Propiedad privada burguesa, Estado “democrático de derecho” y prevención del delito.

Y el caso es que los actos de individuos o grupos a instancias de la propiedad privada en la sociedad civil burguesa, como los actos de otros tantos individuos o grupos a instancias de la representación política “burocrática” conferida por los comicios a determinados partidos en la comunidad política o Estado,  impiden ejercer al pueblo esa insustituible labor de prevención. ¿Por qué? Pues, porque, en el contexto general de las desigualdades sociales crecientes, tanto la propiedad privada como la delegación del poder o representación política en virtud del voto, garantizan la discrecionalidad o privacidad de los actos, tanto de los titulares de la propiedad sobre los medios de producción en la sociedad civil, como de los representantes políticos en el aparato del Estado; y en esa garantía está la posibilidad real de su descontrol por parte del resto de la sociedad, tornando, por tanto, imposible su vigilancia como disuasivo del delito común, la corrupción, el fraude político, el crimen o genocidio de Estado, etc., etc.

¿Por qué esto es así? En primer lugar, porque la consagración de la idea de “libertad individual” derivada de la propiedad privada, supone la supremacía de la privacidad y la discrecionalidad en las decisiones. En segundo lugar, porque el derecho de propiedad también supone la competencia. Y aunque la burguesía consagre el principio de Adam Smith, en el sentido de que el interés general sólo resulta de que cada particular persiga libremente su propio interés, lo cierto es que, en el fondo de esta filosofía liberal, palpita la realidad de una sociedad basada en el engaño y el pillaje mutuo. En efecto, dado que la propiedad privada genera necesariamente la competencia, para que cada cual pueda actuar libremente según sus propios fines o intereses, no puede dejar de ver en los demás sino competidores, enemigos potenciales de esos intereses particulares propios. De esta consecuencia de la concepción del individualismo capitalista basado en la plena libertad individual que, a priori, confiere el sagrado ejercicio de la propiedad privada ―del libre derecho de cada cual a disponer de lo que es suyo―, de aquí surge inevitablemente la posibilidad real de los actos ilícitos, jurídicos, morales y políticos, junto a la necesidad de que estos ilícitos sean considerados delitos sólo si son descubiertos una vez cometidos, lo cual consagra socialmente el mérito ulterior de burlar a la justicia. De ahí que por deformación profesional, el célebre criminalista Lombroso no viera en cada individuo, más que a un ladrón, a un criminal, a un asesino en potencia. La misma deformación profesional con que, a priori, tiende juzgar su entorno cualquier policía, lo cual explica que deba tener su hipócrita contrapartida en el principio jurídico de la “presunción de inocencia”. Esta tendencia a la mutua sospecha generalizada, tiene su principio activo en el fracaso de esta sociedad para prevenir socialmente las noxas individuales y colectivas del delito, como la del 11M para quienes la proyectaron e indujeron a cometer. 

Respecto de la representatividad política en la esfera del Estado, pasa tres cuartos de lo mismo. El voto no sólo supone representatividad, sino fundamentalmente confianza política y, a priori, absoluta delegación de poder en el representante político por el que se ha optado, que no elegido[1] . En semejantes condiciones, la oportunidad para el fraude político y el delito penal están servidos. Puede decirse con toda certeza, por tanto, que el arbitrio burocrático, el soborno y el cohecho, están perfectamente previstos en la limitación absoluta que todo ordenamiento “democrático” puramente representativo supone a la soberanía popular, al concepto de “gobierno del pueblo”, a la verdadera democracia.[2]

Y no hay otra opción, porque, una vez elegido, el mandatario o representante adquiere una independencia tal que impide todo control político de su conducta en previsión y prevención de que delinca con todas sus consecuencias. La titularidad de la representación política en virtud de los comicios, es personal e intransferible, le pertenece al representante, quien puede disponer de ella tan discrecionalmente como cualquier otra cosa de su propiedad hasta tanto caduque el período de su mandato. Aunque en distinto grado, tanto los funcionarios públicos de carrera (sin titularidad de representación política electoral), como los propiamente políticos electos —mientras no son sustituidos— tienden a convertir el ejercicio de sus cargos públicos en cosa privada, en objeto de negociación para beneficio personal o de grupo. Del mismo modo que la propiedad privada en la sociedad civil genera la práctica de la discrecionalidad personal o de grupo respecto del objeto de propiedad —como sucede con el secreto industrial, comercial y contable típico de cada empresa—, del mismo modo sucede en política una vez obtenida la representación electoral o la titularidad del cargo público por nombramiento administrativo; tanto el político profesional que accede al gobierno tras ser elegido en los comicios, como el funcionario de carrera, pasan a comportarse del mismo modo que se comportan con cualquier otra cosa de su propiedad, lo cual genera en ellos la tendencia a la discrecionalidad absoluta, a mantener ciertas decisiones en secreto para provecho privado, actitud que le permite su representación política electoral o la correspondiente jerarquía estatal de su cargo por nombramiento burocrático. Esta realidad ha hecho decir a Marx que la revelación del espíritu general del Estado en cada una de sus competencias, se les aparece a los burócratas como una traición a su secreto, al misterio que encierra su jerarquía y autoridad. De ahí la renuencia del espíritu corporativo de unos y otros, a que el Estado se muestre y actúe realmente según su teórico espíritu general. Así, se comprende que haya una corporación de políticos electos y funcionarios de carrera tan hermética, como lo es la corporación de jueces o la corporación de médicos, donde tanto se juegan con la revelación pública de los misterios en que se basa su autoridad como medio de cambio para resolver problemas a ciertos ciudadanos, muchas veces en detrimento de las mayorías. Y como es lógico, cuanto mayor es el misterio que envuelve su autoridad, mayor es el valor de cambio de su cargo por la presión social que se ejerce sobre él para obtenerlo, y más celosa la tendencia a guardar los secretos que encierra. Esto explica la predisposición de los burócratas a convertir el Estado en un coto de caza por las piezas más cotizadas de su escala jerárquica, las de mayor autoridad, secreto y alcance de su competencia.

Mientras preparábamos esta introducción, el 1 de febrero de 2004 sesionó en España el pleno del congreso nacional de los diputados, donde se debatió la propuesta de modificación del estatuto de autonomía vasco aprobado en ese parlamento autonómico por mayoría absoluta de sus miembros, e inmediatamente presentado a las cortes generales. Aunque la prensa lo pasó por alto, el trasfondo de las discrepancias entre “centralistas españoles” e “independentistas vascos” giró en torno a lo que cada parte entiende que es el fundamento constitucional del Estado español. Para los centralistas, la constitución se fundamenta en la idea de “ciudadanía” como conjunto de individuos unidos por la idea del bien común: “No hay pueblos, no hay derechos colectivos, sólo hay derechos de ciudadanos y de personas”. Así definió Mariano Rajoy ―actual líder del Partido Popular (PP)― el contenido político y finalidad de la constitución española, esto es, del Estado.

Por su parte, el representante del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), Alfredo Pérez Rubalcaba, apeló al artículo 1.1 de esa “carta magna”, donde se dice que: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”. Lo que pretendían estas dos fuerzas políticas representativas del “centralismo español”, es colocar estas formas jurídicas y políticas distintivas del Estado burgués en general, por encima de los valores nacionales, esto es, del territorio histórico en que florecen las distintas culturas y lenguas que definen el carácter nacional de los distintos Estados, que es lo que legítimamente reclaman para sí los representantes burgueses vascos.

A las entelequias de los derechos políticos y jurídicos burgueses constitutivos de todo Estado genérico moderno, esgrimidos por el PP y el PSOE, los nacionalistas vascos ―por boca de su portavoz, el señor Josu Erkoreka, del Partido Nacionalista Vasco (PNV)―, opusieron los derechos de esa otra abstracción de tipo cultural y lingüística diferencial, asociada a determinado territorio ―la nación― constitutiva de cada Estado nacional en particular. Y para demostrar que los “centralistas” españoles se basan en los mismos principios nacionales constitutivos de su Estado, Erkoreka aludió al pasaje de la constitución española donde se afirma que el Estado español se fundamenta en una supuesta nacionalidad española, que subsume y relega nacionalidades históricas ―como la vasca, la catalana o la gallega― a la condición de simple “autonomía” relativa, o sea, de nacionalidad subrogada, real y legalmente ―que no legítimamente sometida a la presunta nación española, lo cual priva a esos otros pueblos del pleno derecho a su autodeterminación como nacionalidades históricas, con sus respectivas lenguas, culturas y tradiciones perfectamente acreditadas. Ese pasaje citado por Erkoreka es el artículo 2, donde se dice que: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Fijémonos que Rubalcaba quiso hacer pasar la forma de gobierno (democrática y de derecho) del Estado español, por su fundamento nacional que, a juzgar por su lengua oficial, en rigor de verdad le cabe el calificativo de castellana, de lo cual se infiere que, en rigor de verdad la nacionalidad española no ha existido jamás y de hecho no existe.

Pero, en cualquier caso, desde el punto de vista de la esencia social de este mal llamado Estado español, lo rigurosamente cierto es que debajo de esas categorías jurídicas, políticas, antropológicas, lingüísticas y culturales esgrimidas dialécticamente por las dos fracciones de la burguesía en el Estado español de cara a sus respectivas clientelas políticas, palpita su común carácter de clase explotadora sin el cual ese Estado se diluye como un azucarillo en el agua. That’s the question.

El drama histórico de nuestro tiempo, es el hecho de que ambas burocracias políticas partidarias —las “centralistas” y las que aspiran a la “autodeterminación” de Euskadi— puedan debatir en semejantes condiciones, logrando que pase desapercibido el carácter de clase burgués del Estado, su verdadero fundamento o contenido social. Que estas dos fracciones de la burguesía puedan haber planteado el debate en términos que nada tienen que ver con la supuesta defensa de los derechos de la “ciudadanía” o de los “intereses generales” de las “personas”, ni con los derechos históricos nacionales, sino con el dominio o la decisión sobre el producto del trabajo social explotado (no pagado) circunscrito a las fronteras territoriales de Euskadi —porque de esto se trata— tal es la sustancia social de la disputa que subyace al discurso abstracto construido en acuerdo de ambas partes para la galería. Se trata de la disputa entre dos fracciones de la burocracia política partidaria al interior del actual Estado español, por mayores competencias en sus funciones respecto del PIB, por una mayor autoridad y jerarquía dentro de sus instituciones, es de decir, por un mayor poder de decisión burocrático en la tarea de administrar los recursos humanos y materiales al interior del Estado, íntegramente provenientes del trabajo ajeno no pagado a los asalariados de este “país”, donde la burocracia centralista pugna por conservar el dominio que ya tiene sobre ellos, mientras que los burócratas vascos, catalanes y gallegos, tratan cada uno de ellos de conquistar más competencias y recursos para beneficio de sus representados políticos burgueses y, naturalmente, para sí mismos “aprovechando que el Pisuegra pasa por Valladolid”; todo ello ―¡faltaría más!― a expensas del esfuerzo, la penuria injustificable y la estupidez política inducida del conjunto de los asalariados, a quienes de tal modo mantienen divididos dejando que cada cual se enrede a su manera jugando en sus respectivos jardines superestructurales con hermosas palabras como “ciudadanía”, “personas”, “solidaridad”, “tolerancia”, “ley”, “separación de poderes”, “derechos humanos”, “derechos políticos”, “derechos históricos”, “democracia”, y demás abalorios jurídicos y políticos equívocos, nada que ver con el verdadero objeto del debate, tal como Marx lo veía con toda claridad ya en 1843:  

 <<El espíritu general de la burocracia es el secreto (so capa de sus declamados propósitos de servir al interés general), el misterio guardado dentro de ella misma por medio de la jerarquía y hacia fuera por su carácter de corporación cerrada. Por ello, la demostración del espíritu del Estado, e incluso de la orientación general del Estado, aparecen a la burocracia como una traición a su misterio (de ahí su carácter profundamente proburgués, anticomunista). Por tanto, la autoridad es el principio de su saber, y su credo, la idolatría de la autoridad. Dentro de si misma (de la burocracia), el espiritualismo (del Estado) se convierte en un materialismo craso, el materialismo de la obediencia pasiva (de los ciudadanos frente al burócrata y del burócrata inferior frente al superior jerárquico, que no dirige, sino manda), de la creencia en la autoridad, del mecanismo de un comportamiento formal fijo, con fundamentos, opiniones y tradiciones fijas (que se prohíbe poner en cuestión). Por lo que respecta al burócrata tomado individualmente, el objetivo del Estado (la función pública) se convierte en su propio objetivo, en una caza de puestos más altos, en un hacer carrera (por competencias de mayor alcance social para apropiarse de ellas, etc.).>> (K. Marx: “Crítica de la filosofía hegeliana del derecho Estatal”. Lo entre paréntesis es nuestro)

Pues bien, esa discrecionalidad secretista y corporativa de los actos ―individuales o de grupo― en la sociedad civil, tanto como la discrecionalidad de los actos ―individuales o de grupo― en la comunidad política o Estado (sus distintas instituciones públicas), es el vacío jurídico y el descontrol político más absolutos, verdadero caldo de cultivo en que se suelen proyectar y cometer los pequeños y grandes delitos económicos, los fraudes consuetudinarios a la voluntad popular y los más monstruosos crímenes políticos de Estado, y dónde se ven comprometidos desde el más simple empleado que, por ejemplo, se convierte en burócrata haciendo “secretamente” uso ilícito para lucro personal o privado de su función pública ―como depositario de la única llave que permite el acceso a los pequeños polvorines en los aledaños de una mina― hasta los altos funcionarios del aparato de seguridad e inteligencia del Estado con atribuciones para modificar el curso o el signo político de un país, como en la transición española ocurrió sucesivamente con el caso la Scala”, los GAL o el 23F, sin mencionar los numerosos actos de corrupción política, que tuvo por protagonistas a encumbrados personajes de la vida pública.   

Como se ve, lo característico de la burocracia en uso del secreto que supone la delegación de poder en los representantes políticos por parte de sus representados, o la misma discrecionalidad de sus distintos colaboradores en las escala jerárquica de competencias estatales ―conductas por definición constitucionales, imposibles de ser sometidas al control permanente de los representados―, es que, bajo ese supuesto originariamente derivado de la propiedad privada dominante en la sociedad capitalista, no hay ni puede haber prevención del delito que fuerzas de orden público alguno puedan ejercer.

Todo lo que la lógica objetiva de la ley del valor tiene previsto que ocurra, la burguesía y la burocracia política a su servicio se encargan de que deba suceder y suceda; tal como el Dios de la tradición judeo-cristiana lo dispuso en el paraíso terrenal previendo que así sería, y Adán “decidió libremente” que suceda, cometiendo el pecado original que permitió condenar a ese primer chivo expiatorio virtual de la historia. Así ―del mismo modo y con igual finalidad― está montado este tinglado de la “democracia” y el “Estado de derecho”, expresiones tanto más usadas para negar en los hechos su esencia antidemocrática y criminal, cuantas más veces se las evoca y exalta.

Pero para que la acción burocrática de la función pública en beneficio particular (individual o de grupo) pueda tener efecto, es necesario que la discrecionalidad del burócrata tenga su contraparte en otro u otros sujetos que ejercen una función privada. Y salvo que esa otra parte sea asumida por el mismo burócrata como propietario privado que se beneficia de su otro yo en función pública, normalmente tal contrapartida del burócrata suele estar encarnada en terceros sujetos con diversas funciones de carácter privado actuantes en la sociedad civil. Esta asociación ilícita igualmente imposible de prevenir en la sociedad burguesa, es lo que configura el fenómeno de la corrupción con fines diversos, legítimos o delictivos, como sucedió según todos los indicios con el 11M. 

Como es dable observar, para que un acto de corrupción pueda tener efecto, como en todo acto de compraventa se necesitan dos partes; en este caso la parte que corrompe y la parte susceptible de ser corrompida. La primera parte es activa y normalmente recae sobre el propietario privado actuante en la sociedad civil, que busca su contraparte burocrática para cerrar el trato; la segunda, casi siempre empieza siendo pasiva, encarnada en el burócrata a cargo de una función delegada, sea ésta pública o privada. En la mayoría de los casos, la parte activa de los actos de corrupción pública, tanto como la mayor masa de valor comprometido en tales operaciones, está encarnada en individuos o grupos privados pertenecientes a la jerarquía económico-social media y superior en orden al censo de riqueza privada disponible por cada cual como “himself made man”, por lo general no precisamente en virtud de la llamada “igualdad de oportunidades” con que se prodiga en elogios al actual sistema de “valores”.

¿Quiere esto decir que en esta esfera social del orden jerárquico medio y superior los actos ilícitos son menos numerosos, y que a mayor opulencia y riqueza en propiedad disponible la propensión al delito disminuye? Lo que desciende relativamente en la escala media son, por un lado, los delitos manifiestos, las acusaciones, los juicios y las penas; más las penas que las acusaciones, porque, en los juzgados, la mayor “igualdad de oportunidades” de los más iguales, suele convertir la impunidad en mercancía, tanto más onerosa cuanto más flagrante es el delito. Pero las imputaciones suelen ser relativamente menos, cuanto más arriba de esa jerarquía económica, social y política se producen los ilícitos, porque hasta ahí no suele llegar con tanta frecuencia el “largo brazo de la ley”; salvo en los casos ―relativamente frecuentes― en que el delito es utilizado como instrumento de la lucha política entre los grandes poderes económicos y políticos fácticos, donde los conflictos, en principio, se dirimen según el peso político determinado por el poder económico concentrado de cada una de las partes enfrentadas, nada que ver con la supuesta vocación de justicia de la magistratura, incluido el Tribunal Superior de Justicia, el Consejo Superior del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional, como fue el caso en España del conocido empresario pro franquista Ruiz Mateos (Operación Rumasa), del ex presidente del Banco Español de Crédito, Mario Conde (Operación Banesto), o de Javier de la Rosa y José Prado y Colón de Carbajal ex presidente del grupo “Torras” y ex embajador de España en Kuwait respectivamente (Operación Wardbase)

En estos episodios ―por sólo mencionar algunos pocos del período constitucional español―, destaca, de una parte, el contexto permanente de vínculos políticos (intereses y estrategias de negocios comunes) que distintos y cambiantes agentes económicos privados, pertenecientes a las diversas elites económicas opulentas de la sociedad, tejen, entretejen y destejen, formando, deshaciendo y volviendo a formar conglomerados ―ora aliados, ora enemigos― en pugna constante por apropiarse y capitalizar la mayor masa de plusvalor global posible producido por los explotados y por completo de espaldas a ellos; de otra parte, se observa cómo estos grandes intereses recalan inevitablemente en los grandes partidos políticos y, a través de ellos, en el aparato de Estado capitalista, cuyos distintos poderes y organismos quedan así convertidos en campos de batalla, y los distintos burócratas políticos a su cargo, en potenciales clientes de esos poderosos intereses privados en pugna unos con otros. Es en este amplio escenario de la “pequeña política” burguesa, donde se representan en sucesión los diversos actos de la comedia humana que dan forma al proceso de centralizacíon oligopólica de los diversos capitales medios originalmente dispersos.

Toda esta dinámica económico-social es la que alimenta la fusión entre el gran capital privado y el aparato de Estado burgués, típica de la etapa imperialista del capitalismo, fenómeno que Lenin dio en llamar “capitalismo monopolista de Estado”, un contexto de puras relaciones fundadas en la ocasional conveniencia y solidaridad transitoria entre poderosas mafias privadas en pugna unas con otras por la rapiña de lo que no es de unos ni de otros, donde la astucia, la información privilegiada, el engaño, el chantaje y hasta el crimen político, son las armas con las que deciden el destino de multibillonarias cantidades de trabajo no pagado, dando vida al permanente cohecho entre esas mafias privadas y la burocracia política del Estado.

Fuera de este tinglado en el que las mayorías sociales creadoras de valor no tienen más arte ni parte que el de ser solidarias y más o menos inconscientemente tributarias de lo que allí se juegan y reparten las elites capitalistas mafiosas, la expresión solidaridad internacional con los pobres del mundo no es más que un hipócrita y embustero disfraz de la “caridad”, que esos mismos protagonistas del cohecho hacen con “el chocolate del loro” del trabajo social no pagado a través de las llamadas “organizaciones no gubernamentales”, para encubrir la ―esta sí― efectivamente solidaria capitalización que hace la clase capitalista de los países más desarrollados en su conjunto, con la multibillonaria desigualdad en el reparto nacional e internacional de la riqueza, y que nada tiene que ver con las diferentes capacidades de trabajo entre ciudadanos de diversos países o entre habitantes de un mismo país, ni con los intereses sociales comunes o generales que, en una sociedad dividida en clases, son objetivamente imposibles[3] .

Cuando los políticos institucionalizados y los periodistas venales hablan de libertades cívicas y de democracia, se refieren a la libertad de optar por determinados candidatos y de ejercer el voto en comicios periódicos; es la libertad y la democracia de los “ciudadanos”, palabra en la que por arte de birle birloque la burguesía hace que desaparezcan las clases sociales como si no existieran, de modo que las distintas opciones electorales que se votan, parezca que se disputen la forma de administrar mejor los “intereses generales“ del “país”, cuando, en realidad, se trata de dirimir cual de las opciones políticas electas ―inevitablemente vinculadas a tal o cual conglomerado de intereses privados capitalistas― será la que pase a administrar los asuntos del Estado, es decir, a poner el Estado al servicio de la fracción burguesa fundida con el partido gobernante.

Cuando más arriba mencionábamos los distintos affaires por los cuales fueron juzgados esos conocidos personajes de la vida económica española, todas sus empresas cotizaban en Bolsa, todas mantenían o habían mantenido vínculos con determinados partidos políticos en el poder, o bien, no habiendo encontrado eco en esos partidos, pretendieron fundar los suyos propios, como fue el caso de Ruiz Mateos, Mario Conde y Jesús Gil. Este fenómeno de fusión entre el Estado burgués y los grandes magnates económicos a instancias de la “democracia”, ya lo había explicado Engels en 1884, tras observar  que bajo esta forma de gobierno, la burguesía ejerce su poder indirectamente, pero del modo más seguro posible. Por una parte, mediante la corrupción directa, discreta, o confidencial de los funcionarios estatales, a instancias del secreto que permite la función burocrática hacer de la cosa pública (su cargo) objeto de negociación privada. En buen romance, vender el monopolio de su función pública a buen precio. Por otra parte, bajo la forma de alianza entre el gobierno y la Bolsa, que se torna tanto más inevitable o necesaria, cuanto más crecen las deudas del Estado con los bancos y éstos entrelazan sus intereses con el capital industrial dando pábulo al capital financiero.

 

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[1] El voto ciudadano por candidaturas que deciden las minorías sociales militantes de ciertos partidos políticos, cuya representación en circunstancias normales está probado que es directamente funcional a la cantidad de dinero que cada uno de ellos “invierte” en las campañas electorales, en modo alguno constituye una elección, sino que es una opción muy bien acotada por semejantes condicionamientos. Según reportó "El País" en su edición del 30 de setiembre de 1994―, a esta misma conclusión arribó el jefe de la mayoría demócrata en el senado de los EE.UU. con respecto al régimen  comicial  de ese país, considerado el  non plus ultra en todo el Mundo. Notoriamente desmoralizado ante el rechazo de su proyecto de ley que intentaba corregir la tendencia al triunfo de los partidos que más dinero dedican a financiar sus campañas electorales, el senador George Mitchell sentenció de modo insuperable: <<El dinero domina el sistema, el dinero invade el sistema, el dinero es el sistema>>.

[2] Así como la anarquía de la economía capitalista determina que los desajustes entre oferta y demanda sólo se conozcan a posteriori del acto de la producción (con el consiguiente despilfarro de riqueza o penuria de la población), en el ordenamiento jurídico-político burgués pasa lo mismo con el delito común, el fraude político a la voluntad popular expresada en los comicios, o los ilícitos cometidos por cargos públicos y representantes políticos electos, que tampoco se previenen, sino que el sistema permite que se cometan en aras del sacrosanto “libre albedrío” individual. Estos ilícitos sólo se conocen “post festum”, una vez cometidos; y su “reparación” a instancias del “voto de castigo” o de las sanciones judiciales previstas en el código penal, sólo sirven para ocultar el carácter esencialmente fraudulento y delictivo del propio ordenamiento jurídico y político burgués, contrapartida necesaria de la propensión permanente al engaño y el pillaje mutuo que la propiedad privada produce y reproduce en la sociedad civil burguesa.   

[3] Más acá de las palabras despojadas en la práctica de su significado, los intereses generales sólo pueden tener concreción sobre unas relaciones sociales y una estructura jurídico-política ―perfectamente posible― que acabe con todo este entramado parasitario basado en la propiedad privada sobre los medios de producción, y en su correspondiente tipo de Estado que las clases propietarias ―en alianza con los políticos institucionalizados y el periodismo venal― hacen pasar  por lo que desde hace mucho no es más que la negación de la libertad, de la solidaridad y de la democracia.