Situación actual de los presos políticos y de conciencia indígenas de la región Loxicha de Oaxaca.

PRESOS LOXICHA

Presos del Fuero Federal:

a. PROCESO NÚMERO 39/996. Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Oaxaca, antes expediente 77/996 del índice del Juzgado Quinto de Distrito del Estado de Oaxaca.

Con fecha 28 de enero del año 2000, fueron sentenciados Agustín Luna Valencia, Fortino Enríquez Hernández, Álvaro Sebastián Ramírez y Abraham García Ramírez, por el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito, en el Toca de Apelación número 052/2000, se dictó en los siguientes términos:

1. Agustín Luna Valencia: Fue condenado a la pena de 31 años de prisión, por los delitos de Homicidio Calificado y Terrorismo. Fue detenido el 25 de septiembre de 1996, siendo presidente municipal de San Agustín Loxicha; actualmente lleva diez años de prisión.

2. Fortino Enríquez Hernández: Fue condenado a la pena de 30 años de prisión, por los delitos de Homicidio en grado de Tentativa y Homicidio Calificado. Fue detenido el 25 de septiembre de 1996 siendo sindico municipal de San agustín Loxicha, actualmente lleva diez años de prisión.

3. Álvaro Sebastián Ramírez: Fue condenado a la pena de 29 años de prisión, por los delitos de: Homicidio Calificado, Homicidio en grado de Tentativa y Conspiración. Fue detenido el 29 de diciembre de 1997.

4. Abraham García Ramírez: Fue condenado a la pena de 30 años de prisión, por los delitos de Homicidio Calificado y Terrorismo. Fue detenido el 26 de septiembre de 1997.

5.

Respecto de ALVARO SEBASTIAN RAMIREZ, FORTINO ENRIQUEZ HERNANDEZ, AGUSTIN LUNA VALENCIA y ABRAHAM GARCIA RAMIREZ, se interpuso un amparo en contra de la sentencia de apelación del Toca de Penal número 52/2000. Los amparos se estudiaron en el PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO, bajo los Amparos Directos números 433/2006 de ALVARO SEBASTIAN RAMIREZ; 424/2006 de FORTINO ENRIQUEZ HERNANDEZ; y 423/2006 de AGUSTIN LUNA VALENCIA y ABRAHAM GARCIA RAMIREZ y mediante resoluciones de fechas 14 y 28 de febrero del presente año se les concedió el amparo y se deja insubsistente la sentencia dictada en el toca penal número 52/2000, por lo que el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito dictará nueva sentencia en este asunto.

Las pruebas que hay en su contra son insuficientes para demostrar su plena responsabilidad en los delitos por los que se les acusa.

5. CIRILO AMBROSIO ANTONIO: Por sentencia de fecha once de marzo del año 2004, dictada por el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito, en el Toca Penal número 226/2003, fue sentenciado a la pena de trece años y seis meses de prisión, por los delitos de Homicidio Simple Intencional, Tentativa de Homicidio Simple Intencional y Terrorismo y al pago de la cantidad de trece mil novecientos seis pesos con cincuenta centavos, por concepto de Reparación del daño .

6. GREGORIO ENRÍQUEZ MARTÍNEZ O RICARDO MARTÍNEZ ENRÍQUEZ: Por sentencia de fecha once de marzo del año 2004, dictada por el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito, en el Toca Penal número 226/2003, fue sentenciado a la pena de trece años y seis meses de prisión, por los delitos de Homicidio Simple Intencional, Tentativa de Homicidio Simple Intencional y Terrorismo y al pago de la cantidad de trece mil novecientos seis pesos con cincuenta centavos, por concepto de Reparación del daño .

7. URBANO RUIZ CRUZ O FÉLIX PEDRO HERNÁNDEZ JUÁREZ: Por sentencia de fecha once de marzo del año 2004, dictada por el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito, en el Toca Penal número 226/2003, fue sentenciado a la pena de trece años y seis meses de prisión, por los delitos de Homicidio Simple Intencional, Tentativa de Homicidio Simple Intencional y Terrorismo y al pago de la cantidad de trece mil novecientos seis pesos con cincuenta centavos, por concepto de Reparación del daño .

8. ARNULFO O ESTANISLAO RAMÍREZ SANTIAGO: Por sentencia de fecha once de marzo del año 2004, dictada por el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito, en el Toca Penal número 226/2003, fue sentenciado a la pena de trece años y seis meses de prisión, por los delitos de Homicidio Simple Intencional, Tentativa de Homicidio Simple Intencional y Terrorismo y al pago de la cantidad de cuarenta y un mil setecientos diecinueve pesos con cincuenta centavos, por concepto de Reparación del daño .

En el caso de estos 4 últimos la Pena de prisión comenzó a computarse a partir del mes septiembre de 1996, mes en fueron detenidos, por lo que hasta el día de hoy llevan cumplidos más de diez años, han cumplido más de las tres quintas partes de la condena que se requieren por La Ley de Ejecución de Sanciones y Medidas Privativas de Libertad para tener derecho al beneficio de la preliberación. Además de que con fecha cuatro de agosto del año dos mil cinco se cumplió con el pago de la reparación del daño, por lo que consideramos que no existe ningún impedimento para que pueda otorgárseles el beneficio de la preliberación.

En estos últimos cuatro casos se ha insistido en que se conceda el beneficio de la preliberación. Hace aproximadamente dos meses el maestro FRANCISCO TOLEDO envió una nueva carta a la Secretaría de Gobernación Federal insistiéndole en que se conceda a estas cuatro personas la preliberación, sin que tengamos respuesta hasta la fecha.

a. PROCESO NÚMERO 13/97. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Oaxaca.

El día 29 de diciembre del año 2000 se resolvió el recurso de apelación que se interpuso en contra de la sentencia de primera instancia, quedando sentenciados de la siguiente manera:

9. Justino Hernández José, a 23 años con seis meses de prisión y multa de $3,000.00, por los delitos de Conspiración, Terrorismo, Homicidio Calificado y Homicidio en Grado de Tentativa. Fue detenido el 29 de noviembre de 1996.

10. Zacarías Pascual García López, a 24 años de prisión y multa de $4,000.00, por los delitos de Conspiración, Terrorismo, Homicidio Calificado y Homicidio en Grado de Tentativa. Fue detenido el día 26 de abril de 1999 .

b. PROCESO NÚMERO. 103/996. Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca.

11. Eleuterio Hernández García: Fue sentenciado a la pena de 31 años, 7 meses y 3 días de prisión y multa de 28 días de salario equivalente a $ 533.40 pesos por los delitos de Homicidio calificado, Conspiración, Terrorismo, Privación Ilegal de la libertad, Robo, Robo de Uso y Tentativa de Homicidio . Fue detenido el 17 de octubre de 1996.

12. Mario Ambrosio Martínez: Fue sentenciado a la pena de 26 años, 10 meses y 3 días de prisión y 28 días de multa, equivalentes a $533.40 pesos, por los delitos de homicidio calificado, conspiración, terrorismo, privación ilegal de la libertad, robo, robo de uso y lesione calificadas. Fue detenido el 17 de octubre de 1996.

Todos, excepto Zacarías Pascual García López que está recluido en el penal de la Villa de Etla, están recluidos en la Penitenciaría Central de Ixcotel.

PRESOS DEL FUERO COMÚN:

Expediente Penal 201/2002

Juzgado Séptimo Penal del Centro

Procesados: Pedro Castillo Aragón (Preso en la Penitenciaría Central)

Gonzalo López Cortés (Preso en la Penitenciaría Central)

Isabel Almaraz Matías (Presa en la Penitenciaría Central)

Juzgado Mixto de Primera Instancia de Pochutla

Expediente Penal 104/998

Procesados: Alejandro Nicandro López López

Felipe Ruiz Cruz (Preso en el Penal de Pochutla)

Fernando Santiago Enríquez (Preso en el Penal de Pochutla)

Expediente Penal 27/2000

Procesados: Nereo Alonso Valencia (Preso en el penal de Miahuatlán)

Jonas Alonso Santiago (Preso en el penal de Miahuatlán)

Fernando Santiago Enríquez (Preso en el Penal de Pochutla)

Expediente Penal 30/2000, 83/2001

Procesado: Tomás López Almaraz (Preso en el Penal de Pochutla)

Juzgado Mixto de Primera Instancia de Miahuatlán

Expediente Penal 173/2006

Procesado: Bernardo Hernández Santiago (Preso en penal de Miahuatlán)

Expediente Penal 135/2004

Procesado: Jesús Ángel Cruz Santiago (Preso en el penal de Miahuatlán)

Expediente Penal 88/2005

Procesados: Cástulo López Almaraz (Preso en el penal de Miahuatlán)

Epigmeneo López Almaraz (Preso en el penal de Miahuatlán)

Tomás López Almaraz (Preso en el Penal de Pochutla)

Fernando Santiago Enríquez (Preso en el Penal de Pochutla)

23 personas más.

En este último proceso donde hay más de 25 personas implicadas se puede apreciar claramente la fabricación de expedientes y manipulación de los deudos o acusadores para seguir implementando desde hace más de 10 años la Guerra de Baja Intensidad en los Loxichas por lo que exigimos:

¡Alto a la Represión!

¡Castigo a los responsables del etnocidio en Loxicha!

¡Presos políticos y de conciencia, libertad!

¡Presos Loxicha, libertad!

Atentamente,
Organización de Pueblos Indígenas Zapotecos/Frente Nacional de Lucha por el socialismo
Juan Sosa Maldonado
Oaxaca de Juárez, Oaxaca; 25 de abril de 2007


 

 

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