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Salamanca demanda al Gobierno para obtener la tutela del Archivo. La denuncia señala que es el municipio el «poseedor» de los papeles
Diario de León - 07/05/2005

http://www.diariodeleon.com/se_cultura/noticia.jsp?CAT=114&TEXTO=3704764


El consistorio charro se acoge a una medida legal llamada «interdicto de retener la posesión»

El Ayuntamiento de Salamanca presentó ayer ante el Juzgado Decano una demanda civil contra el Gobierno de la nación con el objeto de obtener la tutela de la posesión que el consistorio detenta sobre los fondos documentales que integra el Archivo General de la Guerra Civil, según informa la institución salmantina mediante un comunicado. El consistorio ejercita una acción civil que se ha venido denominando histórica, doctrinal y jurisprudencialmente Interdicto de retener la posesión , lo que implica que deben darse requisitos tales como que el demandante se halla en posesión de una cosa, bien porque se encuentra en la tenencia de la misma o bien porque en el disfrute de un derecho sobre ella.

En la demanda interpuesta se acredita que el Ayuntamiento de Salamanca es titular del derecho a que los Bienes de Interés Cultural (BIC) que se encuentran en la ciudad permanezcan en su término municipal, al otorgarle la Ley de Patrimonio Histórico Español la obligación de conservar y custodiar los bienes de este Patrimonio que estén en su término municipal, explica el Consistorio.

Asimismo, el Ayuntamiento se encuentra en el disfrute de ese derecho, «como lo demuestran las diferentes actuaciones del Consistorio y de los salmantinos en defensa de la integridad del Archivo General de la Guerra Civil cada vez que ésta se ha puesto en peligro», asegura el comunicado.

Del mismo modo, se acredita en la demanda que el Ayuntamiento es poseedor de los documentos que integran el Archivo por la propia tenencia de los mismos.

En este sentido, hay que tener en cuenta que el Código Civil entiende que la tenencia de un bien no tiene por qué ser material, sino que existe por el hecho de que un bien quede sujeto a la acción de la voluntad del poseedor (artículo 438 de Código Civil); igualmente la posesión de los bienes puede tenerse en el concepto de tenedor de la cosa o derecho para conservarlos o disfrutarlos, perteneciendo el dominio a otra persona (artículo 432 del Código Civil).

La demanda argumenta que el ayuntamiento salmantino «ha sido inquietado en su posesión pacífica del Archivo y su fondo documental a través de manifestaciones reiteradas que el Gobierno ha efectuado, y que evidencian su voluntad decidida y firme de dilapidar el patrimonio documental del Archivo» por medio de una ley, dice, «que consuma el expolio del Archivo de la Guerra Civil Española».