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S.O.S.
LIMPIEZAS RAMON Y CAJAL
Nº 33.
A
LOS TRABAJADORES, ENFERMOS Y OPINIÓN PÚBLICA
2 AÑOS
DE VULNERACION DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y DETERIORO
DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN EL HOSPITAL
La
representación sindical de CGT del colectivo de limpieza
de Ramón y Cajal de Madrid, quiere informar a los trabajador@s
del hospital, así como a enfermos y familiares, de la grave
situación que atraviesan las relaciones laborales entre
la contrata ISS Facility Services y la plantilla de limpieza,
debido a los incumplimientos reiterados de las normas convencionales
de aplicación en el Centro, así como las resoluciones
de Inspección de Trabajo y de los Juzgados de lo Social.
Estos
incumplimientos de la contrata se produce en materias como la
cobertura de vacantes en los puestos de trabajo (por lo que la
plantilla cada vez es menor), utilización masiva y fraudulenta
de contratos eventuales para cubrir trabajos habituales y permanentes
en el hospital, continuos errores en la confección de nóminas,
falta de abono y atrasos continuos de diversos conceptos regulados
en el Convenio, así como la vulneración reiterada
de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (no entrega
de ropa para trabajar, ni de la ropa de abrigo y calzado ni de
los equipos y medios de protección necesarios para el desarrollo
del trabajo, etc.).
Además,
se está produciendo una situación muy preocupante
en el servicio de recogida y retirada de residuos del Hospital,
provocada por la falta de plantilla suficiente, de contenedores,
de materiales para la limpieza diaria del Centro.
Este
comportamiento de la contrata y las ilegalidades que viene cometiendo,
son conocidas por la Dirección hospitalaria a través
de los múltiples escritos que ha presentado esta representación
sindical ante el Subdirector de Gestión, D. Manuel Cuerva
y el Servicio de Medicina Preventiva del Hospital.
La
ley que regula las contrataciones de la Administración
Pública obliga, en este caso a la Dirección del
Hospital, a vigilar, supervisar y hacer cumplir, la realización
del servicio contratado. Como entidad receptora del servicio de
limpieza, el Hospital ha de velar por ese cumplimiento de las
obligaciones de la contrata, así como de las normas legales
en vigor. El incumplimiento de esas obligaciones tiene una incidencia
muy negativa en la prestación del servicio de limpieza
y por ello en el servicio público que ha de prestar esta
institución sanitaria. El contrato de servicio firmado
entre el Hospital y la contrata establece las sanciones a aplicar
por el incumplimiento de la ejecución (aunque sea parcial)
de las obligaciones establecidas en el contrato y de conformidad
con la legislación de contratación a que nos hemos
referido, ésta puede optar, o por la resolución
del contrato o por la imposición de las sanciones previstas
en los Pliegos de cláusulas administrativas y en el Pliego
de prescripciones técnicas. Esa Dirección conoce
puntualmente los incumplimientos contractuales de esta contrata
por las denuncias que le hemos venido facilitando.
Por
todo ello, requerimos firmemente a esa Dirección del Hospital
que ponga fin a esta situación de incumplimientos de sus
obligaciones de la contrata ISS Facility Services, utilizando
los instrumentos legales que tiene a su disposición, para
así poner freno al deterioro que está sufriendo
el servicio público que prestamos, pues los perjudicados
por estas ilegalidades no son sólo los trabajador@s de
limpieza sino también los enfermos, sus familiares y los
trabajador@s de esta institución sanitaria.
Frente
a los abusos de las contratas privadas y las políticas
privatizadoras que se desarrollan en la sanidad pública,
seguimos defendiendo nuestro derecho como trabajador@s y usuari@s
de la Sanidad Pública que por serlo, es de todos y nos
afecta a todos.
Enero
2010
limpiezasramonycajal@nodo50.org
www.nodo50.org/limpiezasramonycajal
Sección
Sindical CGT.Limpieza Ramón
y Cajal.
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