"D.
ANTONIO CASTILLO GUERRERO DEL PEÑON Secretario General de este Ayuntamiento,
CERTIFICO: Que según resulta del correspondiente orrador del acta Este
Ayuntamiento, en sesión del AYUNTAMIENTO PLENO de 9 de MAYO de 1.991, adoptó,
entre otros, el siguiente acuerdo:
DÉCIMO
PRIMERO.- PROPUESTA CONVENIO DE D. FEDERICO BUSTIER TORMO EN REPRESENTACIÓN DE
EXPLOTACIONES FORESTALES AGRÍCOLAS Y PECUARIAS ALAVESAS S.A. SOBRE SUGERENCIAS
AL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA.-
Por
el Concejal Delegado de Patrimonio, se da cuenta de la propuesta formulada por
la Empresa Explotaciones Forestales Agrícolas y Pecuarias Alavesas S.A., en el
sentido de sugerir que en el Plan General de Ordenación Urbana de Carcaixent,
que en la actualidad se halla en fase de revisión, se califique una zona para
la creación de un Parque Natural que proteja la misma, para lo cual aportaría
determinados terrenos, con la conveniencia de que se prevea la calificación de
alguna clase de suelo que contribuya a mejorar la zona a que afecta.
La
Corporación queda enterada y considerando que la sugerencia puede ser
beneficiosa para los intereses municipales y de conformidad con el informe de la
Comisión de Urbanismo, por unanimidad acuerda:
1º.-
Quedar enterada de la propuesta formulada por la Empresa Explotaciones
Forestales Agrícolas y Pecuarias Alavesas S.A., acordando mantener la
calificación urbanística de Suelo Urbanizable No Programado del vigente Plan
General, correspondientes a los terrenos situados entre el Plà de Reus y Casas
de Alberola.
2º.-
En el supuesto de que en su día se edificara en dicho paraje mediante la
correspondiente urbanización, no se admitiría una edificación superior a diez
viviendas por hectárea sobre superficie útil.
3º.-
Al objeto de crear un parque natural en la zona de referencia, el Ayuntamiento
recibe gratuitamente y acepta de ka empresa mencionada la donación de 909.280m²
de terreno para la creación de un parque natural en el paraje de la Font de la
Parra, cuyas determinaciones registrales se especificarán posteriormente y, que
linda por el Norte con el Cerro dels Cargols; Sur Aguas cayentes del barranco de
la Font; Este, paraje de la casa de Alberola y Oeste, tierras de D. Antonio
Soriano, antes Hort d'Artaix.
4º.-
La donación se documentará mediante escritura pública en el plazo de un mes a
contar de la aprobación del pertinente acuerdo municipal sobre las sugerencias
propuestas.
5º.-
El Ayuntamiento al objeto de colaborar en la creación del mencionado parque, se
compromete a su repoblación y cuidado, para lo cual pavimentará a su costa la
vereda de la casa de Alberola en una anchura máxima de 8 metros y con una
longitud aproximada de 2 kilómetros, la cual discurre entre la Font de la Parra
y la mencionada casa de Alberola.
6º.-
El Ayuntamiento ejecutará las obras anteriormente mencionadas en el primer
cuatrienio a partir de ka aprobación definitiva del Plan General de ordenación
urbana, cuya revisión se está realizando en la actualidad, haciéndose constar
que en el supuesto de que no se llevara a cabo la obra de referencia, los
terrenos objeto de la cesión reseñada en el apartado 3º de este acuerdo
revertirían a la empresa cedente de los mismos.
7º.-
Facultar al Concejal Delegado de Patrimonio D. Francisco Valles Canet para que
en nombre y representación del Ayuntamiento suscriba la correspondiente
escritura pública y cuantos documentos sean necesarios para ejecutar lo
acordado.
Y
para que conste, y a los efectos que proceda, expido la presente, de orden y con
el Vº Bº del Sr. Alcalde."