SR. D. Enrique Múgica.
DEFENSOR DEL PUEBLO. MADRID
JOSE MARIA NAVARRO FLORES, con DNI num. 51.171.607, en representación de la Comisión Gestora de "Iglesia de Base de Madrid" (CIF: G80969553), con domicilio a efectos de notificación sito en c/ San Bernardo 12; 2º izqda., 28015 Madrid. Tf. 91 522 73 08, correo-e.: iglesia.base.madrid@nodo50.org, expone:
PRIMERO.- Que el día 21 de Noviembre del 2003 se publicó en el BOE la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de Noviembre, de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
SEGUNDO.- Que según el criterio de nuestra organización, existen algunos preceptos que vulneran determinados artículos de la Constitución Española, por lo que consideramos necesario la interposición de un recurso de inconstitucionalidad, basándose en los siguientes aspectos recogidos en dicha ley:
1.- La devolución de extranjeros: prevé la posibilidad de la aplicación del internamiento, y la prohibición de entrada por un período de 3 años; siendo medidas sancionadoras sin posibilidad de audiencia ni contradicción, con vulneración flagrante de los artículos 24 (indefensión) y 105 (derecho de audiencia al interesado) de nuestra Carta Magna.
2.- La ejecución inmediata de una resolución de expulsión pendiente en un Estado miembro de la Unión Europea, sin necesidad de incoar un nuevo expediente de expulsión, entendemos que vulnera los artículos 24 y 105 de la Constitución Española.
3.- Igualmente se permite el acceso a los datos del padrón municipal de los extranjeros, con los únicos fines de la persecución de una infracción administrativa. Esto superan con creces los límites a la protección de datos constitucionalmente protegidos.
4º.- La inadmisión a trámite de las solicitudes referidas a los extranjeros si estos se encuentran en situación irregular.
Y en virtud de lo expuesto SOLICITO:
Que interponga recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 14/2003, de 20 de Noviembre por encontrar que determinados artículos de la misma vulneran preceptos constitucionales, algunos de ellos conculcando derechos fundamentales.
Atentamente,