MUJER Y VIOLENCIA: ANÁLISIS

Informe elaborado por FemNet -
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25 noviembre 1999
Los médicos forenses Miguel y José Antonio Llorente Acosta afirman que "la mujer es víctima de forma especifca como consecuencia del rol social que desempeña y por su condición de mujer". Definir la condición de mujer como el elemento común, esencial y definitorio de estos hechos delictivos, levanta las críticas y oposición de gran parte de los hombres y algunas mujeres, que se basan en mitos para justificar estos hechos ("también hay mujeres agresoras", cuando en casi un 100% estos casos son autodefensa, "los hombres también sufren violaciones', cuando en más de un 90% los agresores son también hombres) y llegan a negar la existencia, magnitud y trascendencia de estas mismas agresiones.

Los temas sobre violencia que tratan los autores son el acoso sexual en el trabajo, las agresiones y violación y la violencia de la pareja masculina.

Sobre acoso sexual en el trabajo, Miguel y José Antonio destacan la interpretación que en todo este tipo de agresiones hace la sociedad de la independencia de la mujer, que no "cumple" con su papel tradicional de ama de casa e inicia una actividad laboral remunerada fuera del hogar, desafiando el papel clásicamente ocupado y otorgado al hombre.

En los casos de violación y agresiones afirman que la tradición culpabiliza a la víctima, recogiendo la legislación casos exculpatorios para el violador como que la mujer ejerza la prostitución (entendida ésta de la manera más amplia y tergiversada), el perdón de sus familiares, el posterior embarazo (señal de consentimiento) o que el agresor acceda a casarse con la víctima (según códigos vigentes en varios países).

En el recorrido histórico que los autores realizan sobre la pareja masculina agresora, comprueban que sus demostraciones de violencia a la mujer son y eran "posibles y permitidas gracias a su situación social, como demostración de su autoridad y superioridad respecto a ella, que aceptaba las agresiones como "pago" a la protección que el hombre le ofrecía".

Concluyen que "en todos los casos existe una actitud socio-cultural que pretende, de forma consciente o inconsciente, perpetuar el papel tradicional de hombres y mujeres".

Ana Ma Pérez del Campo, fundadora y actual presidenta de la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas, profundiza en el significado del rol social y la condición femenina, a la vez que propone medidas específicas. "Los gobiernos deben escuchar como agentes sociales a las organizaciones de mujeres, por ser ellas y nadie más las expertas en violencia de género". La fundamentación de esta exigencia es la imposibilidad de erradicar la violencia de género partiendo de los estudios teóricos, que se han hecho añicos frente a la realidad. Ana María insiste en el término VIOLENCIA DE GÉNERO, por encima de violencia familiar, para precisar y no desvirtuar el origen de la violencia.

Medidas inmediatas que se proponen son la introducción curricular de la violencia de género como materia obligatoria en las facultades universitarias de magisterio, derecho, pedagogía, periodismo, medicina y en las escuelas de trabajo social, policía y resto de fuerzas de seguridad del Estado. "Esto para empezar, porque debería ponerse en marcha una segunda fase de extensión de la materia a todos los estadios de la educación. Esta materia debe ser impartida por mujeres de organizaciones expertas en violencia de género, por ser una violencia sexista especifica y con infinitos elementos no presentes en otros tipos de violencia".

Sobre los orígenes de la violencia de género, Ana María explica que tiene una raíz ideológica, "y debe ser combatida con la ideología feminista que en parte nace como respuesta a esta violencia. Esta es una violencia de poder y control, que tiene como objetivo la libertad y la autonomía de las mujeres. Es una violencia de ejercicio de poder, que condiciona el reparto de espacios y recursos".

Volviendo a los recursos que deben ponerse en marcha de inmediato, destacan las casas de urgencia para el acogimiento de las mujeres maltratadas. "El proceso actual, desde que se dirige a las mujeres a los servicios sociales hasta que llegan a la casa de acogida, dura un mínimo de dos semanas, por muy peligrosa que sea la situación. Estas casas de urgencia tendrían la función de evaluar los casos, encauzando a las mujeres con patologías severas a los servicios adecuados". Son patologías severas la salud mental fuertemente deteriorada y el alcoholismo y toxicomanias activas.

"Las mujeres que no presenten estas patologías deben ser acogidas en un máximo de 10 días en centros de recuperación integral para mujeres y niñas víctimas de violencia de género, con tratamientos de larga duración y programas específicos".

Según la experiencia acumulada desde el Centro de Atención, Recuperación y Reinserción para Mujeres que dirige Ana María, las agredidas tienen déficits anteriores a la violencia. "Para la recuperación se les deben ofrecer elementos de aclaración ideológica, fundamentalmente feministas, para cambiar la perspectiva de vida y reconstruir una identidad autónoma y libre capaz de analizar y evitar relaciones propicias a la violencia".

Además, las mujeres deben salir del centro con una vivienda proporcionada por el Estado y con trabajo remunerado, "ya que las actuales casas de acogida y los posteriores pisos tutelados que ofrece el Estado, institucionalizan su vida y les impiden desarrollar sus actividades desde la independencia que exige cualquier persona mayor de edad. No se las puede tratar siempre como a menores, son ciudadanas de pleno derecho. Otro de los ofrecimientos inmediatos e imprescindibles para las agredidas son los beneficios económicos directos tomando en cuenta el número de hijos dependientes de la mujer".

Sobre reformas legales, Ana María defiende que no hay ausencia de normas, sino resistencia a su aplicación por parte de jueces y juezas. "Por otra parte, hay normas reformadas por el gobierno que hay que volver a reformar. Un ejemplo es el articulo 544 bis de la Ley de enjuiciamiento criminal, que regula el extrafiamiento, es decir, imponer cautelarmente al inculpado la prohibición de residir o acudir a determinados lugares con el fin de proteger a la víctima. No hay norma que restrinja en tal manera su aplicación ni parecida en cuanto a contemplar tan generosamente al inculpado'. Dos partes del texto ilustran las declaraciones de Ana María y muestran claramente la voluntad de los legisladores: en primer lugar, se precisa que el tribunal aplicará el extrañamiento "de forma motivada y cuando resulte estrictamente necesario"; en segundo, se explicita que "se tomará en cuenta la situación económica del inculpado y los requerimientos de su salud, situación familiar y actividad laboral. Se atenderá especialmente a la posibilidad de continuidad de esta última, tanto durante la vigencia de la medida como tras su finalización".

"Actualmente existe una descoordinación de recursos y regulaciones civiles y penales que hace inútiles los esfuerzos de muchas personas. Es necesario coordinar jurídicamente desde la esfera que atañe a lo civil, lo penal y también a los recursos sociales y los programas de prevención en una ley integral que aborde en su conjunto toda la temática de la violencia".

Prevenir es uno de los temas más controvertidos y sobre los que Ana María pone mayor pasión. "La única opción con posibilidades es tratar a la infancia agredida o testigo de violencia de género con programas específicos. Son tantísimas las mujeres que fueron víctimas anteriormente de su padre y tantísimos los agresores que también lo fueron o tenían un padre que agredía a la madre... No es posible recuperar a un agresor, como reitera el psiquiatra Rojas Marcos, pero si evitar que los niños lo lleguen a ser y sacar a las niñas de la espiral de la violencia".

Ana María explica claramente las razones de esta afirmación: "No se puede recuperar a un agresor porque no hay sentimiento de culpa, él sigue las normas de comportamiento masculinas aprendidas desde la infancia y éstas son las que le dan identidad. Es el único punto en común de los agresores: son hombres modélicos, según la concepción tradicional de la masculinidad. Pero no les es posible renunciar a las gratificaciones que les da el ejercicio de la violencia".

El Colectivo Abierto de Sociología ha realizado, por encargo de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, un análisis de los discursos institucionales sobre violencia de género de los medios de comunicación y la Administración del Estado -Justicia, Policía, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Instituto de la Mujer. El informe será publicado próximamente.

Begoña Marugán, integrante de este Colectivo explica que "la violencia de género ha sido un fenómeno mediático presentado con elementos espectaculares por unos medios de comunicación que llevan la dirección del discurso. Sin embargo, no es cierto que gracias a ellos se haya hecho visible el problema, sino que por su falta de interés no ha sido visible hasta ahora".

Hay estadísticas del CIS anteriores al boom de la prensa que demuestran que la violencia de género era un tema ya conocido por la ciudadanía. "No es que sea un tema que no conocemos, sino que no lo queremos conocer, porque nos cuestiona como personas y cuestiona la sociedad en que vivimos y qué estamos haciendo para pararlo. Nos da un espejo en el que no nos queremos mirar".
"La prensa ha mostrado los casos dentro de un tema espectacular que se pone a la venta: la violencia genera dinero. La principal característica del discurso de los medios sobre la violencia contra las mujeres es la presentación del mismo como un virus que afecta a ciertas partes de la sociedad, pero nunca se cuestiona a la estructura social como portadora de la enfermedad. Se presentan los hechos aislados sin elementos que permitan encontrar un origen común, hacer un análisis de conjunto. Se aisla a los agresores como individuos "raros" sin ver en ellos el resultado de una determinada estructura social".

Por otra parte, sólo son noticia las muertes, los finales positivos no aparecen. "La consecuencia directa es el desánimo de las agredidas ante la falta de ejemplos en que reflejar un final "feliz" para su situación. Para los agresores, el desánimo de la agredida supone un refuerzo a su violencia, en un circulo viciado que se alimenta de nuevas noticias".

El mensaje de las instituciones es que el Estado es el único que puede canalizar las soluciones. "No se ofrecen otras salidas ni se busca implicar a la sociedad en su conjunto con mensajes sobre la solidaridad con las víctimas, ponerse en su lugar y no verlas siempre como "las otras".

Según la lógica de estas instituciones la solución siempre pasa por la denuncia, "con lo que muchas veces se elimina la posibilidad de salida, primero porque muchas de estas mujeres están muy deterioradas y no tienen capacidad para denunciar, y segundo, porque supone un alto riesgo para las mujeres, ya que el primer paso que conlleva una denuncia es comunicarla al denunciado".
Reconocerse como víctima y "traicionar" al que ha sido compañero, asumir el juicio social y el haber mantenido la situación durante un tiempo, sentirse responsable de las agresiones, dudar sobre la posibilidad de sobrevivir sola o perder la vivienda o a l@s hij@s son respuestas que frenan la denuncia, explicando por qué se calcula en un 95% los casos que no llegan a denunciarse.

El discurso oficial se originó en la policía, "que era el único colectivo que tenia un discurso claro: el agresor es un delincuente que debe ir a la cárcel y la agredida es una víctima que merece buen trato y una atención de calidad. Este discurso es copiado luego por el gobierno, que ni reflexiona ni profundiza en este mensaje. Cuando el gobierno dice que hay que penar más y reformar el código penal, cambiado hacia año y medio o dos años con el gobierno del PSOE, se llega a una lucha entre partidos que nada tiene que ver con defender a las mujeres".

La prensa actúa "como elemento dentro del juego de los poderes y con mucho poder. Sin embargo, nadie cambia el discurso, se habla más, se informa más, se juzga más pero nadie dice ni hace nada diferente".

Las cifras que se manejan son engañosas, puesto que sólo se toma como fuente a la policía sin más investigación. "Las mujeres que mueren a causa de una paliza, un apuñalamiento o un tiro pero que sobreviven más de un día en el centro hospitalario no aparecen en los informes forenses como víctimas de esta violencia sino que se refleja la parada cardiorespiratoria, la hemorragia interna, etc. Lo mismo ocurre con mujeres a las que las palizas adelantan la muerte por el deterioro de los órganos internos. Y ¿quién contabiliza los suicidios? ¿Qué periodista ha investigado las mujeres en centros psiquiátricos como consecuencia de la violencia de sus parejas?"

El mensaje desde los servicios sociales es también excluyente para mujeres como las adictas a la heroína. Según un estudio reciente el 30% de las mujeres en la cárcel han sido víctimas de violencia de género, algunas de ellas por q:(e se negaban a traficar. "Hay un submundo en la violencia de género". No hay que olvidar la situación de las mujeres emigrantes, el tráfico de mujeres y la violencia presente en la prostitución.

El discurso judicial es el que posee matices más reaccionarios, "plantean los juicios como enfrentamiento entre iguales, sin reconocer la desigualdad entre hombres y mujeres y provocan una segunda victimización de la mujer al hacerla revivir las agresiones como forma indispensable para establecer los hechos. Los jueces se aferran a su objetividad, sin aceptar la responsabilidad del margen de interpretación que ofrecen las leyes".

La legislación laboral, al contrario de la penal, ha sabido recoger la especificidad del acoso sexual, como explica la investigación llevada a cabo por la empresa GEA 21 -Grupo de Estudios y Alternativas- durante 1998, como parte de la Iniciativa Daphne de la Comisión Europea para combatir la violencia contra niñas, adolescente y mujeres. Ponen como ejemplo el principio "in dubio pro operario, según el cual en caso de duda se beneficia a la trabajadora, mientras que en el código penal se antepone la presunción de inocencia del acusado. A su vez, en el derecho laboral existe el principio de "inversión de carga de la prueba" para los casos de discriminación sexista, que impone al demandado la obligación de probar que ha actuado conforme a derecho".

En el derecho penal se obliga a la demandante a probar lo que alega y, en caso de dudas, se absuelve al demandado. Atendiendo a este hecho, en la Guía Sindical: el Acoso Sexual en el Trabajo, publicada por la Secretaría Confederal de la Mujer de Comisiones Obreras a partir del informe citado, proponen el establecimiento legal de la presunción de veracidad de la demandante "conforme a la interpretación de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en su sentencia de 2-6-1992 en la que señala que "las manifestaciones de la víctima, especialmente en los delitos sexuales, pueden servir para enervar el derecho a la presunción de inocencia (...)".

Coincidiendo con la tesis de los hermanos Acosta, todo el informe se resume en un lema: "el acoso sexual en el trabajo es acoso social a las mujeres por trabajar".

Marcela Lagarde, antropóloga mexicana especialista en género, explica que "las estructuras sociales en torno a la violencia alcanzan tal grado que permiten la interiorización de la misma por parte de las mujeres. La prohibición estricta a las mujeres sobre ejercer la violencia contra los hombres es una de las más fuertes del patriarcado y explica que en un altísimo número de casos las víctimas no ejerzan su legitimo derecho a defenderse".

BIBLIOGRAFiA
Lorente Acosta, Miguel y José Antonio. Agresión a la muier: Maltrato, violación ¥ acoso. Comares, Granada, 1999.
Pérez del Campo Noriega, Ana María. Una cuestión incomprendida: el maltrato a la mujer. Horas y HORAS, Madrid, 1995.
GEA 21 -Grupo de Estudios y Alternativas. Guía sindical: el acoso sexual en el trabajo. Secretaría Confederal de la Mujer, CC.OO, 1999.
GEA 21 -Grupo de Estudios y Alternativas. Las raíces del acoso sexual en el trabajo: conclusiones principales de un estudio. Secretaría Confederal de la Mujer, CC.OO, 1998. Themis- Asoc. de Mujeres Juristas. Respuesta penal a la violencia familiar. Consejo de la Mujer de la Comunidad de Madrid, 1999.