La Constitución de la Unión Europea:
¿Consagración Jurídica de la Europa del Capital y la Guerra?
Daniel Albarracín. Diciembre 2003.
Corriente Roja
Una visión General
En el mundo contemporaneo del capitalismo global aún perviven bloques políticos
regionales de mercado que tratan de sostener y extender los privilegios
imperialistas y de clase en medio de una crisis estructural de la acumulación
capitalista mundial. La Unión Europea, en su pugna por los mercados
internacionales, y por la consolidación de su bienestar -al menos de un bloque
social incluido en el sistema-, trata de construir una formación de mercado
integrado a la escala que el capitalismo global al día de hoy necesita: el gran
bloque regional. La carrera por la hegemonía económica internacional con EEUU y
Japón, por la influencia por los nuevos mercados (países del Este, por ejemplo),
y la conformación de un modelo de acumulación sostenido -mediante el
reforzamiento de las políticas de austeridad y agresión constante a los escasos
derechos que la relación salarial aún conserva-, es el contexto de construcción
de la Unión Europea. Una Unión Europea que se amplía hacia el Este, que había
renunciado a una convergencia real (fiscal, derechos sociales y laborales[1],
unión política, etc...) en aras de integrar los mercados y áreas de influencia
situados anteriormente en la órbita oriental. El agotamiento de los mercados
nacionales y la configuración de mercados regionales a escala de bloque
internacional representa el escenario de desarrollo posible del capitalismo. Y
ante la ampliación de países era preciso la integración de los nuevos mercados
en los circuitos económicos europeos.
Cuando aparentemente el proyecto de la Unión Europea veía una etapa cumplida con
la implantación del Euro -para un grupo de países dados- y la ampliación a 25,
los gobernantes más poderosos de Europa han decidido instaurar una Carta Magna a
la medida de sus necesidades: levantar el mito de Europa -como promesa
inagotable- y legitimar un modelo determinado para su desarrollo -como única vía
posible e irreversible-.
Pero no se trata de una Constitución que aspire a una Unión Política de
cualquier tipo; a aumentar el peso de los parlamentos -ni que decir de la
democracia directa que ignora a favor de la representativa, pero que a su vez
reduce al convertir el Parlamento en una suerte de Senado-; a garantizar
derechos y políticas sociales; a converger en materia fiscal; a una mayor
integración y colaboración territorial; al reconocimiento de los pueblos y su
soberanía; a conformar un bloque que diese su ejemplo por su solidaridad
internacional y antimilitarismo; o a fortalecer un Estado del Bienestar que
pudiera ser más avanzado socialmente. En absoluto, se trata del diseño de una
Europa en que la única integración será la que dicten los mercados bajo reglas
lucrativas y gobernados por las multinacionales, que subordina el parlamento
europeo a otros órganos ejecutivos (la Comision, por ejemplo), que deja a
instancias y arbitrio de cada país la garantía de los derechos -sin
contrarrestar la clara divergencia entre Estados-, que renuncia a una
convergencia del aparato fiscal, que alienta a la competitividad y rivalidad
entre regiones, que ningunea las identidades nacionales, el derecho de
autodeterminación, y la soberanía popular, que inicia una carrera armamentística
y se subordina a la OTAN, que dinamita los servicios públicos invitando a la
privatización de las provisiones de servicios colectivos básicos, etcétera.
A la espera de cuál es el reparto del poder, aún en disputa por los Estados de
la UE, que en absoluto discuten el modelo de Europa del Capital en el que por
completo coinciden, todo apunta a que esta UE del mercado único con Estados
fragmentados y divergentes, parece apostar por una concentración de la toma de
decisiones por los Estados grandes y centrales de Europa. La ruptura del
criterio de la unanimidad hará más fluido el avance en las políticas a esta
escala, pero señalando a los países más grandes como los principales
protagonistas, en claro favor de Alemania y Francia. Y, en lo que se refiere a
los agentes sociales, estos quedan como instrumentos de consulta, prácticamente
consolidando su empotramiento en el aparato del Estado, asimilándolos y
subordinando el diálogo social a la acción de los Estados.
La UE que nos plantean quiere tomar mayor responsabilidad mundial, aunque
contando bien poco con sus ciudadanos/as. En ese sentido, el parlamento europeo,
en la práctica, pasa a ser un convidado de piedra de las grandes decisiones.
Además, las nacionalidades no pueden expresarse en tanto que la
autodeterminación de los pueblos se descarta en esta Constitución, en aras de
una “Europa de los Estados y ciudadanos”.
Pero quizá, ante la ausencia de una profundización de una unión política, una
integración de los pueblos, o la instauración de una política de solidaridad
interregional, se converge formalmente consagrando en ley superior el modelo
neoliberal que hace trayectoria desde hace tiempo. Se trata de la juridificación
en carta magna de la política económica neoliberal, como política para enfrentar
la crisis de acumulación mundial, a escala europea, configurándose en área de
mercado basada en la competitividad sin amortiguación del capitalismo liberal,
ahora con un Estado tecnócrata comprometido con la regulación flexible de los
mercados.
Regulación flexible ‘con alambradas’, en el que se instaura una ciudadanía de
segunda para los residentes no autóctonos, en una Europa fortaleza ideada no
sólo para levantar muros de aranceles sino también de obstáculos al inmigrante,
que huye de la miseria que las potencias imperialistas han impuesto en su país
de origen.
Un modelo de Europa que decide hacer valerse como candidato a gran potencia,
pero no sólo en su dimensión económica, sino también militar. Ese gigante
económico y enano político, desplazado en la diplomacia internacional hasta
ahora, bajo la influencia de gobiernos de signo conservador entre la derecha y
la ultraderecha, trata de resituarse en la carrera imperialista sobre el soporte
de un ejercito[2] y una moneda, y sobre la influencia de los mercados del Este.
Pero también sobre la plataforma del miedo como principio. Se forjan falsos
fantasmas como el terrorismo, y se orienta el esfuerzo a garantizar el orden
social. Se proveerá una seguridad basada en la vigilancia y la represión de las
personas y de los movimientos sociales contestatarios, con una cláusula de
solidaridad[3] entre Estados en virtud de la cual cualquier país ante el riesgo
de subversión -o ‘terrorismo’- podrá proporcionar apoyo a otro para salvaguardan
el orden social establecido.
Cuando se hablaba de que el Euro era la primera moneda sin Estado, ahora puede
afirmarse que Europa, sus mercados y su venidero ejército van a gobernarse por
un instrumental estatal fragmentado, descoordinado y antidemocrático. El riesgo
que se corre, más si cabe cuando se planifica que ese ejército será satélite de
la OTAN[4], es que su potestad, sin más control que unos gobiernos de 25 países
con tradiciones e intereses divergentes, pueda convertirse en una auténtica
bomba de relojería. Más si cabe cuando la Constitución de la UE asimila el
concepto de ‘ataque preventivo’ de la Administración Bush.
En definitiva, esta Constitución de la Unión Europea, que reune todo el acervo
documental y legislativo fundamental de la Europa del Capital, y que conforma
una referencia de fondo para todos los países europeos, no hace otra cosa más
que consagrar los pilares procapitalistas de la regulación flexible como regla
de los mercados competitivos integrados, y hacer un recorrido de mínimos comunes
denominadores a la baja de los derechos ciudadanos, laborales y políticos para
la UE. Cuando habla de valores y derechos respetables, no pone detrás ningún
recurso ni plan para que efectivamente se cumplan, confiándolo todo en el
mercado y sus reglas. Una iniciativa que antes que europeista, es producto del
liderazgo clásico de los Estados que se aúnan entre el interés de los poderosos
y la disciplina chantajista de intentar no quedarse aislado en el nuevo orden
internacional en cuanto a los países semiperiféricos -sean mediterráneos o del
Este-. Nada nuevo bajo el Sol, salvo el propósito de elevar un modelo y una
opción política en base jurídica incuestionable, suelo de legitimidad y
hegemonía para la burguesía neoliberal europea. Una Constitución y una Europa
del Capital que está en contra de la Europa que los pueblos y clases
subordinadas necesitan: una auténtica Unión de Repúblicas Federales Socialistas
Europeas solidaria a nivel mundial con la clase trabajadora internacional,
especialmente de los Países del Sur, las clases populares, antimilitarista, y
ecológicamente sostenible.
Análisis del Modelo Económico de la Constitución y la Europa del Capital
La Constitución de la Unión Europea define el modelo económico europeo como una
economía de mercado abierta y libre, de libre competencia, esto es, un bloque
capitalista clásico que defiende como uno de sus principales soportes el derecho
a la propiedad privada y la herencia. De igual manera, la solidaridad burguesa
se ejercerá en este bloque imperialista impidiendo que cualquier país rompa
dentro de él la estabilidad del modelo, el funcionamiento del mercado interior o
‘falsear la competencia’.
Como bien sabemos, la política económica se articula en diferentes dimensiones:
política fiscal, política de inversión y gasto, política monetaria, y regulación
en general de los intercambios. Asimismo, no dejemos de tenerlo en cuenta, la
economía no es algo al margen de las decisiones y relaciones sociales y humanas,
y por lo tanto, cristaliza en ella una interrelación con la política y las
relaciones laborales, cuyo enfoque de análisis integral, aquí el marxismo, es la
critica de la economía política. En suma, el modelo económico es un producto
social, y una forma que define las relaciones de poder y de producción que
dominan la sociedad.
La Unión Europea, sin ser una Unión política, o un espacio económico integrado
en todas sus dimensiones, se propone como bloque desarrollar un área de libertad
de movimiento de capitales, de mercancías y trabajadores. Esto es, amplificar la
forma mercancía del capitalismo hasta su máxima realización, en aras de promover
la acumulación capitalista, la explotación de los trabajadores y clases
subordinadas, y consolidar los privilegios de las burguesías nacionales que
habitan en la Unión Europea y que, de este modo, forjan su alianza -no sin
evitar la subordinación de unos países a otros, centros y semiperiferias-.
La política fiscal, sujeta al Pacto de Estabilidad -ahora en entredicho, en
tanto que ha dejado de convenir a la política interior de Francia y Alemania-,
consiste en una política de austeridad que no podrá enfrentar los ciclos
económicos recesivos y que se inhibe de hacerlo al confiarlo casi todo en el
mercado. El papel prioritario de los Estados es la regulación flexible, el orden
social y la seguridad interior, que garanticen la acumulación capitalista.
Estados que aún conservarán en sus manos las políticas sociales y la regulación
laboral, de cara a maniobrar con ellas como instrumento de ajuste en la disputa
por la competitividad internacional. Esto es, la divergencia de los derechos
laborales es la herramienta para competir, con lo que los derechos sociales
asociados, los salarios y el Estado del Bienestar, si es que alguna vez lo hubo,
serán los principales perjudicados. El déficit público no podrá emplearse para
inversiones estratégicas, contrarrestar ciclos adversos u otro propósito. De
modo que, con un presupuesto en torno al 2% del PIB europeo, no puede hablarse
de un Estado europeo con capacidad de intervención, cuando los presupuestos
públicos nacionales ocupan prácticamente la mitad de su producción en cada país.
Los ingresos de la UE fundamentalmente se originan en impuestos indirectos
(IVA), que al recaer sobre el consumo son regresivos, esto es, gravan en mayor
medida proporcional a las rentas más bajas, en tanto que dedican mayor
porcentaje de su renta a este tipo de gastos. En suma, la austeridad que supone
evitar un déficit público, lo paupérrimo de los ingresos de la UE, y su
naturaleza regresiva, impiden la conformación de un Estado europeo, que, en
suma, tan sólo se dedica a coordinar política monetaria, regular la política
agraria común, y a, en una medida marginal, realizar políticas de desarrollo
regional, totalmente insuficientes para una cohesión y solidaridad interregional
a nivel comunitario.
La política monetaria es ya competencia de la Unión Europea, y más
particularmente del Banco Central Europeo. Con la Constitución de la UE que nos
proponen no se trata sólo de consolidar un órgano como el BCE que coordine y
dictamine la política monetaria: tipos de interés, tipo de cambio, circulación
de moneda, etc... También se trata de consignar para ahora y para siempre que la
única política monetaria posible es la que se marca como objetivo el control de
la inflación -la “estabilidad de los precios”-, y que está al margen de lo que
los parlamentos y ciudadanos puedan pensar sobre otros posibles objetivos y
medidas (por ejemplo, el empleo, el control y regulación de los movimientos de
capitales y el sistema financiero, la modulación de los tipos de cambio, la
posibilidad de políticas de tipos de interés expansivas, etc...). La
Constitución de la Unión Europea no sólo determina un organo independiente de la
democracia para dirigir los destinos de la política monetaria sino que hace ley
un solo modelo para gobernarla: el modelo neoliberal[5]. Una política que ha
definido al euro como moneda única y que aspira a ampliarla a otros países, en
ocasiones reticentes a su incorporación, con el objetivo de consolidar una
moneda estable, confiable para los capitales, una divisa de reserva
internacional, y un símbolo de poder a la altura de los competidores mundiales,
especialmente el dolar. Ni que decir tiene que la política económica queda en
manos de los gobiernos, que toman toda la iniciativa y queda prácticamente al
margen del Parlamento Europeo.
Para los países que quisieran entrar en el club del Euro vuelven a recuperarse
los viejos criterios de convergencia nominal, un nuevo Maastricht, para los
países recien incorporados o los que aún no han entrado. Se trata de la
imposición de un protocolo de los criterios de convergencia conocidos: Control
del déficit público, de la deuda pública, de los precios, del tipo de cambio
-dos años sin devaluaciones respecto al euro-, con un reflejo en los tipos de
interés a largo plazo, tomando en consideración la evolución de las balanzas de
pago por cuenta corriente y la evolución de los costes laborales unitarios y
otros índices de precios. Protocolo que servirá de marco de vigilancia de las
políticas económicas nacionales. Una vez más, debemos rehacer la crítica a aquel
modelo que sólo busca una homogeneización del espacio mercantil y monetario para
el funcionamiento más dinámico de los mercados. Una convergencia que no fija la
atención en los objetivos de empleo, tasa de paro, nivel de producción o renta
per cápita, niveles de pobreza, armonización fiscal o laboral, estructuras de
regulación de los movimientos de capitales, niveles y calidad de la
infraestructura, desarrollo de servicios estratégicos, etcétera. En definitiva,
el modelo de capitalismo “hanseático”[6] que se nos propone aumentará las
divergencia regional[7] en tanto que los países menos poderosos ante las reglas
de los mercados -perfectamente regulados y dominados por los oligopolios
multinacionales de países aventajados-, quedarán desprovistos de medidas de
regulación. No podrán tener una política económica activa, una política
redistribuidora o inversora, no podrán manejar el tipo de cambio o tipo de
interés en su favor, en suma, hurtan a la población de utilizar los mecanismos
públicos en beneficio de la mayoría, de la clase trabajadora.
A su vez la Constitución de la UE “garantiza” un modelo de suministro de
servicios colectivos, en virtud del cual no se hace mención alguna a su
naturaleza sea pública o privada. Esto supone, una invitación a la privatización
de los servicios colectivos diversos, en clara coherencia con el Acuerdo General
de Comercio de Servicios[8] firmado en el Organismo Mundial de Comercio. En
suma, la Constitución no garantiza un modelo de provisión pública de los
servicios esenciales, es más se cuida de que estos no ‘interrumpan’ el fluido
funcionamiento de los mercados y la iniciativa privada, en particular de los
grandes capitales.
En fin, el mecanismo de ajuste, como afirmábamos, recae sobre la política
laboral y social, el “coste de la acumulación”. Con un retórico objetivo de
“alto nivel de empleo” se abandona cualquier horizonte de sociedad de pleno
empleo, un empleo que se desprende en estas últimas décadas de los vestigios de
protección social que le correspondían. El derecho al empleo pasa a ser el
“derecho a trabajar”, donde el trabajo es el deber fundamental y prácticamente
el único modo de adquirir una identidad en esta sociedad. De ningún modo se
habla de ingresos universales garantizados por ser ciudadano o ciudadana, de
conformar un modelo de producción y trabajo para mejorar las condiciones de
vida, reduciendo por ejemplo el tiempo de la vida dedicado al trabajo, y si se
hace resuena a fábula. Mientras se sincronizan las políticas de convergencia
nominal -el modelo de Maastricht no se ha abandonado, sino que se ha afianzado-
en materia económica, la Estrategia Europea del Empleo se convierte en el hilo
conductor que vertebra economía y marco laboral.
La Estrategia Europea del Empleo, en una recuperación del discurso
schumpeteriano -el economista más pragmático y realista de la tradición
neoclásica de los años 30, pero francamente elitista, procapitalista y
neoliberal-, depósita toda la confianza en los empresarios innovadores -el
espíritu de empresa-, definiendo que el origen de la riqueza es responsabilidad
del capitalista, y no del trabajo. Refuerza el discurso de la disponibilidad,
empleabilidad y adaptabilidad como ajuste y adaptación constante de la fuerza de
trabajo a las necesidades de la acumulación y la movilización general y dinámica
de la fuerza de trabajo global (y de todos sus segmentos: jóvenes, mayores,
mujeres, personas con discapacidades, etcétera). Esto es, trata de emplear a
toda la población potencialmente activa, trata de exigirla mayores competencias,
y mayor polivalencia y adecuación a los espacios económicos rentables. Busca
aumentar la tasa de explotación global empleando a mayor población y en
condiciones de mayor rentabilidad, olvidando casi por completo el aspecto de
derechos, remuneración, etcétera. Trata de modernizar las empresas, mediante el
discurso tan tecnocrático como quimérico, de la sociedad del conocimiento,
cuando las condiciones de desarrollo capitalista, en crisis estructural, impiden
una nueva revolución industrial y tecnológica. La introducción de las llamadas
“nuevas tecnologías” remiten exclusivamente a la telemática y aplicaciones
informáticas sin afectar al sistema de producción, energía y base industrial
fundamental -en tanto que la tasa de beneficio no permite una acumulación
suficiente para un cambio industrial totalmente necesario-. Se ignoran los
límites ecológicos y la necesidad de girar el sistema de producción -y por tanto
la formación sociopolítica que lo hace posible- para hacerlo sostenible.
En última instancia, esta Europa del Capital y la Guerra que se nos trata de
imponer, es también la Europa del Empleo Pleno de la Fuerza de Trabajo, en
consonancia y total paralelismo con la Europa de los Mercados y la regulación
flexible, unos mercados -gobernados por multinacionales y gobiernos- que
necesitan una mercancía fundamental para su rentabilidad: la fuerza de trabajo.
Sin embargo, este modelo de Europa no es el único factible, pues otro mundo es
posible. De los trabajadores y trabajadoras, de las clases subordinadas, de la
lucha de clases contra la burguesía y sus acólitos, a fin de cuentas, depende de
que este sea el modelo que conforme nuestra existencia o sea otro. Es posible
otra Europa en otro Mundo. Es necesario pensar y actuar por la transformación
social, por la ruptura con esta sociedad, plantear los cambios en el nivel que
le corresponde: el nivel de bloque o área regional internacional. Es por tanto
preciso plantear la necesidad de una República de Federaciones Socialistas
Europeas en un mundo no capitalista, de una democracia radical y participativa,
de una economía gobernada democráticamente, orientada a satisfacer necesidades
sociales, ecológicamente sostenible, productivamente suficiente, una economía
redistributiva, y un trabajo definido socialmente que, definitivamente, supere
el marco de la relación salarial.
En definitiva, el próximo 13 de Junio nos plantearán un referendum para
pronunciarnos por esta Constitución de la Unión Europea. No se trata de estar
contra Europa o contra una Constitución. Al contrario, lo que nos proponemos es
un modelo de Europa alternativo, con otras prioridades, y asentado por otros
principios. Se trata de luchar por un proceso constituyente de una Europa
socialista y democrática, una Unión Política y una Convergencia real para un
bloque solidario a nivel mundial, capaz de liderar un nuevo modelo de sociedad,
de economía y política. Por eso, no sólo propugnamos un no a esta Constitución,
sino que desde ya instamos a organizarse colectivamente por otra Europa en un
Mundo anticapitalista, un objetivo de resistencia y lucha revolucionaria que
rompa con los privilegios connaturales a la sociedad burguesa. Y se ponga a
construir, en igualdad y libertad, otro mundo.
[1] En materia de regulación laboral “dichas leyes o leyes marco europeas no
incluirán armonización alguna de las disposiciones legales o reglamentarias de
los Estados miembros” (pág. 104), cláusula que se repite una y otra vez en la
Constitución de la UE, para evitar a toda costa una convergencia real en esta
materia.
[2] “Los Estados miembros se comprometen a mejorar progresivamente sus
capacidades militares. Se creará una Agencia Europea de Armamento, Investigación
y Capacidades Militares para determinar las necesidades operativas, fomentar
medidas para satisfacerlas, contribuir a determinar y , si procede, a aplicar
cualquier medida adecuada para reforzar la base industrial y tecnológica del
sector de la defensa” (pág. 34, Proy. C.UE. Convención).
[3] “Si se produjese en un Estado miembro un ataque terrorista o una catástrofe
natural de origen humano, los demás Estados miembros le prestarán asistencia a
petición de sus autoridades políticas”. (pág. 177)
[4] “La política de la Unión (...) respetará las obligaciones derivadas del
Tratado del Atlántico Norte para determinados Estados miembros que consideran
que su defensa común se realiza dentro de la OTAN” (pág. 33 proyecto de
Constitución Europea, Convención).
[5] Eso no debe hacernos olvidar que la situación de crisis capitalista está
demostrando el fracaso de dichas líneas de actuación. En este sentido, hay
suficientes signos que demuestran que una fracción de la burguesía reclama la
recuperación de las políticas keynesianas de intervención del Estado. Pero como
sabemos el problema no es ese, sino la naturaleza social del Estado y el Mercado
y sus reglas propias. En este sentido, el capitalismo, como relación social, se
ha caracterizado por un tipo de Estado burgués y un mercado lucrativo, que, en
función del país y la época, ha cambiado de composición en sus instituciones y
medidas prioritarias. Sin embargo, bajo el capitalismo, su naturaleza social de
clase, la sociedad burguesa -y sus diversas formas- ha sido la formación
sociohistórica que le ha caracterizado.
[6] El desarrollo del capitalismo se expande como una ‘glocalización’, al modo
de la antigua Hansa que ligaba grandes ciudades nórdicas en el medievo tardío.
Unas regiones se interconectan en espacios de prosperidad e intercambio global
-pudiendo estar a gran distancia unas de otras- mientras otras, más vulnerables,
quedan fuera de juego -pudiendo estar a muy corta distancia física de los
centros económicos más dinámicos-.
[7] “La Comisión tendrá en cuenta la importancia del esfuerzo que determinadas
economías, que presenten un nivel de desarrollo diferente. (...) Dichas medidas
adoptarán la forma de excepciones, deberán tener carácter temporal y perturbar
lo menos posible el funcionamiento del mercado interior” (pág. 65)
[8] “Quedarán prohibidas las restricciones a la libre prestación de servicios
dentro de la Unión” (pág. 70)