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En relación a la Sentencia dictada contra Santiago Botana Villoldo, y su solicitud de indulto, la persona abajo firmante manifiesta D. Santiago Botana Villoldo fue condenado a cuatro años de prisión por la Audiencia Provincial de Madrid el nueve de febrero de 2001 por los hechos que tuvieron lugar en noviembre de 1995. He tenido conocimiento de las actividades de Santiago Botana desde ese año y del contexto en el que se desenvuelve. Tengo que decir, desde mi convencimiento, que se trata de una persona sólida en su formación, responsable y solidaria. Su solidaridad se está manifestando de manera especial colaborando en numerosas ONGs y actividades varias que han sido premiadas por la labor social que desarrollan y reconocidas ampliamente. En este sentido, el Sr. Botana es un ciudadano integrado social y laboralmente, que ha puesto sus conocimientos al servicio de la participación democrática, con una vida no sólo normal sino me atrevería a juzgar como ejemplar. Su implicación en tareas ciudadanas y públicas avalan su situación y comportamiento actuales, siendo conocidas sus posiciones sobre los valores pacifistas y la no violencia. Es bien sabido que el castigo y la pena correspondiente no son el sustituto de la primitiva venganza. La condena penal no sólo tiene como objetivo el restablecimiento de la justicia sino reinsertar al que ha delinquido, reintegrarle a la vida colectiva. La reinserción no es un proceso pasivo ni por parte de la sociedad ni por parte de quien ha sido castigado. El Sr. Botana tiene la convicción de que es un miembro de la sociedad con los mismos deberes y derechos que el resto. Con independencia de cualquier reproche por hechos del pasado, su trayectoria sólo acredita haberse hecho acreedor de los beneficios de una Medida de Gracia, que socialmente es preciso apoyar. Y es una excelente oportunidad darle la posibilidad de realizar su labor ciudadana con conciencia de sus deberes. Sería triste perder esta ocasión y negarle la continuidad de sus actividades presentes. Al derecho se ha acompañado siempre la gracia. Lo que en términos religiosos y también morales es el perdón en el derecho es la capacidad de la autoridad para moderar la justicia, para incluso perfeccionarla. Ahí se inscribe la facultad de otorgar la gracia a quien, en justicia, ha sido condenado. Creo que es la ocasión, siete años después de suceder los hechos, para que el Sr. Botana sea favorecido con una medida de este tipo y, a buen seguro, las consecuencias serán óptimas. Es por todo ello que, con todo respeto y en calidad de ciudadano, me dirijo a Vds. con la esperanza de que le sea concedido el indulto que solicita. Les quedo, en cualquier caso, muy agradecido. En , a de 2005 Don/ña de profesión y con nacionalidad y documento de identidad nº Firma:
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