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Los reclutados para trabajos forzados tras la Guerra Civil podrán exigir compensaciones
elcorreodigital - 15/09/2005

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Una víctima del franquismo ante el Tribunal Superior Vasco. / EL CORREO


El Constitucional equipara la cárcel con los batallones disciplinarios Los Gobiernos central y vasco niegan ayudas a los soldados trabajadores

J. MUÑOZ/BILBAO

El Tribunal Constitucional ha zanjado la discusión entre los historiadores y las administraciones públicas acerca de los batallones disciplinarios del franquismo, a los que fueron enviadas unas 50.000 personas después de la Guerra Civil. La resolución da la razón a los historiadores y recuerda que los miembros de aquellas unidades eran tratados como prisioneros políticos, aunque el régimen de Franco afirmara que sólo estaban haciendo la mili. Este razonamiento puede beneficiar a miles de personas mayores que no han recibido indemnizaciones para las víctimas del franquismo porque el Gobierno central y algunos gabinetes autonómicos como el vasco no les cuentan el tiempo de los batallones.

La sentencia otorga amparo a Hilario Aracama Zabaleta, que había visto rechazada su solicitud para recibir una reparación económica del Gobierno central por haber permanecido en prisión desde octubre de 1937 hasta agosto de 1940. El Ejecutivo le recordó que no cumplía el mínimo de tres años de cárcel y no le dejó sumar el periodo que pasó en un batallón de trabajadores. Aracama recurrió al Constitucional con varios argumentos, y la Sala Segunda ha aceptado uno: estar recluido en una celda y realizar trabajos forzados es, a fin de cuentas, lo mismo. No obstante, uno de los magistrados ha expresado un voto discrepante porque cree que éste no es un asunto para el Alto Tribunal.

El criterio de la dictadura

«La incorporación a los batallones disciplinarios de soldados trabajadores -argumentan sus colegas- constituía una forma de prestación del servicio militar en condiciones semejantes a las establecidas para quienes se encontraban cumpliendo condena, condiciones de prestación especialmente gravosas que se encontraban directamente vinculadas al hecho de haber cumplido condena con anterioridad».

Desde 1990, el Gobierno central se ha negado a compensar a los soldados trabajadores igual que a los presos políticos, porque la legislación franquista aseguraba que los primeros sólo realizaban el servicio militar. Sin embargo, el Cons- titucional recuerda que, para valorar quién está privado de libertad, no es lógico utilizar los criterios de una dictadura.

De ese modo, la Sala Segunda da la razón a los historiadores, quienes habían advertido de que no reconocer los trabajos forzados como represalia también tiene una dimensión política muy importante. En el futuro, explicaban los expertos, se podía utilizar ese argumento para sostener que durante la posguerra no hubo tanta represión como se dice. Los expedientes administrativos de las víctimas del franquismo serán la fuente de los futuros investigadores.

Las primeras indemnizaciones fueron ofrecidas por el Gobierno de Felipe González en 1990, pero estaban dirigidas a las personas que hubieran pasado al menos tres años en la cárcel por motivos políticos. Los batallones disciplinarios quedaron fuera de forma expresa. Ésas son las ayudas que reclamaba Hilario Aracama en su recurso al Constitucional.

Años más tarde, los gobiernos autonómicos elaboraron sus propias normas para resarcir a las personas que no se beneficiaron con la ley de 1990. El Ejecutivo vasco, por ejemplo, exigió seis meses de privación de libertad, pero tampoco computó el tiempo pasado en los batallones. Cuando le insistían en esta cuestión -especialmente, el Ararteko- el consejero Javier Madrazo respondía que el Gobierno central hacía lo mismo.

Los argumentos esgrimidos para rechazar las ayudas han sembrado la frustración entre quienes pasaron por aquellas unidades. A muchos les llamaron al acabar la guerra, después de salir prisión o cuando estaban fuera de reemplazo. Las autoridades franquistas temían que formaran la famosa 'quinta columna' y se unieran a un hipotético ataque de las potencias aliadas contra España. Un total de 48.000 personas sirvieron de mano de obra para construir los túneles de Guadarrama, ampliar el aeropuerto de Sondika o construir carreteras en el Pirineo, Mallorca y Marruecos.

Normas autonómicas

País Vasco (2002): se exigen al menos seis meses privado de libertad. Ayudas de 7.200 a 9.600 euros.

Navarra (1995): 12 meses; de 1.100 a 6.600 euros.

Madrid (2000): 12 meses; de 4.000 a 9.000 euros.

Cataluña: (2001) 1 día; de 6.000 a 9.000.

Asturias (2000): tres meses; un máximo de 6.600 euros.

Aragón (2000): 12 meses; de 1.200 a 6.300 euros.

Andalucía (2001): 36 meses; 6.600 a 9.000.

Castilla-La Mancha (2002): 36 meses; de 6.000 a 9.000.


Geureak ve reforzadas sus tesis

J. M./BILBAO
La asociación Geureak 1936, que agrupa a víctimas del franquismo, aseguró ayer que el Constitucional ha reconocido «una tesis que venimos defendiendo desde hace dos años frente a la consejería de Asuntos Sociales». Según el portavoz del colectivo, Mikel Urquijo, la sentencia podría afectar a unas 800 personas a las que el Gobierno vasco ha denegado las indemnizaciones.

En conjunto, la consejería de Madrazo ha enviado 3.065 respuestas positivas y 5.615 negativas. Unos 200 afectados han recurrido al Tribunal Superior del País Vasco, con el asesoramiento de Geureak. El 30% serían personas que no han cobrado ayudas, porque no les valoran el periodo de los batallones de trabajo.