INFORME SOMBRA SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES EN GUATEMALA

I. INTRODUCCIÓN

La situación de los derechos humanos de las mujeres ha sido evaluada por la Organización de Naciones Unidas desde hace aproximadamente 25 años. Desde entonces, cuatro Conferencias Mundiales de la Mujer han marcado la pauta a los Estados, acerca de los avances que debe haber en materia de respeto a los derechos económicos, sociales, cívico–políticos y culturales de las mujeres, en todas las geografías donde éstas habiten.

Diferentes contextos, historias y niveles de desarrollo en la gran mayoría de países del globo, han evidenciado que cuando las mujeres elevan sus derechos democratizan sus sociedades. Siendo al contrario, que si aumentan sus niveles de pobreza, si se torna insoportable el aumento en la violencia e impunidad de género, si disminuyen los cargos de representación pública femenina, si se tolera la discriminación a las mujeres indígenas y no se avanza en legislaciones y políticas que normen sus derechos para favorecerlas, sin lugar a dudas, los países se alejan de los estándares mínimos deseables de desarrollo humano y de respeto a los derechos humanos. Observando el caso de Guatemala, vale la pena hacer tres consideraciones que contextualizan el marco de violaciones de los derechos humanos de las mujeres:

a. Como resultado de 36 años de conflicto armado, los efectos de la guerra ahondaron causas estructurales de pobreza, discriminación y violencia que afectaron de manera preponderante a las mujeres, a las niñas y niños y a los pueblos indígenas.
b. El proceso que finalizó con la firma de los Acuerdos de Paz, permitió espacios de participación social y de propuesta política que tendrían posibilidades de profundizarse, si existiera mayor voluntad política por parte del Estado guatemalteco en el cumplimiento de los Acuerdos, Pactos y Convenciones que ha firmado y/o ratificado para hacer que se respeten los derechos humanos de las mujeres.
c. El retorno de políticas de seguridad nacional y de representantes del Estado –señalados de genocidio y delitos de lesa humanidad–, al espacio de los poderes ejecutivo y legislativo, cierran posibilidades y espacios reales construidos por las mujeres y el movimiento social en sus esfuerzos por crear democracias respetuosas de la dignidad humana.

Desde esa realidad, la restricción de los derechos civiles y políticos de las mujeres, ha limitado y restringido la obtención de otros derechos. De ahí, que el Informe de Desarrollo Humano más reciente ubique a Guatemala en el lugar 120  como parte de una clasificación de 170 países, siendo que su índice de desarrollo es de 0.54 para toda la población y solamente del 0.17  para las mujeres. A continuación, se representa una pequeña muestra de derechos consecutivamente violados a mujeres en temáticas vinculadas a violencia de género, participación y representación política, discriminación a mujeres indígenas, derechos sexuales y reproductivos, temáticas fundamentales que caracterizan la situación actual de las mujeres en Guatemala.
 

II. TEMÁTICA DESARROLLADA

2.1 LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Referirse a la violencia de género, es referirse a los niveles de tolerancia que existe en nuestros sistemas de justicia, respecto de las violaciones de derechos humanos que les suceden a las mujeres. De tal manera, que ante altos niveles de violencia conyugal, violación sexual, acoso, maltrato, incesto, violencia familiar, amenazas de muerte, desapariciones o secuestros de mujeres, lo que se suma son prácticas judiciales que no dan trámite a los casos, legislaciones y códigos que no tipifican delitos ni sancionan, operadores de justicia que desconocen Convenios internacionales sobre derechos de las mujeres, sistemas legales que condenan a las víctimas y no a los agresores. Es por ello, necesario destacar que a pesar de los esfuerzos realizados por el movimiento de mujeres (dirigidos especialmente a la articulación de mecanismos institucionales que contribuyan a prevenir, atender, sancionar y erradicar este tipo de violencia), aún existen altos niveles de despreocupación respecto del problema, por parte del Estado guatemalteco. Dan cuenta de ello, los siguientes datos:

En el año 2000, reiniciaron prácticas de desapariciones forzadas, allanamientos a sedes de organizaciones sociales –de derechos humanos y de mujeres–, violaciones a mujeres que trabajan en ellas, amenazas de muerte y asesinatos políticos, especialmente de mujeres. El primer caso del que se tuvo conocimiento fue el secuestro y desaparición de la catedrática universitaria Mayra Gutiérrez, integrante activa del movimiento de mujeres de Guatemala. El caso no ha sido esclarecido, Mayra sigue desaparecida y hasta el momento las instituciones del Estado encargadas de investigar califican el hecho como “crimen pasional”. Desde entonces, se contabilizan amenazas de muerte a dos juezas encargadas de llevar el caso de Monseñor Gerardi, a una magistrada de la Corte de Constitucionalidad, a mujeres fiscales, periodistas, y defensoras de los derechos humanos, así como el reciente asesinato político de la Hermana norteamericana Barbara Ford quien desarrollaba programas de salud mental desde hace 23 años, para las poblaciones afectadas por la guerra.

Se han registrado asimismo, asesinatos en cadena de trabajadoras del sexo, asesinatos y violaciones de niñas, mujeres jóvenes y ancianas en una ola de violencia que se agudiza y se expresa cada vez más de manera permanente. En muchos de los casos que fueron conocidos por los medios de comunicación social, es claro que quienes perdieron la vida se resistieron a ser violadas sexualmente. En este sentido, el Organismo Judicial reconoció que los delitos sexuales alcanzaron el 11%  de los hechos delictivos de mayor ocurrencia, con un promedio de dos, cada tres días y que la prostitución infantil aumentó un 2%  en relación con años anteriores. Por otra parte, el ingreso violento de hombres armados y asaltos a sedes de grupos de mujeres y del movimiento social  como: Mujeres en Solidaridad, Mujer Vamos Adelante, Agrupación de Mujeres Tierra Viva, Familiares de Detenidos–Desaparecidos (FAMDEGUA), Centro de Estudios, Información y Bases para la Acción Social (CEIBAS) y el Centro de Acción Legal para los Derechos Humanos (CALDH), constituye un fenómeno que recuerda los altos niveles de represión que tuvo –en tiempos de los gobiernos militares–, el movimiento social.

Es necesario señalar que diferentes mujeres han jugado papeles clave en la construcción de espacios democráticos y en la defensa de los derechos humanos en Guatemala, el movimiento de mujeres es una de las fuerzas que más ha expresado su voz y ha extendido sus propuestas a lo largo y ancho del país, sin embargo, la ola de violencia se ha agudizado en su contra en estos últimos dos años.

Por otra parte, puede decirse que debido a la implementación de mecanismos para la recepción de denuncias, es posible ahora contar –a pesar del subregistro–, con datos acerca de la incidencia de los tipos de agresión que denuncian las mujeres. Por ejemplo, la Fiscalía de la Mujer del Ministerio Público  denunció que solamente en el año recién pasado se presentaron 5029 denuncias de violencia intrafamiliar a mujeres y niñas; 949 violaciones sexuales y otros tipos de agresión, estableciendo una relación de 8 a 1 según las denuncias presentadas en relación a mujeres y las presentadas, en relación a ancianos y niños. Por su parte la Defensoría de los Derechos de la Mujer de la Procuraduría de los Derechos Humanos recibió 5,000  denuncias de violencia contra la mujer, de las cuales 3,484 fueron de violencia intrafamiliar en el año 1999. Asimismo, informaciones de prensa dan cuenta de que un 60% de los homicidios de mujeres, son resultado de violencia doméstica.

Es también importante señalar que a pesar de que existen los Informes de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI) de la Iglesia Católica y el de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) de Naciones Unidas, en los que se registra los altos niveles de violencia sexual que sufrieron las mujeres durante el conflicto armado, solamente existe un precedente: en la Masacre de Plan de Sánchez (Rabinal,1982), en donde el Estado guatemalteco aceptó su responsabilidad ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por los delitos de genocidio, asesinato de la población y violación sexual  de las mujeres. Sin embargo, hasta la fecha, el Estado no ha iniciado ningún tipo de persecución penal contra los responsables, ni ha reconocido públicamente el derecho a resarcir estas violaciones de derechos humanos, a pesar de que existen suficientes pruebas acerca de mujeres, niñas y ancianas que fueron violadas individual y/o colectivamente, antes de ser asesinadas.

En temas como violación o acoso sexual, prevalece en tiempos de paz, la misma situación del sistema de justicia. En el primer caso, no se emiten órdenes de captura o se emiten tardíamente, se presenta la tentativa de violación como falta penal, se dan absolutorias o se cobran multas de trece dólares a los agresores. Un ejemplo, es el que detectó la misión de Naciones Unidas para Guatemala, en el que la orden de captura se emitió con dos años de retraso.  En cuanto al acoso sexual, no existe tipificación del delito.

En un estudio realizado en 15 municipios de Guatemala respecto del acceso de la mujer a la justicia, se detectó que las mujeres acuden en un 68% por violencia intrafamiliar, lesiones graves 16%, violación sexual 9%, y que de 256 mujeres entrevistadas el 72% lo hicieron en calidad de agraviadas y el 28% como sindicadas mayoritariamente de faltas y en menor proporción de delitos.  De tal manera que existe una proporción de una mujer detenida por cada siete hombres. En los casos de prisión preventiva, se ha logrado comprobar que la mayor parte de mujeres –detenidas por faltas– han superado los dos años (14%) y más de uno y menos de dos (el 6%),  sin ser sujetas de juicio o proceso judicial.

Guatemala fue uno de los primeros países en ratificar la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer –Belem do Pará– (1995). Como resultado de ello, el esfuerzo del movimiento de mujeres logró el establecimiento de la Ley contra la Violencia Intrafamiliar, el Reglamento que la operativiza y la Coordinadora para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar (CONAPREVI). Todo ello, sin embargo, no cuenta con un marco jurídico coherente, lo cual hace que la discrecionalidad de los operadores de justicia sea lo que prive en el tratamiento de los casos de violencia contra mujeres y el Ejecutivo no incluye en su presupuesto, fondos para el funcionamiento de la CONAPREVI.

2.2 DISCRIMINACIÓN CONTRA MUJERES INDÍGENAS

Eje fundamental de todo análisis de género es el de la opresión étnico–cultural de las mujeres. Según datos de 1997,  Guatemala cuenta con 11.241,540 habitantes, de éstos el 49.52% son mujeres y de ellas el 51% son mujeres indígenas. No existe situación alguna de la realidad guatemalteca, en la cual las mujeres indígenas (como grupo social) no vivan los mayores niveles de discriminación, marginación y pobreza.

En algunas regiones del país, existe hasta un 87.5%  de mujeres indígenas analfabetas como es el caso de las mujeres Chuj, solamente el 43% de las mujeres indígenas logra culminar el nivel primario, el 5.8% la educación media y el 1% la educación superior. La mayoría de las mujeres indígenas son monolingües en un idioma maya y el Estado aún no implementa programas bilingües que respondan a sus necesidades culturales. La tasa de natalidad promedio es de 6.9  hijos por cada mujer rural, siendo ésta, la más alta de América Latina. Otros rubros como trabajo, salud, tierra, vivienda o participación política expresan de igual manera altos niveles de exclusión y discriminación hacia las mujeres indígenas. Existen pocos datos, presentamos algunos.

- El 55%  de las mujeres que realizan trabajo doméstico, son mujeres indígenas que emigran a las ciudades.
- Paulina Manuel, enfermera del Centro de Salud de Rabinal, Baja Verapaz, denunció en febrero del presente año que recibió una nota del Director de la Institución en la cual se le llamó severamente la atención por no usar uniforme blanco para atender a los pacientes, con el argumento de que al usar su traje ponía en riesgo la salud de los pacientes. La agraviada presentó denuncia como irrespeto a su identidad cultural.

Como resultado de los Acuerdos de Paz, Guatemala se autodenominó como un país multilingüe, multiétnico y pluricultural. Esta definición para un país y para un Estado implica cambios en la legislación, en las políticas públicas, en los programas de gobierno y la cultura de una nación. Si bien se creó la Defensoría de la Mujer Indígena, ésta no abarca –aunque tenga voluntad–, toda la dimensión que implica la discriminación contra las mujeres indígenas en un país como Guatemala, cuestión que es tarea de toda la infraestructura del Estado y la voluntad política de los gobernantes.

Guatemala suscribió el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, el Acuerdo sobre Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el enfrentamiento armado y el Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria como parte de los Acuerdos de Paz firmados en 1996, mismos que fueron reconocidos como Política de Estado por el actual mandatario en su discurso de toma de posesión. En tales Acuerdos, el gobierno se compromete a tipificar la discriminación étnica y el acoso sexual en contra de las mujeres como delitos y a eliminar toda forma de discriminación contra la mujeres.

Por otra parte, Guatemala ratificó la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer en 1982, así como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer en 1994 y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, en 1996. Asimismo, está en trámite la ratificación del Protocolo de la CEDAW.

Sin embargo, las diputadas Rosalina Tuyuc, Manuela Alvarado y Aura Marina Otzoy, de diferentes corrientes políticas en el Congreso de la República, presentaron en 1998 ante ese organismo un Proyecto de Ley contra Toda Forma de Discriminación en Guatemala. La propuesta de Ley pretende sancionar el hecho con mayor énfasis si se comete contra una persona indígena. Tal proyecto quedó estancado y no avanzó, pues de las comisiones legislativas que debieron haber emitido dictamen, sólo una respondió. El eslabón más débil de la cadena, respecto de la violación a los derechos humanos, se expresa en Guatemala en la discriminación y exclusión de las mujeres indígenas.

2.3 PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN POLÍTICA

La construcción de sociedad civil desde grupos tradicionalmente excluidos y el fortalecimiento de espacios de representación política en la toma de decisiones desde el Estado, son temas que conciernen directamente al reto de la ciudadanía plena de las mujeres. Desde esta perspectiva, la participación política de un mayor número de mujeres, debiera ser coherente con la representación política que las mujeres asumieran en cargos de dirección del Estado, con las políticas, programas y presupuestos que el gobierno guatemalteco impulsara de manera prioritaria en la gestión de su período desde las necesidades e intereses de las mujeres.

Así pues, la Plataforma de Acción Mundial (Beijing, 95) plantea que la participación política deberá verse como un mecanismo para ganar control de las situaciones que afectan a las mujeres, pero también como una demanda de voluntad política a los gobiernos, interacción sin la cual no pueden conseguirse objetivos como igualdad, desarrollo y paz.

De hecho, el contexto de postguerra guatemalteco que pretende construir una sociedad participativa y de respeto a los derechos humanos, no puede alejarse de la premisa de democratizar los espacios personales, domésticos, familiares, político–partidarios, laborales, sindicales, estatales, medios de comunicación, de justicia, derechos humanos, sociales y sectoriales, pues en la mayoría de ocasiones, constituyen en sí, obstáculos que dificultan la participación y toma de decisiones de las mujeres.

Por ello, el último Informe de Verificación de la Misión de las Naciones Unidas en Guatemala coincide en señalar los múltiples esfuerzos de las organizaciones de mujeres en la apertura de espacios de participación –para un movimiento social que apenas iniciaba hace 12 años–, y que en la actualidad se constituye como generador de nuevas identidades, con capacidad de propuesta ante el Estado. Pero que a pesar de ello, no logra mayores niveles de incidencia política en los planes y estrategias de desarrollo, en la toma de decisiones y en el monitoreo de la gestión pública.

Es a partir de la Consulta Popular realizada en mayo de 1999, que se inicia el registro de votantes diferenciados por sexo, razón por la cual se logró determinar que en las elecciones presidenciales de ese año, solamente voto el 47% de las mujeres empadronadas, es decir el 33% de las mujeres en edad de elegir. En otras palabras el 67% del total de mujeres no votó.  Se eligieron un total de 3,328 personas integrantes de las corporaciones municipales de ellas, solamente 148, o sea el 4.45% son mujeres y para el total de 330 municipios en el país fueron electas únicamente 3 alcaldesas lo que representa un 0.9%.

En cuanto a los niveles de representación política a nivel nacional, de los 20 Ministerios de Estado solamente una mujer es ministra, lo que constituye un 5%; sólo una mujer ocupa el cargo de Secretaria Presidencial, ocho diputadas de 113 curules lo que hace un 7%, y siete de los 22 cargos para gobernadores los ocupan mujeres.  Si a ello agregamos la pertenencia étnica de las mujeres indígenas que participan en puestos de decisión, nos encontremos con una ministra, una gobernadora, dos diputadas, una subsecretaria y una embajadora indígenas. Una vez más, los niveles de participación femenina, no reflejan significativamente cargos de dirección ocupados por mujeres en la sociedad.

Los Acuerdos de Paz (Anexo I) dieron paso a la conformación de instancias organizadas de mujeres que desde su identificación de género lograron espacios de violencia en contra de las mujeres, cambios en normas jurídicas que la discriminan, organizaciones de mujeres indígenas que se organizaron para hacer que se respetara su adscripción lingüística y étnica, mujeres rurales luchando por la copropiedad de la tierra, mujeres diversas trabajando por las cuotas de participación política, por el cumplimiento de los compromisos de los candidatos respecto de las mujeres, por la reforma educativa sin estereotipos sexistas, por el Instituto rector de las Políticas Públicas para las mujeres, por el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas y el resarcimiento de las mujeres víctimas del conflicto armado. Asimismo, mujeres indígenas de diversas corrientes políticas organizaron espacios de participación local, regional y nacional para hacerse políticamente visibles desde sus identidades. Nunca como ahora, las mujeres en Guatemala habían alcanzado la voz que ahora tienen en espacios de participación social y política. A pesar de ello, los niveles de incidencia política no corresponden con los esfuerzos realizados. La responsabilidad del Estado respecto de incluir Políticas Públicas y normativa jurídica desde una perspectiva que incluya integralmente a las mujeres, es una alta carencia.

El gobierno de Guatemala no ha aprobado: el Proyecto de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, donde se establecen las cuotas de participación para las mujeres; la Ley contra el Acoso Sexual; los cambios en los códigos Penal y Procesal Penal, que contemplan actualmente, entre otras cosas, la exenci&oac