Denuncia: Militares en la comunidad de Ilom, Chajul.

Los hechos

El pasado 3 de octubre, alrededor de 10 a 12 elementos del ejercito de Guatemala ingresaron a la comunidad de Ilom, municipio de San Gaspar Chajul, departamento de El Quiche a las 9:00 horas en un vehiculo pick up doble cabina color blanco con sus respectivos uniformes de campaña y armas de combate.

Dichos elementos militares se dividieron en dos grupos y procedieron a buscar de casa en casa, e inclusive ingresando en algunas habitaciones, a diferentes jóvenes de la comunidad a quienes les dijeron que llegaban por órdenes del Gobierno de Guatemala para que estos se enrolaran en las filas del Ejército. La población residente en la comunidad y en especial los niños y niñas se asustaron al notar la presencia de dichos elementos militares. En esa ocasión alrededor de 10 a 12 jóvenes tomaron la decisión de abandonar la comunidad y partir, ignorando el rumbo, con los elementos militares quienes se retiraron a eso de las 15:30 horas luego de permanecer 7 horas en la comunidad.

Al día siguiente, 4 de octubre, nuevamente a eso de las 9:00 horas se presentaron alrededor de 6 a 7 elementos militares, con sus trajes camuflajehados y armados ingresaron a las viviendas para ofrecer "un sueldo y tener lujos" al ser parte del Ejército. En esta oportunidad ningún joven aceptó retirándose a las 16:00 horas.

El domingo 7 de octubre, aproximadamente a las 13:00 horas nuevamente ingresaron a la comunidad los mismos elementos militares en el vehiculo antes descrito con dos de los jóvenes que el día 3 de octubre se habían marchado junto al Ejercito. Al parecer uno de ellos era menor de edad y otro se encontraba con problemas físicos. Los elementos militares se retiraron de la comunidad a eso de las 13:15 horas.

Violación a Derechos

Estos hechos incurren en actos de violaciones a derechos humanos y a la Ley de Servicio Cívico aprobada en mayo de 2003. De la mencionada ley son vulnerados los artículos 13, 15, 16, 17, 18 y 20 en torno a la convocatoria y procedimientos para la prestación del servicio cívico. El artículo 17 que se refiere a la libertad de elegir el tipo de servicio cívico, ya sea social o militar, y el artículo 20 que se refiere a la notificación de la decisión para que el / la joven preste su servicio cívico, que para efectos del caso que se ha presentado, existe una total ilegalidad y violación a la Ley en su conjunto, tanto en la forma del reclutamiento como en el tiempo de la convocatoria.

Se violenta el Acuerdo de Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una sociedad democrática, de los Acuerdos de Paz firmados en diciembre de 1996.

Asimismo, el artículo 12 de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes suscrita por el actual Gobierno en octubre de 2006, referente al derecho de objeción de conciencia frente a la prestación de servicio militar.

Comunidad de Ilom víctima del genocidio en los años 80.

En la comunidad de Ilom, municipio de San Gaspar Chajul, departamento de El Quiche el día 23 de marzo de 1982 se presentaron elementos del Ejercito de Guatemala junto a miembros de las Patrullas de Autodefensa Civil a las 5 de la mañana, procedieron a rodear la comunidad y se distribuyeron por las diferentes casas convocando a la población a una reunión en el centro de la comunidad. Una vez reunida la comunidad separaron a los hombres de las mujeres y niños y procedieron con una lista a llamar a diferentes personas quienes fueron ejecutadas en el lugar frente al resto de personas. En total masacraron alrededor de 95 personas. Después de la masacre los elementos militares dieron cinco minutos a los sobrevivientes para que abandonaran su aldea y se ubicaran en una finca vecina bajo el control militar. La aldea fue quemada posteriormente.

Personas sobrevivientes del genocidio ocurrido en Guatemala de dicha comunidad forman parte de la Asociación para la Justicia y Reconciliación, AJR, misma que en el año 2000 y 2001 presentó querellas penales ante el sistema de justicia nacional en contra de los altos mandos militares de Romeo Lucas García y José Efraín Ríos Montt por los delitos de Genocidio, Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad. En la actualidad el representante legal de dicha asociación reside en la comunidad de Ilom y ha desarrollado un papel importante en la búsqueda de justicia por genocidio.

La comunidad se encuentra temerosa ante la presencia militar pues dicha actitud recuerda a los habitantes el genocidio sufrido en los años 1981 a 1983 y sus posteriores daños causados a la población civil. A 25 años del genocidio ocurrido en el área Ixil, nuevamente la juventud se ve amenazada por la institución castrense, por lo que estos actos no sólo violan los derechos de las y los jóvenes sino a demás intimidan y generan terror en la población.

DEMANDAMOS AL ESTADO

Investigue la presencia de elementos militares en la comunidad de Ilom, municipio de San Gaspar Chajul los días 3, 4 y 7 de octubre de 2007.

Se deduzcan las responsabilidades correspondientes contra quienes hayan violado las leyes que regulan el servicio militar y los Acuerdos de Paz firmados en 1996 así como otros derechos humanos inherentes a nuestra condición de personas.

La inmediata implementación de la Ley de Servicio Cívico convocando a la integración de la Junta Nacional de Servicio Cívico y las Juntas Municipales correspondientes.

Asociación para la Justicia y Reconciliación, AJR
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos, CALDH

Guatemala, 11 de octubre de 2007.


 

 

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