Constitución europea: Mecánica de una legitimación
Ángel Calle
Rebelión
El proyecto de Constitución europea representará, caso de aprobarse, el marco
normativo más alto que regulará la convivencia de 400 millones de personas. Nos
afecta mucho, y por tanto, es un proyecto que merece ser debatido, y apoyado o
contestado según sea nuestra percepción del mismo.
Conscientes de esta situación, el cerca de centenar de personas “notables” que
participaron en los trabajos de la Convención europea, presidida por el
conservador Giscard d’Estaing, han producido un texto que busca ser acreedor de
una legitimidad no cuestionable. Sin embargo, la gran retórica, que alude
constantemente al deseo de paz y de bienestar (art. 3.1, parte I), tendrá su
contrapeso en el desarrollo de una adecuada “letra pequeña”, fundamentalmente la
tercer parte del texto.
La estructura de esta Constitución procederá de esta manera con nuestros
derechos y libertades más básicos: serán proclamados como principios, pero su
desarrollo no podrá poner en cuestión que Europa ocupe “su lugar” en el mundo:
“un mercado único en el que la competencia sea libre y no sea falseada” y “una
economía social de mercado altamente competitiva” (art. 3.2 y 3.3, parte I).
Así, cada vez que se enuncien principios éticos y deseables, éstos no se
traducirán en prácticas concretas. Cada Estado podrá (o no) aplicarlos. La
anterior estructura será muy visible en la proclamación “restringida” de
nuestros derechos sociales (ver artículo 104, parte III) o en las políticas de
cooperación al desarrollo, como seguidamente veremos.
Relaciones Norte-Sur
El capítulo IV (parte III) del proyecto de Constitución europea está consagrado
al tema de la cooperación al desarrollo, y en él se detallan los objetivos y
maneras de entender las relaciones Norte-Sur. Los principios de esa cooperación
serán “la erradicación de la pobreza” (218.1, parte III), para lo que se
“tendrán en cuenta los objetivos que se han acordado en el marco de las Naciones
Unidas” (218.2-III). Se “tendrán en cuenta” no quiere decir, obviamente, que
suponga una inconstitucionalidad la no aplicación de medidas como la dedicación
del 0,7% del PIB para ayuda al desarrollo.
¿Bajo qué criterios se pondrá en marcha esta “erradicación de la pobreza”? Habrá
de llevarse a cabo en “el marco de los principios y objetivos de la acción
exterior de la Unión” (223.1-III). ¿Y cuáles son esos objetivos? Pues aparecen
objetivos “loables” como la promoción de la democracia, de las libertades y de
la solidaridad (193.1 y 193.2-III). Pero junto a ellos otros como: “evitar los
conflictos y fortalecer la seguridad internacional” que abre las puertas a la
doctrina de “ataques preventivos” observada en Irak; la defensa de “intereses
fundamentales” de la Unión Europea, que nos remiten al tema del mercado único
altamente competitivo; y por último, la necesidad de “estimular la integración
de todos los países en la economía mundial, inclusive mediante la abolición
progresiva de las restricciones al comercio internacional”, es decir, vivan la
OMC y el FMI.
El ajuste de Europa
A través de las renegociaciones de la deuda externa, los países y
multinacionales del Norte se vienen asegurando “legalmente” desde los 80 la
defensa de sus “intereses fundamentales”. Faltaba ahora que las políticas que ya
se vienen implementando en la Unión Europea, no fueran sólo políticas sino
también obligaciones legales. La Constitución europea puede ser vista como el
ajuste estructural (por todo lo alto y a la tremenda) de los 25 países que
integran la UE.
Ya hemos visto que los objetivos de la acción exterior bendicen esta política.
Pero de puertas adentro, no sólo la bendicen, sino que también la imponen. Con
respecto a los principios de “liberalización” que promueve la OMC, el artículo
33 (parte III) establece que los países de la UE estarán “dispuestos a proceder
a una liberalización de los servicios más amplia […] si su situación económica
general y la del sector afectado se lo permiten”. Las incipientes
privatizaciones del agua o en materia de educación parecen atestiguar que sí lo
permiten. Las políticas monetaristas están inscritas en letras de oro, pues el
Banco Central Europeo será un organismo independiente cuyo objetivo es
garantizar la estabilidad de precios (77.1-III). En definitiva se trata de
seguir la máxima neoliberal: “todo ha de tener un precio y el mercado es, por
tanto, el mejor regulador de todas nuestras interacciones; debemos crear, por
ello, las condiciones para su reproducción”. A esto se refiere la futura
Constitución (si no lo impedimos) cuando habla que la misión del Banco Central
es lograr una “eficiente asignación de recursos”.
La Constitución europea no sólo promueve políticas neoliberales, sino que
también prohíbe toda política alternativa. La Tasa Tobin es inconstitucional,
pues se debe “alcanzar el objetivo de la libre circulación de capitales entre
Estados miembros y terceros países” (46.3-III). Por supuesto, la abolición de la
deuda externa no es un “interés fundamental” de la Unión Europea en su acción
exterior. Tampoco tratados internacionales (desde Kyoto a los de la Organización
Internacional del Trabajo) serán siquiera tenidos en cuenta. La lucha por los
derechos de las personas inmigrantes sufre un revés: sus derechos no se regirán
por la Constitución Europea o la Carta de Derechos Fundamentales sino por las
leyes de extranjería de cada Estado. Vienen aquí buscando una vida digna,
huyendo de la pobreza extrema o de conflictos políticos y militares. Pero la
Constitución Europea los pone en su punto de mira. El artículo III-166 reclama
“controles de las personas”, “vigilancia eficaz en el cruce de las fronteras” y
afirma que podrán estar por aquí, pero sólo “durante un período breve”.
En este sentido, la Constitución no es sólo un ajuste interno, impide también
todo desajuste externo, es decir, el desafío de la agenda neoliberal. Por lo
tanto, rectifico. No se trata de un marco de convivencia, ya que no es posible
el diálogo en ella. Nos vemos creando esos espacios de reflexión y de acción, en
las calles, en las consultas alternativas, dirigiéndonos a la ciudadanía para
construir otras Europas (www.consultaeuropea.org).