Más de 54.000 presos dependientes de Instituciones
Penitenciarias, y 540.000 familiares, amigos, u otras
personas, entre ellas abogados y asociaciones de todo
el estado español se verán afectados por
la resolución que se dicte en el presente asunto.
Telefónica está haciendo negocio con los
presos al poder gestionar hasta 14 millones de llamadas
al año.
La implantación de un sistema automático
telefónico que ha corrido económicamente
a cargo de Telefónica puesto en marcha a finales
del año 2005, ha vuelto a impedir que los presos
puedan llamar al exterior a través del sistema
de cobro revertido, generando además plazos de
espera de hasta 40 días para la autorización
de números de teléfonos. Este nuevo sistema
permite la autorización de hasta 10 números
por preso.
El Reglamento Penitenciario señala que las llamadas
telefónicas al exterior pueden autorizarse a
los presos en los siguientes casos:
a. Cuando los familiares residan en localidades alejadas
o no puedan desplazarse para visitar al interno.
b. Cuando el interno haya de comunicar algún
asunto importante a sus familiares, al Abogado defensor
o a otras personas.
Dilaciones.- El nuevo sistema no distingue entre ambos
supuestos, de manera que si un asunto es importante
como si no lo es puede tener que esperar hasta 40 días.
Ni el teléfono del mismo abogado puede ser autorizado
y en consecuencia llamado en un tiempo razonable, lo
que le deja en la más absoluta indefensión.
La razón de la Administración es que sólo
se dispone de un ordenador para las autorizaciones y
que la población penitenciaria es muy elevada.
Llamadas a cobro revertido.- La drogadicción
o enfermedad mental impiden o dificultan en muchos momentos
la utilización adecuada del dinero enviado por
familiares y amigos, lo que hacía esencial este
sistema.
Asociaciones, comunidades religiosas, colegios de abogados,
defensor del pueblo..., mantenían el contacto
a través de estas llamadas, rompiéndose
ahora con el actual sistema, pues aquellas no pueden
enviarle dinero a todos los presos a expensas de saber
cual les necesitará.
En otras ocasiones los familiares y amigos no disponen
de liquidez que facilitar al interno, por lo que no
puede enviarle cantidad alguna.
Los distintos intentos históricos de la Administración
Penitenciaria por acabar con este sistema han sido declarados
no ajustados por los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
Ni los impedimentos económicos señalados
por la Administración en el año 1995,
ni las necesidades de control del año 2003, fueron
consideradas suficientes por los órganos judiciales
encargados de velar por los derechos de los internos,
al existir mecanismos de control más adecuados
que la restricción del citado sistema.
La Dirección General ha implantado por la vía
de hecho otra vez el sistema, ya declarado ilegal por
otros Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, por lo que
se interpuso una queja, apoyada por la APDHA, que fue
ilógicamente desestimada por el Juzgado de Córdoba.
Por ello, en el día de hoy se ha celebrado la
vista, en la que han estado presentes más de
50 personas entre ellas abogados, familiares, comunidades
religiosas y asociaciones.
La motivación de la exclusión del cobro
revertido puede estar relacionada con el monopolio ofrecido
a la compañía telefónica para la
realización de llamadas al exterior, que se vería
impedido con el cobro revertido, a correr a cargo de
la receptora de la llamada que podría ser otra
compañía. Hasta ahora se podían
utilizar los distintos operadores en prisión.
Si cada interno puede realizar 5 llamadas semanales
de 5 minutos de duración, se han entregado a
Telefónica 270.000 llamadas semanales y más
de 14 millones de llamadas anuales. 70 millones de minutos.
Telefónica cobra pues más caro a los
presos el minuto que en la calle. Así frente
a los 0,012 euros y 0,0070 para llamadas metropolitanas
en el exterior según horario normal o reducido
en prisión se cobran 0,04 euros (más de
4 veces la tarifa más cara en el exterior); las
provinciales que oscilan entre los 0,03 y 0,02 euros
en el interior de prisión suben hasta 0,08 euros
minuto (entre 2,5 y 4 veces más caras); y las
nacionales entre los 0,06 y los 0,03 euros pasan en
prisión hasta 0,08 euros. Las llamadas a móviles
Movistar y Vodafone que en el exterior van de 0,15 a
Movistar y 0,17 Vodafone en horario normal y 0,10 a
ambas en reducido, es de 0,29 euros minuto en prisión;
a Amena de los 0,16 a 0,9 en el exterior se pasa a 0,34
euros. Para ello se ha obtenido la información
suministrada por el Defensor del Pueblo y la pagina
web de telefónica.
Es imposible calcular el volumen de negocio y los ingresos,
al variar el tipo de llamadas, pero se puede asegurar
que está haciendo negocio con los presos.
Extraído de lahaine.org |