La Corte Suprema argentina declara inconstitucionales las leyes de amnistía
ELPAIS.es - Internacional - 14-06-2005

La decisión permitirá seguir adelante con numerosos procesos judiciales por delitos de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos
El Tribunal Supremo de Argentina ha declarado esta tarde
inconstitucionales las leyes de impunidad promulgadas en la década de los 80 por el primer
gobierno democrático del país y que ya fueron anuladas por el
Parlamento en 2003. Se trata de dos normas, conocidas como Punto Final y Obediencia
Debida, que impidieron el procesamiento de centenares de implicados en la represión
política entre los años 1976 y 1983, durante la dictadura militar.
La Corte Suprema ha alcanzado este el fallo, toda una victoria para las víctimas
de la dictadura, con el voto favorable de siete de sus nueve miembros, mientras
que uno (Carlos Fayt)ha votado en contra de la resolución y el último
(Augusto Belluscio) se ha abstenido porque presentó su renuncia al alto
tribunal, que se hará efectiva en septiembre.
Las leyes de impunidad o amnistía fueron promulgadas
en 1986 (la de Punto Final, que ponía límite
temporal al procesamiento de acusados de crímenes
durante la dictadura) y 1987 (Obediencia Debida, que consagró la
teoría de que los oficiales de rango inferior y suboficiales
de las Fuerzas Armadas y de seguridad actuaron en la represión
ilegal forzados por los mandos superiores) por el Gobierno
del entonces presidente Raúl Alfonsín, del
Partido Radical. Con su aprobación, que supuso el
cierre de cientos de juicios contra represores, Alfonsín
pretendía calmar la rebelión militar en protesta
a las citaciones judiciales de oficiales y suboficiales de
las Fuerzas Armadas. Ahora, gracias a la decisión
tomada por la máxima instancia judicial del país
de invalidar estas leyes, se podrá continuar con numerosos
procesos judiciales, que estaban congelados, por delitos
de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos perpetrados
durante el régimen militar.
El tribunal supremo ha adotado la medida
después
de analizar durante más de tres años el caso
de la desaparición, en 1978, de un matrimonio formado
por el chileno José Poblete y la argentina Gertrudis
Hlaczik y la apropiación de su hija, desde entonces
desaparecida. En cualquier caso, la resolución va
más allá de este caso concreto y sienta un
precedente que abre la posibilidad de que un número
indeterminado de miembros de las Fuerzas Armadas -entre 1.000
y 1.500, según las fuentes, de los cuales un 10% permanece
en activo- que participaron en la represión pueden
volver a ser citados a declarar ante la justicia y quedar
detenidos por su implicación en la desaparición
de personas, torturas y otros delitos de lesa humanidad cometidos
durante el último régimen militar.
Inquietud en las Fuerzas Armadas
Antes de este fallo histórico, la Corte convalidó una
serie de fallos de instancias judiciales inferiores que,
a partir de marzo de 2001, cuestionaron la validez de las
leyes del perdón, que habían sido aprobadas
por el Parlamento en la década de los 80 bajo presión
militar. Además, las principales causas por delitos
de lesa humanidad fueron reabiertas por la justicia después
de que, en agosto de 2003 y poco después de la llegada
al poder del peronista Néstor Kirchner, el Parlamento
anulara las normas de Punto Final y Obediencia Debida. En
la misma linea, Kirchner derogó en julio de ese año
el decreto que impedía la extradición a terceros
países de represores de la dictadura.
La nulidad parlamentaria de las leyes
de impunidad permitió la
reapertura de las megacausas sobre los crímenes cometidos
en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y el
Primer Cuerpo de Ejército, pero la resolución
de la Corte Suprema era indispensable para que todas las
causas vinculadas al terrorismo de Estado avancen y sean
elevadas a juicio oral. De los militares y policías
que figuran como imputados en esos expedientes "muy
pocos siguen en activo", según han señalado
portavoces del Ministerio de Defensa.
El titular de la cartera, José Pampuro, ha admitido,
horas antes de que se conociera el fallo del Supremo, que "hay
inquietud y preocupación" entre los militares
involucrados. "Son bastantes los que tendrán
que declarar. En las Fuerzas Armadas se sabía que
este fallo se iba a dar", ha añadido el ministro.
La inconstitucionalidad de las leyes del perdón era
una antigua reclamación de las asociaciones de defensa
de los derechos humanos, que han celebrado la sentencia por
considerar que contribuye a terminar definitivamente con
la impunidad en Argentina. Docenas de miembros de grupos
de derechos humanos, como las Madres de la Plaza de Mayo,
han celebrado la noticia a las puertas del tribunales en
Buenos Aires.
Los desaparecidos
A pesar de la amnistía, los ex comandantes que lideraron
el plan de represión y exterminio contra opositores
políticos fueron juzgados y condenados a prisión
perpetua en 1985. Los miembros de las Juntas Militares -y
los líderes guerrilleros que actuaron en la década
de los 70- se beneficiaron posteriormente de indultos decretados
en 1989 y 1990 por el entonces presidente, Carlos Menem.
Sin embargo, muchos de ellos volvieron
a las cárceles
o fueron puestos bajo arresto domiciliario por su participación
en el secuestro de hijos de desaparecidos. En esa condición
se encuentran, entre otros, el ex dictador Jorge Videla y
el ex marino Alfredo Astiz. Según estimaciones oficiales,
en Argentina hubo 18.000 desaparecidos durante la dictadura,
cifra que las organizaciones humanitarias elevan a 30.000.
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