Renta Básica de Ciudadanía: los mayores y niños, primero
José Antonio Pérez


El Fórum Universal de la Culturas, celebrado en Barcelona en 2004, culminó con un Manifiesto en el que se insta a la comunidad internacional a adoptar una Carta de los Derechos Humanos Emergentes para el Siglo XXI. La Carta recoge una propuesta emanada de una crucial reflexión de la filosofía política que entiende que toda persona, por el mero hecho de ser miembro de la sociedad, o más específicamente, de una comunidad política concreta, debe tener garantizada la subsistencia mediante:

"El derecho a la renta básica, que asegura a toda persona, con independencia de su edad, sexo, orientación sexual, estado civil o condición laboral, el derecho a vivir en condiciones materiales de dignidad. A tal fin, se reconoce el derecho a un ingreso periódico sufragado con cargo a los presupuestos del Estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro residente de la sociedad, independientemente de sus otras fuentes de renta, y sin perjuicio de la exigencia del cumplimiento de sus obligaciones fiscales en dicho Estado, que sea adecuado para permitirle cubrir sus necesidades básicas."

La propuesta de la Renta Básica -en adelante RB- se define como un ingreso pagado por el Estado a cada miembro pleno de la sociedad, sin exigirle ninguna contrapartida a cambio, es decir: a) incluso si no quiere trabajar, b) sin tener en cuenta si es rico o pobre, c) sin importar con quien vive, y d) con independencia de la parte del país en la que viva. Es decir, un ingreso incondicional que entra en abierta contradicción con los cánones del sacrosanto código del trabajo que, durante el siglo XX, ha inspirado las reglas del contrato social vigente en los países industrializados del Norte rico del planeta. De ahí que, a primera vista, la propuesta levante suspicacias tanto entre tirios como entre troyanos.

Un rápido inventario de las críticas a la RB comienza por esa objeción, más truculenta que realista, que plantean los que temen que con un ingreso garantizado nadie trabajaría. Así, los ricos -por emplear una categoría tópica- se oponen a la RB por miedo a que la misma pudiera propiciar una huida en masa del trabajo asalariado que contribuye a mantener una clase de propietarios de los medios de producción. En el extremo opuesto, a quienes persiguen la justicia social desde una perspectiva genérica de izquierdas les resulta difícil digerir la idea de que la RB sea pagada también a los ricos, añadiendo un ingreso adicional a la riqueza que ya obtienen. Por su parte, los exigentes con los principios generales de justicia objetan que otorgar un derecho sin contrapartidas violaría el principio de reciprocidad, por lo que rechazan de plano la RB con un categórico nada a cambio de nada. No faltan quienes muestran temor al hipotético "efecto llamada" que podría suscitar la implantación de la RB en un solo país, provocando un aluvión de inmigrantes desde todos los puntos del planeta. Asimismo, los partidarios de las cuentas bien hechas se preguntan por las vías de financiación de la medida.

A estas alturas, las objeciones a un ingreso de este tipo han sido satisfactoriamente resueltas en el seno de un amplísima controversia celebrada en los ámbitos de la filosofía política. No obstante, para desprestigiar la RB, los opositores más furibundos utilizan la caricatura conocida como el surfista de Malibú. Es decir, ese hipotético individuo que con una renta mínima utilizaría su libertad para vivir sin hacer otra cosa que disfrutar de las olas con su tabla de surfing. Pero esgrimir el argumento del surfista es un ejercicio de cinismo o cuando menos de inconsciencia moral, desde el momento en que lo que más abunda entre nosotros no es precisamente una horda de felices holgazanes. La descripción real de nuestra sociedad pone de relieve la existencia de grandes capas de trabajadores cualificados y no cualificados con salarios y condiciones laborales precarias, de jóvenes excluidos de los empleos estables, de esposas dependientes, de padres que trabajan a doble turno y, sobre todo, de una legión de personas desempleadas durante períodos de larga, larguísima duración.

Sin embargo, las críticas a la RB se desvanecen cuando se considera la situación actual de tres importantes sectores de la sociedad a los que se podría aplicar mañana mismo la RB sin suscitar ninguna de las objeciones antes apuntadas. Se trata de:

a) Personas mayores de 60 años sin derecho a pensión.
b) Desempleados estructurales perceptores del subsidio para mayores de 52 años.
c) Niños menores de 3 años.

a) Mayores de 60 años sin derecho a pensión.

Aunque la modalidad de pensión no contributiva cubre en teoría a toda persona que no haya cotizado a efectos de la jubilación ordinaria, conforme a una cicatera normativa de dudosa constitucionalidad, en la realidad no es aplicable a los cónyuges (mujeres por lo general) de aquellos jubilados con derecho a pensión normal. Esto, en el caso de los matrimonios o parejas de hecho donde sólo uno de sus miembros obtiene la pensión, y ésta en su cuantía mínima, significa en la práctica condenarlos a una situación de pobreza legalmente establecida.

En 2005, la pensión mínima para un jubilado de 60 años con cónyuge a cargo está fijada en 489,72 € (81.482 ptas). Habida cuenta de que con ese dinero debe mantenerse un hogar de dos personas, la renta per cápita de cada una de ellas es de 244,86 € (40.741 ptas). Es decir, una renta situada por debajo del umbral de pobreza. Situación moralmente inaceptable, se mire por donde se mire, por lo que la implantación de una Renta Básica de Ciudadanía, como derecho individual de toda persona mayor de 60 años, puede ser asumida sin temor a suscitar la sospecha de estar favoreciendo la holgazanería y el surfing.

b) Desempleados perceptores del subsidio para mayores de 52 años.

Un mínimo decoro moral hará que tampoco nadie caiga en la tentación de tachar de vividores a las personas que, al llegar a su madurez después de haber entregado toda una vida de trabajo a la sociedad, se quedan en situación de irremisible desempleo. Si existe alguna violación del principio de reciprocidad los perjudicados son estos ciudadanos que no sólo no ven recompensado su esfuerzo, sino que, a mayor inri, se les condena a vivir encadenados al subsidio para mayores de 52 años, prestación que, como es sabido, constituye un callejón sin salida.

Las denominadas trampas de inactividad (trampa de la pobreza o trampa del desempleo) se refieren tanto a la posibilidad como al hecho cierto de que la persona que recibe una ayuda sujeta a test de recursos quede atrapada por la propia condicionalidad de la prestación. La trampa de la pobreza se genera a partir de las rentas mínimas que los Servicios Sociales conceden en ciertos casos de pobreza severa demostrada bajo el oportuno test de recursos, pues están sujetas a la condición de no tener acceso a otras fuentes de ingresos. Si a una persona en estas circunstancias se le ofrece la oportunidad de desarrollar una actividad laboral escasamente remunerada pero que le permitiría complementar el ingreso, se enfrenta a un grave dilema: por un lado, si acepta el trabajo perderá la ayuda sin conseguir salir del estado de pobreza. Mientras que, por otro lado, si no acepta el trabajo mantendrá la ayuda, con lo que tampoco conseguirá salir de pobre, dado que la cuantía de estas prestaciones es lo suficientemente baja como para mantener al individuo por debajo del umbral de pobreza.

De manera similar opera la trampa del desempleo que acecha a los perceptores del subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Dado que también este subsidio está sujeto a la condición de que la persona que lo percibe no pueda efectuar ninguna modalidad de trabajo remunerado, se desincentiva la búsqueda de un empleo cuya remuneración no sea bastante superior a la del subsidio. Como señala Philippe van Parijs, investigador de la Universidad de Lovaina y destacado defensor de la RB: "Estudios de campo han señalado que lo que hace que muchos excluidos no acepten un empleo o no lo busquen activamente, a menudo no es tanto la ausencia de una diferencia entre los ingresos obtenidos del trabajo y los que se obtienen sin trabajar, como el temor a perder la relativa seguridad de un flujo regular de beneficios, en aras de la incertidumbre de un empleo que puede pagar tarde o resultar demasiado exigente. Y esto porque el riesgo de un período sin ningún ingreso es algo que los hogares en el límite de la solvencia no pueden permitirse responsablemente".

Parece, pues, que sería razonablemente posible abrir esta trampa y liberar a las personas atrapadas en ella a través de un ingreso mínimo incondicional, no sujeto a la condición de trabajar pero tampoco a la prohibición de hacerlo, que reemplazaría al formato actual del subsidio. La aplicación de la RB a este sector de subsidiados no supondría ningún coste adicional, pues se emplearían las mismas partidas presupuestarias que las que actualmente se dedican a sufragar el subsidio. El cambio aquí no es monetario, sino de mentalidad, pues parece absurdo que a una persona que ha sido expulsada del mercado general de trabajo -y existe el suficiente convencimiento de que es harto improbable que pueda regresar al mismo en condiciones de empleo digno- se la castigue negándole la posibilidad de complementar ese ingreso mínimo con algún trabajo ocasional siempre que los ingresos no superen un determinado límite cuyo control puede técnicamente efectuarse a través de un formato similar al impuesto negativo.

c) Niños menores de 3 años.

El gobierno del PP estableció para las madres empleadas por cuenta ajena, un subsidio mensual de 100 € por cada hijo situado en esa franja de edad. Se trataría aquí de universalizar como RB la prestación para poner fin a la discriminación que sufren los hijos cuyas madres no son asalariadas, lo cual no significa que no trabajen, algo que parece una obviedad a estas alturas.

En efecto, los instrumentos de la econometría al uso están diseñados bajo la perspectiva del mercado, con lo cual miden el valor e intensidad del trabajo tan sólo cuando interviene una compraventa del mismo. De esta manera, la estadística oficial olvida el valor del conjunto de actividades socialmente útiles que realizan los individuos al margen de los circuitos mercantiles. Por ejemplo, el cuidado de un niño por el empleado profesional de una guardería puntuará en el PIB. Paradójicamente, si al pequeño lo cuida su madre, sus abuelos o un familiar en paro, los ministerios de Trabajo y Economía no se darán por enterados, pese a que el tiempo y cantidad de trabajo efectivamente realizado son los mismos que los que hubiera desarrollado un cuidador profesional. El informe sobre Desarrollo Humano de las Naciones Unidas de 1995 calcula que aproximadamente el 50% del tiempo total dedicado al trabajo en el mundo corresponde a actividades no monetarizadas.

Ninguno de los tres casos descritos de aplicación de una
RB parcial supone fomentar la holgazanería, la desafección al trabajo o producir un "efecto llamada" sobre la inmigración. Ni siquiera en el caso de la renta para los menores, pues bastaría para ello aplicar una cláusula de salvaguardia que exigiera a los residentes una permanencia mínima para acceder al derecho (de 5 años por ejemplo, como establece la Ley brasileña de RB).

En el ámbito de la filosofía política es cada vez mayor el consenso en torno a la necesidad de acometer políticas sociales destinadas a paliar los estragos producidos por la globalización neoliberal. En palabras de Jürgen Habermas: "Su objetivo debe ser cubrir la falla temporal para los perdedores a corto plazo por medio de inversiones en capital humano y transferencias temporales, y proporcionar a los perdedores a largo plazo compensaciones definitivas, por ejemplo, bajo la forma de un plan de renta básica o de un impuesto sobre la renta negativo". Las medidas deben tomarse aquí y ahora, pues, como advirtiera J. M. Keynes, "dentro de cien años estaremos todos muertos".

Resulta urgente, pues, explorar las posibilidades de implantación gradualista de un ingreso mínimo incondicional, al menos para los tres colectivos mencionados. Una Renta Básica de Ciudadanía destinada no a alimentar demagógicos debates sobre surfistas, sino a garantizar el derecho a la existencia de toda la gente. Frente a la precariedad establecida por un neoliberalismo cuya obsesión es liberalizar las mercancías, la prioridad en la acción social debe orientarse a liberar a las personas atrapadas en las indeseables trampas de la pobreza y el desempleo. Y por supuesto, cabe acometer estas medidas conforme al clásico principio de emergencia: los mayores y niños, primero.

 

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