctima de la violencia
de género tendrá derecho preferente a ocupar otro destino y a obtener
una excedencia de hasta 18 meses, los dos primeros retribuidos. También
regula la excedencia por reagrupación familiar, cuando ambos cónyuges
sean funcionarios, y por cuidado de un familiar a cargo.
Servicio secreto. Los militares, sin dejar de estar en activo, podrán
incorporarse con carácter temporal al Centro Nacional de Inteligencia
(CNI). Sólo cuando se hagan permanentes pasarán a la situación de
servicios especiales. En ambos casos podrán ascender al empleo militar
superior si cumplen las condicionas. Los miembros del CNI también podrán
"desempeñar puestos de trabajo en las Administaciones públicas". Una
disposición legaliza el actual régimen de derechos y deberes de los
agentes secretos, hasta ahora regulado por decreto.
Recorte de tropa y generales. La plantilla de la Fuerzas Armadas
estará integrada por 130.000 a 140.000 efectivos (actualmente, de
150.000 a 168.000), de los que 50.000 serán oficiales y suboficiales
(ahora 48.000) y entre 80.000 y 90.000 soldados y marineros (ahora,
102.000 a 120.000). La cifra de generales y almirantes pasará de 265 a
200, a los que hay que sumar los destinados en el extranjero y en el
Casa del Rey (unos 25). Los coroneles se reducirán de 1.235 a 1.050.
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