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El Consistorio ha sido condenado en costas por utilizar de forma ilegal y temeraria el Estudio de Detalle para modificar el plan El Norte de Castilla, 10 – IV - 2006
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado nulo de pleno derecho el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, en sesión celebrada el día 1 de marzo de 2005, en virtud del cual fue aprobado definitivamente el Estudio de Detalle para la modificación, en la Memoria y Normativa del Plan General de Ordenación Urbana, de las condiciones de los usos básicos "garaje y estacionamiento y viario y comunicación" y del uso pormenorizado de "viario y comunicación". Dicha sentencia estima la demanda presentada por la Federación de Asociaciones de Vecinos el 14 de octubre de 2005, demanda que ya obtuvo el respaldo judicial del alto tribunal castellanoleonés con el auto de fecha 31 de enero de 2006 que acordaba suspender la ejecutividad del mencionado acuerdo del Pleno, según informaron fuentes del colectivo. La sentencia impone a su vez las costas por temeridad al Ayuntamiento de Valladolid por haber desoído en vía administrativa los argumentos de esta Federación, del Colegio de Arquitectos de Valladolid, de "numerosos funcionarios municipales adscritos al rea de Planeamiento" y del Jefe del Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León que ya le advirtieron de que esta modificación no podía efectuarse mediante un Estudio de Detalle. Además, el fallo basa la imposición de las costas en el hecho de que el Ayuntamiento vallisoletano no tuviera en cuenta en su oposición a la demanda del colectivo vecinal, aún conociéndola el Servicio Jurídico del Ayuntamiento, una sentencia del TSJCyL de 29 de diciembre de 2004 en la que "claramente se señala que el Estudio de Detalle no puede modificar determinaciones de ordenación detallada contenidas en el PGOU que afecten a todo el suelo urbano y mucho menos que incida en otra clase de suelo". En tercer lugar, el TSJCyL reprueba que el Consistorio no ha dado respuesta alguna a las alegaciones de la federación que indicaba que "las modificaciones introducidas en la Memoria del PGOU excedían notoriamente de lo que puede constituir el objeto de un Estudio de Detalle". Junto a las cuestiones formales ya expuestas, el colectivo vecinal incide en la cuestión de fondo: la pretensión del Ayuntamiento de Valladolid de "acomodar" la normativa urbanística municipal, incluso de forma ilegal, para construir aparcamientos subterráneos rotatorios en el centro de la ciudad, algo que el PGOU que trató de modificar el acuerdo anulado desaconsejaba expresamente en su Memoria, y para "relajar" las exigencias técnicas (necesidad de un Estudio de Tráfico y un Estudio Ambiental justificativos) para la construcción de nuevos aparcamientos. El Ayuntamiento tramita la modificación del PGOU para cumplir la sentencia del TSJCYL sobre aparcamientos Ya ha concluido el procedimiento administrativo de exposición pública, periodo en el que ha recibido una única alegación El Norte de Castilla, 10 – IV - 2006 El Ayuntamiento de Valladolid está tramitando la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) con vista a ejecutar el auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, fechado el pasado 31 de enero, que recobraba la efectividad de las determinaciones contenidas en el PGOU antes de los cambios introducidos mediante estudio de detalle aprobado por el Pleno el 1 de marzo de 2005, en lo referente a estacionamiento, garaje y viario. En este sentido, destacar que ya ha concluido el procedimiento administrativo de exposición pública, periodo en el que ha recibido una única alegación. Desde ese momento, además, la normativa vigente es la anterior a la aprobada mediante estudio de detalle en marzo de 2005. En relación con la sentencia dictada por el TSJ de Castilla y León, con fecha 5 de abril, en la que se estima el recurso interpuesto por la Federación de Asociaciones de Vecinos y Consumidores contra el estudio de detalle para modificar las condiciones de los usos básicos de garaje, estacionamiento y viario del PGOU, y declara nulo el acuerdo tomado, la Concejalía de Urbanismo entiende que el fallo no afecta al desarrollo de las obras de construcción del estacionamiento subterráneo de la Plaza de Portugalete y de urbanización del entorno de la Catedral. | |||
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