|
|
Documento | Castellano |
| Beca de investigación sobre Renta Básica
Red Renta Básica
| 00/00/00 | | |
|
| BECA DE INVESTIGACIÓN SOBRE RENTA BÁSICA
ASOCIACIÓN RED RENTA BÁSICA (RRB)
La investigación tiene un importante papel en la promoción de la idea de la renta básica. Consciente de esta importancia, la ASOCIACIÓN RED RENTA BÁSICA (RRB), ha decidido convocar una BECA DE INVESTIGACION SOBRE RENTA BÁSICA cuyos objetivos esenciales son:
- Estimular el desarrollo de proyectos de investigación sobre renta básica, que tengan una alta calidad metodológica.
- Apoyar la formación de investigadores jóvenes en el campo de la renta básica.
La concesión de la beca se realizará de acuerdo a las siguientes bases:
BASES
1. Se concederá una Beca de Investigación a un proyecto de investigación, original e inédito, que habrá de versar sobre “análisis económico de la renta básica”, pudiendo referirse a aspectos tales como la influencia de la RB en el mercado de trabajo, el efecto de la RB sobre los salarios, o el efecto de la RB en la eficiencia del sistema económico.
2. Podrán optar a la Beca de Investigación sobre Renta Básica proyectos cuyo investigador principal sea español o resida en España. El tribunal considerará especialmente los trabajos cuyo investigador principal tenga menos de 35 años.
3. Podrán optar a la Beca de Investigación sobre Renta Básica aquellos proyectos iniciados o en curso siempre que no hayan sido completados en su totalidad y no hayan recibido ninguna otra subvención de entidades públicas o privadas.
4. No se podrán presentar proyectos que opten a otros premios o becas de investigación similares, nacionales o extranjeros.
5. Para concursar se enviará el original de la memoria del proyecto de investigación firmado por el investigador principal a la secretaría de RRB (C/ Príncep d'Asturíes, 56 àtic. 08012 Barcelona). La memoria se enviará también por correo electrónico a la dirección: presidencia@redrentabasica.org El plazo de entrega de los proyectos termina el 30 de Mayo de 2005.
6. La memoria del proyecto de investigación se remitirá en cualquiera de los formatos utilizados usualmente por las agencias oficiales de financiación de la investigación en España (CICYT, FIS,…), debiendo constar los apartados siguientes:
6.1. Solicitud de la beca, donde conste el nombre y apellidos del solicitante (investigador principal) y del resto de los investigadores, centro de trabajo y dirección de contacto.
6.2. Antecedentes sobre el tema del proyecto de investigación.
6.3. Hipótesis y objetivos generales y específicos de la investigación.
6.4. Material y Métodos. Incluyendo fases de desarrollo y tiempo de duración estimado, que no debe ser superior a 18 meses. A juicio del tribunal, se podrá ampliar la duración hasta un máximo de 6 meses más.
6.5. Limitaciones previstas.
6.6. Curricula de todos los investigadores, preferiblemente en cualquiera de los formatos oficiales de las agencias de financiación de la investigación.
7. La Beca de Investigación sobre Renta Básica tiene una dotación de 12.000 euros, entregándose en tres fases: 3.600 euros en el momento de su concesión, 3.600 euros transcurridos 6 meses de la iniciación del proyecto de investigación, tras la preceptiva autorización de los miembros del tribunal del informe de evolución de dicho Proyecto, y una última entrega de 4.800 euros al ser aprobado por el tribunal el trabajo terminado en su redacción definitiva. El trabajo irá acompañado de un resumen no superior a 1.000 palabras que se publicará en el Boletín y/o en la página Web RRB.
8. El tribunal estará formado por el presidente y vicepresidentes de la RRB D. Daniel Raventós, D. José Antonio Noguera y D. Rafael Pinilla, además de D. Antonio Ricart que actuará como Secretario del tribunal, sin voto.
9. El proceso que se seguirá por el tribunal para la adjudicación de la Beca de Investigación sobre Renta Básica, será el siguiente:
9.1 La presidencia de la RRB entregará a cada uno de los miembros del tribunal, copia de todos los proyectos recibidos, a fin de su completa información antes de la reunión deliberadora.
9.2 En fecha que oportunamente fijará la presidencia de la RRB, el tribunal se reunirá en los locales de la RRB o en la sede del V Simposio de la Renta Básica, en Valencia, para reunión deliberatoria y de adjudicación de la Beca. En caso de que alguno de los miembros del tribunal no pudiese, por fuerza mayor, asistir a la reunión, delegará en alguno de los secretarios de la RRB para que le represente, con un informe escrito de su valoración así como de su voto.
10. La concesión de la Beca de Investigación sobre Renta Básica se hará pública en el V Simposio de la Renta Básica, que tendrá lugar en Valencia del 20 al 21 de octubre de 2005.
11. Las decisiones del tribunal son inapelables. La Beca de Investigación sobre Renta Básica podrá declarase desierta si a juicio del tribunal calificador, se estimase que los trabajos presentados no reúnen el nivel profesional, económico o técnico adecuado.
12. La Beca de Investigación sobre Renta Básica es una ayuda no condicionada. Su concesión no implica cesión de derechos de autor ni establece ningún tipo de condicionante para la publicación de los trabajos por los autores en las revistas o editoriales que consideren de interés, aunque las publicaciones deberán hacer constar –en la forma que sea habitual en las correspondientes publicaciones- la recepción de la Beca.
|