RESOLUCIÓN DE LA ASAMBLEA DELEGADA DE LA AGRUPACIÓN PROVINCIAL DE MADRID DEL SECTOR FERROVIARIO DE CC.OO.

Los recientes hechos acaecidos, con la imposición de una Comisión Gestora en sustitución de los Organos de Dirección del Sector Estatal Ferroviario, vienen a quebrar gravemente los principios democráticos de nuestra Organización y suponen una clara violación de los derechos de los afiliados y afiliadas de CC.OO. en el sector

Esta decisión es más grave aún cuando ha sido tomada sin causa estatutariamente justificada y por medio de una actuación "parcial" de la Federación de Comunicación y Transporte Estatal en detrimento de las decisiones democráticamente adoptadas en los Organos de Dirección del Sector Ferroviario Estatal (Asamblea Estatal y Comisión Ejecutiva).

Por otra parte, condenamos la actitud adoptada por los miembros de la Comisión Gestora en los últimos días que, lejos de limitarse a cumplimentar los mandatos de los Estatutos Confederales, en lo que a funciones y finalidad de una Comisión Gestora se refiere, se está atribuyendo funciones negociadoras unilaterales y al margen de la participación de afiliados, afiliadas, cuadros sindicales, delegados y delegadas y estructuras provinciales.

Debemos recordar que la función de una Comisión Gestora es la de establecer los mecanismos necesarios para que, en el plazo máximo de tres meses, se celebre el preceptivo Congreso que dote a la Organización intervenida de unos Organos de Dirección legitima y democráticamente elegidos por el conjunto de la afiliación.

La adhesión sin consulta previa, la negociación de aspectos de larga trayectoria negociadora y gran calado en los centros de trabajo (primas, conducción, intervención, modelo de ferrocarril, etc.) suponen una vulneración clara de los mandatos Estatutarios y una profundización en el carácter antidemocrático de la medida adoptada (disolución de los Organos de Dirección del Sector Ferroviario).

Por todo ello, exigimos:

1.- La paralización inmediata de cualquier negociación que no cuente con el respaldo del conjunto de la afiliación, manifestado a través de sus legítimos representantes en la Asamblea Estatal.

2.- La elaboración inmediata de las normas Congresuales del Sector Ferroviario de la Federación de Comunicación y Transporte comunicando de manera urgente al conjunto de nuestros afiliados y afiliadas la fecha concreta en que se celebrará el Congreso del Sector Ferroviario, siempre dentro del plazo máximo de tres meses que establecen los Estatutos Confederales y Federales.

 

Madrid, 09 Marzo de 2000