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Acción Urgente: Traslado de Antonio Cerezo.
No. REFERENCIA: LSI 002/2701/2006 CEREZO
ACCION URGENTE
México, D.F., a 27 de enero de 2006
C. Vicente Fox Quesada
Dr. Carlos Abascal Carranza
Presidente Constitucional
Secretario de Gobernación de la República Mexicana
Lic. José Luis Lagunas López
Comisionado del Órgano
C. Eduardo Medina
Mora Icaza
Desconcentrado de Prevención y Secretario de Seguridad Pública
Readaptación Social de la Secretaria de Seguridad Pública
Lic. José Luis Soberanes Fernández
Lic. Andrés Calero Aguilar
Presidente de la CNDH
Tercer Visitador de la CNDH
Louise Arbour
Roberto Garreton
Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACDH)
Oficial Para México del ACDH
Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas
La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos solicita su
intervención urgente, ante la situación de Reclusión de Antonio Cerezo
Contreras, estudiante universitario preso en un Penal de Máxima Seguridad.
El 25 de enero de 2006, de acuerdo a las informaciones recibidas, la cual no
ha sido posible confirmar oficialmente, ya que las autoridades competentes
no han respondido a los insistentes llamados por parte de la Limeddh, se
sospecha que desde el día lunes 23 de enero de 2006, Antonio CEREZO
CONTRERAS fue trasladado del penal de Máxima Seguridad de Matamoros, al
penal de Máxima Seguridad de La Palma en el Estado de México.
RECORDATORIO.
El 14 de enero del 2005, Héctor y Antonio CEREZO CONTRERAS fueron
trasladados a los penales de Máxima Seguridad de Puente Grande en Jalisco,
y de Matamoros, respectivamente. El argumento de las autoridades para
realizar el traslado desde nuestro punto de vista inconstitucional, fue que
estaban relacionados con los carteles del narcotráfico y que desde Almoloya
se continuaba con el control del narcotráfico, por lo cual se reforzaron las
medidas de seguridad en Almoloya y se trasladó a los hermanos CEREZO junto
con tres narcotraficantes reconocidos como supuestos lideres de carteles de
la droga. Su defensora interpuso un amparo contra dicho traslado pero no fue
concedido.
Se interpuso el recurso de queja ante la Comisión Nacional de Derechos
Humanos, CNDH, quienes respondieron mediante el Oficio No: V3/30093, el 18
de octubre del 2005, en el que se nos informa que una vez que se
evidenciaron transgresiones a los derechos humanos de legalidad y seguridad
jurídica en agravio de los señores Héctor y Antonio CEREZO CONTRERAS por los
traslados penitenciarios de que fueron objeto, y que según oficio V3/21979
del 09 de agosto 2005, se envió al Comisionado del Órgano Administrativo
Desconcentrado Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de
Seguridad Publica una propuesta de CONCILIACION, la cual fue aceptando por
dicho servidor publico mediante el diverso SSP/PRS/UALDH/2032/2005 del 24 de
agosto 2005, en el cual propone se realice el traslado de los hermanos
CEREZO CONTRERAS del Centro Federal de Readaptación Social Numero 1, “la
Palma” en Almoloya de Juárez, en caso de continuar reuniendo el perfil para
permanecer en dicho establecimiento o bien, a un centro de reclusión cercano
al lugar de residencia de sus familiares.
Estableciendo la misma CNDH un procedimiento de conciliación para el que
darán un adecuado seguimiento hasta lograr su total cumplimiento. Motivo por
el cual desde agosto que se tomo este acuerdo y del cual fuimos notificados,
nos hemos reunido con el Tercer Visitador y el Licenciado que esta al tanto
de caso para estar al tanto del tramite para dichos tr5aslados, así como de
que se tome en consideración el sustento para que el traslado se de de
manera pronta y a en un penal del Distrito Federal. (AÑADIMOS FUNDAMENTACION
AL RESPETO).
Por lo cual es urgente que este acuerdo de conciliación se lleve a cabo para
el caso no solo de Antonio sino de Héctor CEREZO CONTRERAS y ya que es un
acuerdo de la CNDH con el Órgano Desconcentrado se le notifique a esta para
que en el momento de que lleguen al lugar de su destino, puedan ser
entrevistados y constatar de esta manera su integridad física y psicológica.
De igual manera para que hay constancia que se les permita hablar con sus
familiares para a asegurar cuando y que el traslado se lleve a cabo
protegiendo en todo momento la integridad de Antonio y Héctor CEREZO
CONTREAS.
Considerando que los hermanos CEREZO CONTRERAS presos reconocidos por
organismos internacionales como de conciencia, durante su reclusión han
venido tomado medidas extraoficiales o seudoficiales, para seguir
sobrevictimizando su prisión. Toda vez que incluso la los delitos por los
cuales fueron sentenciados no han sido lo suficientemente sustentados. Y Lo
demuestra la LIBERTAD ABSOLUTORIA de Francisco CEREZO CONTRERAS, y las
irregularidades encontradas en la integración de la averiguación previa, y
en los expedientes que se siguieron en su contra.
Preocupa que ninguna autoridad por ningún medio confirme este traslado.
Recordaríamos que cuando recién ingresan a los Penales de Máxima Seguridad a
parte del trato vejatorio que sufren los aíslan por unos días como fue el
caso de cuando llevaron el penal de Matamoros, sufrio100 días incomunicado
Antonio CEREZO.
La Limeddh recuerda que como esta establecido en el Reglamento, así como en
las normas mínimas para los sentenciados los traslados deben ser notificados
no solo a los internos si no a sus familiares.
Por lo que la Limeddh solicita:
i. Se nos notifique el lugar de reclusión que guardan a
la fecha Héctor y Antonio CEREZO CONTRERAS.
ii. De no haberse dado dicho traslado se agilicen los
tramites para que este se realice de manera pronta ya que desde agosto esta
establecido el acuerdo de Conciliación de la CNDH y aceptado por el Órgano
Desconcentrado.
iii. Que cuando dichos traslados se efectúen se valore la
presencia de la CNDH y del CICR para asegura la integridad física, moral y
psicológica de los internos y se cercioren de que no se ha cometido
violaciones a sus derechos humanos, así como en cuanto estén en su lugar de
destino, se les permita llamar a sus familiares para informar.
iv. Se les brinden todas las facilidades para permitir las
visitas de sus familiares, puesto que el trámite necesario de acceso al
Penal, se había hecho con anterioridad.
v. Se informe de las medidas tendientes a evitar y
proteger los derechos humanos de las personas presas en los penales de alta
seguridad.
Atentamente,
Limeddh
¡Una llama encendida por los derechos de los pueblos!
Dr. Adrián Ramírez López
Maria Elena Hernández Márquez
Presidente Responsable del Área Jurídica
Favor de enviar comunicaciones a:
Vicente Fox Quesada
Presidente de la República
Residencia Oficial de los Pinos Casa Miguel Alemán
Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, Distrito Federal, México
(55) 50911100 (55) 52772376
vicente.fox.quesada@presidencia.gob.mx
Lic. Daniel Francisco Cabeza De Vaca Hernandez
Procurador General De La Republica
53 46 01 08/ 53 46 01 09 53 4! 6 09 08
ofproc@pgr.gob.mx
Comisionado especial del Órgano Desconcentrado
de la Prevención y Readaptación Social de la
Secretaría de Seguridad Pública
Tel y fax: conmutador 52 42 81 00, ext: 18 625, 18 699, 18630, 18941
Londres 102, Piso 6.5, Col. Juárez, 06600, México, DF.
Con copia a:
presidencialimeddh@prodigy.net.mx
La Limeddh es filial de la Federación Internacional de Derechos Humanos, la
Organización Mundial contra la Tortura (OMCT) y está asociada a Trabajar
Juntos por los Derechos Humanos. Todos ellos con estatuto consultivo ante la
ONU (Resolución 1296 del ECOSOC)
¡LIBERTAD PRESOS POLITICOS Y DE CONCIENCIA!
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