PLATAFORMA
POR PERMISOS
IGUALES E INTRANSFERIBLES
DE NACIMIENTO Y ADOPCIÓN 




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NOTICIA: La Plataforma Cívica por el Permiso de Paternidad Intransferible considera cubierta una primera etapa y se constituye como Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción, con el propósito de reivindicar la igualdad de permisos entre hombres y mujeres, poniendo así fin a uno de los factores en que se asienta la discriminación laboral de las mujeres y la desigual distribución de las tareas y responsabilidades extralaborales.

Cuestionario sobre los permisos por parto o adopción

      Entrevista en Hora 25

Comunicado – Nota de prensa de la Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción (PPIINA). Junio-2008

Transcurridos los primeros cien días de gobierno, ¿qué se ha avanzado en el compromiso con la igualdad de género? Agradecemos que un objetivo prioritario del nuevo Ministerio de Igualdad sea 'acabar con las desigualdades salariales", y estamos de acuerdo con la Ministra Bibiana Aído cuando declara que "la única forma de avanzar en igualdad es involucrando a los hombres". Los objetivos están claros; solo faltan las medidas para alcanzarlos.

La corresponsabilidad de los hombres, sin la que es impensable la igualdad salarial, no se conseguirá con declaraciones de buenas intenciones. ¿Cómo vamos a exigirles corresponsabilidad a los hombres si no se les otorgan derechos sociales para ejercerla?

La desigualdad entre los permisos de maternidad y paternidad refleja la concepción de que son las mujeres las que deben ocuparse prioritariamente del cuidado. Es, pues, un residuo del pasado que no refleja los valores adoptados hoy en día por la sociedad.

La PPIINA promueve una reforma legislativa que:

-     Establezca que los permisos por nacimiento y/o adopción deben concederse a cada progenitor de tal manera que sean INTRANSFERIBLES, DE IGUAL DURACIÓN y CON LA MISMA PARTE OBLIGATORIA.

-   Especifique las medidas transitorias necesarias para aumentar progresivamente el permiso de los padres (o del 'otro progenitor') hasta llegar en un plazo razonable a la igualdad, empezando por ESTABLECER DE INMEDIATO LAS SEIS SEMANAS OBLIGATORIAS PARA LOS PADRES (es la parte obligatoria que ya tienen las madres)

Esta reforma es asequible económicamente y constituye una inversión muy rentable económicamente para terminar con el despilfarro actual del capital humano de las mujeres y del potencial cuidador de los hombres.

PPIINA www.igualeseintransferibles.org


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Integran la Plataforma

Vindicación Feminista. Forum de Política Feminista. Colectivo de Lesbianas y Gays de Madrid (COGAM). Plataforma Andaluza de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres. Colectivo Aurora de Valencia. Partidos Feministas Confederados. Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGT). Federación Mujeres Jóvenes. Partido Feminista de los Países Valencianos. Alderdi Feminista. Dones de un Sol Mon. Lanbroa de Bilbao. Red Ciudadanas de Europa (RCE). No Nos Resignamos. Oficina Verde Europea. Unión de Asociaciones Familiares (UNAF). Federación Mujeres Progresistas (FMP). Red Estatal de Organizaciones Feministas Contra la Violencia de Género. Mujeres 2000. Centro de Estudios de la Mujer. Fundación Mujeres. Asociación de Mujeres “Concejalas 79”. Asociación de Mujeres Juristas THEMIS. Asociación de Teólogas Españolas. Asociación Española de Mujeres Profesionales de los Medios de Comunicación (AMECO). Asociación Mujeres OPAÑEL. Asociación Mujeres Vecinales de España. Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención de la Mujer Prostituta (APRAMP). Asociación para la Reflexión y la Acción Feminista (ARAF). Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres. Consejo de la Mujer de la CAM. Coordinadora del País Valenciá para el Lobby Europeo de Mujeres. Federación de Asociaciones de Asistencia a Mujeres Violadas. Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas. Federación Española de Mujeres Directivas, Ejecutivas, Profesionales y Empresarias (FEDEPE). Grupo de Estudios sobre la Condición da Muller Alecrín. Plataforma Catalana de apoyo al Lobby Europeo de Mujeres. Plataforma de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres de Castilla y León (ALEMCYL). Unión de Mujeres por Europa. Voluntariado de Madres Dominicanas. 26 entidades de la Coordinadora Española del Lobby Europeo de Mujeres (CELEM). Asociación de Hombres por la Igualdad de Género (AHIGE). Plataforma por los Derechos Humanos de las Mujeres. Asociación de lesbianas, gais, bisexuales y transexuales de la Universidad Complutense (RQTR). Consejo de las Mujeres del Municipio de Madrid. Nosotras Mismas Chamberí. COLEGA. Liberación-Amauta. Acción Alternativa. Grup de Dones de la Marxa Mundial Valencia, Jóvenes Verdes, Ciudad de Mujeres, Ayuntamiento de Casarrubuelos, Consejo de la Juventud de España. Asociación Arcaduz. Hombres contra la desigualdad de género. Federación de la Comunidad de Madrid de APAS ‘Francisco Giner de los Ríos’. Instituto Universitario de Estudios de la Mujer de la Universidad Autónoma de Madrid. Instituto de Investigaciones Feministas de la Universidad Complutense de Madrid. Seminario Permanente de Estudios sobre Mujer, Género y Feminismo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Asamblea Feminista de Madrid. Asociación de Mujeres de Arte-Terapia ALCE. Plataforma Feminista por la Custodia Compartida. Asociación de Mujeres Valdés Siglo XXI (Asturias).  Asociación Profesional de Agentes de Igualdad de Oportunidades de la CAM (AMPLIA). Foro de Hombres por la Igualdad de Roquetas de Mar. Asociación Asturiana de Nuevas Familias. Asociación Tejiendo Salud Las Federicas. Departamento Confederal de la Mujer de la USO. Izquierda Unida. Asociación AMA. Sin Género de Dudas.

HISTORIA Y SITUACIÓN LEGAL


La Plataforma por un permiso de paternidad intransferible se constituyó en octubre de 2005, en torno al objetivo de un permiso de paternidad intransferible y no derivado del permiso de maternidad. Posteriormente, en la medida que esta iniciativa tuvo acogida social, los objetivos se fueron en concretando en la demanda de un permiso de cuatro semanas, intransferible, obligatorio, acompañado de una hoja de ruta hacia la igualdad. La Plataforma promovió una campaña de recogida de firmas,  organizó actos públicos, emitido diversos comunicados y mantuvo reuniones con diversos grupos parlamentarios y comisiones del Congreso de diputados.

La aprobación de la Ley de Igualdad, en la que se crea, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento, la figura de un nuevo permiso de trece días de duración a cargo de la Seguridad Social (que se suma a los dos días de permiso sin suspensión de contrato que ya estaban reconocidos anteriormente), del que gozará la persona progenitora que no sea titular del permiso de 16 semanas, marca el final de una fase en la lucha por la igualdad de mujeres y hombres en este aspecto, y abre una nueva etapa con nuevos objetivos.

Este permiso, denominado de forma un tanto impropia "permiso de paternidad", pues su titular puede ser una mujer en caso de parto cuando ambas progenitoras lo son, o bien en casos de adopción o acogimiento cuando una de las personas progenitoras es mujer, ha quedado regulado así en el Estatuto de los Trabajadores:

Artículo 48 bis. Suspensión del contrato de trabajo por paternidad.
En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante trece días ininterrumpidos, ampliables en el
supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso por maternidad regulados en el artículo 48.4.
En el supuesto de parto, la suspensión corresponde en exclusiva al otro progenitor. En los supuestos de adopción o acogimiento, este derecho corresponderá sólo a uno de los progenitores, a elección de los interesados; no obstante, cuando el período de descanso regulado en el artículo 48.4 sea disfrutado en su totalidad por uno de los progenitores, el derecho a la suspensión por paternidad únicamente podrá ser ejercido por el otro. El trabajador que ejerza este derecho podrá hacerlo durante el periodo comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo, previsto legal o convencionalmente, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, hasta que finalice la suspensión del contrato regulada en el artículo 48.4 o inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión. La suspensión del contrato a que se refiere este artículo
podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50 por 100, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente.
El trabajador deberá comunicar al empresario, con la debida antelación, el ejercicio de este derecho en los términos establecidos, en su caso, en los convenios colectivos.


La Ley de Igualdad establece también que en el año 2013 se alcanzará una duración de cuatro semanas...

Disposición transitoria novena. Ampliación de la suspensión del contrato de trabajo.
El Gobierno ampliará de forma progresiva y gradual, la duración de la suspensión del contrato de trabajo por paternidad regulado en la disposición adicional décimo primera, apartado Once, y en la disposición adicional décimonovena, apartado Seis, de la presente Ley, hasta alcanzar el objetivo de 4 semanas de este permiso de paternidad a los 6 años de la entrada en vigor de la presente Ley.



INICIATIVAS Y MATERIALES

- La aplastante lógica del sistema de pensiones, de María Pazos Morán. Texto en PDF

- La Plataforma solicita datos adecuados sobre el uso de los permisos de maternidad, paternidad y adopción. Ver texto en PDF

- Intervención de MARÍA TELO sobre permiso de paternidad. Ver texto en PDF.

- Reflexiones sobre la nueva etapa, por María Pazos, Ver texto en PDF

- Argumentos por el derecho de paternidad. Autora: María Pazos. Ver texto en formato PDF

- Las cuentas del Gran Capitán. Argumentos presupuestarios. Ver texto en formato PDF

- Acto público por un permiso paternidad, 23/11/2005, intervención María Pazos. Ver texto en PDF

- Acto público por un permiso paternidad, 23/11/2005, intervención Beatriz Gimeno. Ver texto en PDF

- Comunicado de la Plataforma, 13 febrero 2006. Ver

- Propuesta modificación disposición adicional décima, apartado 11,  de la Ley de Igualdad (nuevo art. 48 bis estatuto trabajadores). Ver texto en PDF.

- Propuestas asociaciones mujeres sobre anteproyecto de Ley de igualdad. Ver texto en PDF.

- Dossier de prensa. Ver texto en PDF.

- Carta a Mª Teresa Fernández de la Vega. Ver texto en PDF

- La situación en otros países. Ver texto en PDF, en inglés

- Permiso intransferible de paternidad, artículo de María Pazos, publicado el 2 de noviembre de 2006 en El País. Ver texto en PDF.

- Comunicado CUATRO SEMANAS YA. Ver texto en PDF

- Cartel AHIGE permiso paternidad. Ver texto en PDF

- Reportaje  "El dilema de una maternidad pública" EL PAIS 14 de abril de 2008. Ver