| LA EXCARCELACIÓN DE PRESOS PALESTINOS OTRO INCUMPLIMIENTO DE ISRAEL | |
Art. de Loles Oliván, tomado de Nación Árabe, nº 37, otoño 1998 |
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La existencia de más de 3.500 presos políticos palestino en cárceles de Israel tras cinco años de negociaciones, ilustra una de las vertientes más dramáticas del fraude en que ha derivado el proceso de paz palestino-israelí. No sólo las previsiones estipuladas por el Acuerdo de Oslo II (1995) han sido permanentemente incumplidas por las autoridades israelíes sino que las prácticas y los abusos contra los presos se mantienen invariables.
El uso de la detención administrativa (detención sin cargos ni juicio) no sólo no ha desaparecido sino que, de acuerdo con fuentes oficiales israelíes, de organismos de derechos humanos y de abogados, durante el periodo de Oslo -en los últimos cinco años- más de 800 palestinos y palestinas han sido detenidos bajo este procedimiento. El Ejército israelí, autorizado por el Gobierno a prolongar las detenciones por más de seis meses y a extenderlas cada vez que son revisadas, puede prolongar la detención de los palestinos durante meses o años. De hecho, más de la mitad de los detenidos en este periodo han visto extendida su orden de detención al menos una vez; 13 detenidos palestinos permanecen en centros de detención desde hace tres años. El uso sistemático de esta práctica que nada tiene que ver con la prevención y mucho con la aplicación como castigo, ha superado los precedentes que marcaron su uso extremo durante la Intifada. Basándose en el argumento de la seguridad, el activismo político y las actitudes contestatarias contra Israel y contra el proceso de paz, cuando proceden del campo palestino, son castigadas mediante este tipo de detenciones que derivan en la indefensión permanente de los palestinos que las sufren (se les niega la información sobre las causas de su detención y la posibilidad de presentar alegaciones o recursos). Con ello, Israel viola el sistema de garantías procesales tanto de su propio Estado como del sistema internacional. A ello hay que añadir que los detenidos son trasladados al interior de Israel en violación de la IV Convención de Ginebra que explícitamente prohibe al ocupante el traslado de prisioneros desde la zona ocupada. En la actualidad más de 300 palestinos son detenidos administrativos en Israel. De ellos, 80 permanecen en esta situación desde hace más de un año y 45 desde hace dos.
De los 200 presos árabes no palestinos, 99 libaneses son detenidos administrativos. Pese a las excarcelaciones producidas meses atrás (60 presos fueron liberados en el marco de un intercambio por soldados israelíes capturados por las guerrillas de Hezbollah), las perspectivas de una liberación de los detenidos se han endurecido tras hacerse pública en Noviembre de 1997 una decisión de la Corte Suprema Israelí sobre los detenidos administrativos libaneses que, basándose en el uso legítimo de este procedimiento de acuerdo con las leyes de emergencia que rigen el Estado desde hace 50 años, promulga el mantenimiento de la detención para este colectivo.
Otra de las facetas más sangrientas del Servicio General de Seguridad israelí (SGS), el uso sistemático de la tortura contra los presos palestinos, ha adquirido en los últimos años en Israel un notable desarrollo al haberse legislado a favor del "uso de una moderada presión física y psicológica" contra el detenido en las fases de interrogatorio. Entre 1000 y 1500 palestinos son interrogados al año en Israel; el 85% -al menos 850 personas- son sometidas a sesiones de tortura por diferentes medios El aislamiento total del detenido en condiciones inhumanas conlleva, además, la práctica del sabah, una combinación de métodos utilizados durante meses en los que la privación del sueño y el infringimiento de dolor físico no se interrumpen. Al detenido, atado de manos y pies a una silla pequeña con sus patas delanteras cortadas para no poder estar sentado en una posición estable, se le cubre la cabeza con un saco y se le somete durante varios días a fuertes audiciones de música desde potentes altavoces. En los cortos periodos de descanso, el detenido recibe amenazas de muerte permanentes y de represalias contra sus familiares. Estas prácticas están supervisadas por personal médico israelí que, carentes del menor perjuicio deontológico, tienen como misión controlar la resistencia vital del detenido y evitar su muerte. La tortura contra los detenidos palestinos fue legalizada en Israel en 1997.
Presos en Áreas Autónomas Palestinas
Por otra parte, en lo que respecta a los presos políticos palestinos bajo jurisdicción de la Autoridad Palestina (AP), la situación no es mucho mejor. La consideración de que 20 personas han muerto como consecuencia de prácticas de tortura en centros de detención, prisiones u hospitales de la AP, pone de manifiesto el carácter que las Fuerzas de Seguridad palestinas están imprimiendo a su función. La represión contra la disidencia de todo signo e ideología aumenta en la medida en que Israel presiona a la AP para que controle a sus opositores calificándolos de terroristas. Los organismos de derechos humanos palestinos y el propio Consejo Legislativo Palestino (CLP) vienen condenando desde hace años los abusos y las detenciones de activistas políticos así como las escasas garantías procesales que se dan en los casos de detenciones políticas y la falta de cumplimiento de las normativa legal por parte de las Fuerzas de Seguridad palestinas.
Loles Oliván es miembro del
Comité de Solidaridad por la Causa Árabe