COLOMBIA: NOTICIAS
 
  Bogotá, 28 de abril de 1999 (fempress/CIMAC/Tertulia). La Personería de Bogotá alertó a las autoridades acerca del incremento de denuncias por delitos contra mujeres, niñas y niños. Entre los hechos más denunciados está la violencia intrafamiliar y la inasistencia alimentaria por parte
de los padres.

Por su parte, la Defensoría del Pueblo informó que ha aumentado la muerte, desaparición y desplazamiento de mujeres como consecuencias de la violencia sociopolítica. Entre octubre de 1995 y septiembre de 1996, 12 mujeres fueron desaparecidas, cinco torturadas y 33 víctimas de
atentados.

Para 1998, se estima que 691,300 mujeres han sido desplazadas por problemas derivados de los conflictos armados internos. Las mujeres conforman el 56 por ciento de la población desplazada. De ellas, el 35 por ciento (173 mil) ejerce la jefatura en el hogar.
 
 

(fempress) La Corte Constitucional al declarar inconstitucional el artículo 140 del Código Civil, borró del ámbito jurídico la prohibición a las viudas de casarse con sus amantes. Dicho artículo declaraba nulo y sin efectos el matrimonio celebrado entre la mujer adúltera y su "cómplice", siempre que antes de efectuarse este vínculo se hubiera probado, en juicio el adulterio.
Para sustentar la medida la Corte argumentó que si el mencionado artículo era aplicable sólo a la mujer, la norma era discriminatoria; generaba un efecto simbólico perverso al considerar la mujer, y en especial la casada, como propiedad del marido; violaba el derecho a la intimidad y el libre
desarrollo de la personalidad. Recordó además que el adulterio que había sido despenalizado en Colombia desde 1936, tiene ahora otras vías consagradas por la ley, como son el divorcio o la separación de todo vínculo matrimonial.
La decisión de contraer nuevas nupcias corresponde al futuro interno del individuo y, en consecuencia, es arbitraria toda injerencia que limite esa posición individual, agregó la sentencia.
  (fempress) Una reciente investigación de las organizaciones Enda América Latina y Vamos Mujer en Medellín, encontró que las mujeres reconocen que llegaron a ser jefas de familia por cambios de status de los hombres más que por transformaciones en los papeles en la familia. Han sido pues
situaciones de hecho -madres solteras, abandono del marido o acompañante, separación, viudez, divorcio- las que han obligado a las mujeres a asumir la dirección del hogar. Encontró también que el concepto de jefe de hogar empleado en la actualidad se refiere a tres elementos dirigidos al hombre: quién es el principal o único proveedor económico, quién da el apellido y quién centraliza la autoridad y la toma de decisiones en la familia. Y los censos registran como jefe a la persona que reconocen como tal los miembros de la familia. Noviembre 1998
  La acción organizada de las mujeres en la lucha contra la violencia intrafamiliar ha desencadenado procesos y ha hecho mover al Estado.

Por Socorro Ramírez

(FEMPRESS) La Asamblea Constituyente de 1991, momento privilegiado de la democracia colombiana por su representatividad y sus logros, fue un escenario propicio para la acción organizada de las mujeres y para el arranque de esperanzadores procesos. A través de desayunos de trabajo con algunos constituyentes, lobby permanente, propuestas concretas de la Red
Nacional de Mujeres -conformada desde entonces- se alcanzó a incidir en la formulación o ajuste de algunos artículos que, por ejemplo, reconocen la diversidad de familias. Se ayudó también a sustentar la necesidad de que, para proteger todos los tipos de familia, el Estado debe enfrentar la
violencia intrafamiliar.

Pero tal vez el mayor impacto en la legislación para hacerle frente y buscar la erradicación de la violencia intrafamiliar lo ha dado la ley 294 de 1996. Su logro fue un esfuerzo sistemático y permanente del movimiento de mujeres y de la acción concertada con parlamentarias que asumían su espacio para contribuir al mejoramiento de la situación de sus congéneres y, claro, de la democracia.

Esta ley 294 parte de lo alcanzado en la Constitución de 1991 en cuanto al reconocimiento de todos los vínculos naturales o jurídicos para la constitución de las familias, y consagra para todas ellas mecanismos de protección con el fin de prevenir o en ciertos casos remediar el maltrato
físico o psicológico, la amenaza o el agravio. Cualquiera de esas medidas de aplicación inmediata pueden ser tomadas por los jueces de familia y, a falta de estos, por los jueces civiles o promiscuos municipales pues enfrentan conductas que la ley tipifica como delitos contra la familia.

Otro logro en el terreno legal, esta vez sobre la violencia sexual contra la mujer, lo constituye la ley 360 de 1997 que reconoce el carácter de delito a esa forma de violencia y abuso sexual y aumenta las penas que se les deben aplicar. Pero además, modifica el código penal que antes
señalaba que si la víctima se casaba con el violador a éste se el perdonaba el delito. A pesar de estos avances, la reglamentación de la ley aún no se ha desarrollado lo que deja inoperantes las medidas allí establecidas. De mucha importancia en la ampliación de la acción del Estado ha sido la
mesa de trabajo que la Dirección Nacional de Equidad instaló, en 1998, con la participación de doce instituciones, para promover un análisis del problema de la violencia intrafamiliar y revisar los procedimientos que usan esas entidades en su atención.

En los últimos años se han multiplicado además las comisarías, defensorías, juzgados de familia, las unidades de las personerías y la procuraduría que atienden casos de violencia intrafamiliar. Por su parte algunas fiscalías han creado una unidad encargada de delitos contra la libertad y el pudor
sexual y otra dedicada a la violencia intrafamiliar para responder al aumento de denuncias que han llegado a sus dependencias. Estas unidades, además de darle trámite a la aplicación de justicia, han emprendido una labor social desarrollada por psicólogos y trabajadores sociales para prevenir y erradicar estas formas de violencia.

Un balance del funcionamiento de estas entidades realizado por la Corporación Excelencia de la Justicia, arrojó aleccionadores resultados. Descubrió deficiencias en la formación de los funcionarios que tienen que atender los casos. Detectó inadecuadas instalaciones, deficiencias en la
dotación y organización del trabajo. Dio nuevas explicaciones a la falta de denuncias y a la impunidad en que quedan las que llegan. Pero, además, recuperó y reforzó un informe del Banco Interamericano de Desarrollo que asegura que el 20% de las mujeres declara haber sufrido agresión física, el 10% abuso sexual y el 34% maltrato psicológico en su familia, y que da
cuenta de las lesiones y traumatismo que dejan esos comportamientos.

Estos avances legales han sido fruto de décadas de acción persistente de grupos de mujeres que han logrado, además, que muchas de las denuncias que antes hacían a partir de su propio acercamiento a esta realidad y de estudios preliminares, sean ahora avaladas por una amplia cantidad de instituciones y hasta por editoriales de los grandes diarios. Este es otro
indicador de cuanto se ha avanzado.
 

Sugerencia destacados:
* Estos avances legales han sido fruto de décadas de acción persistente de grupos de mujeres muchas de las denuncias sean ahora avaladas por una amplia cantidad de instituciones y hasta por editoriales de los grandes diarios.