Derechos humanos en el reino de España.

 

El 10 de Diciembre de 1.948 se aprobó en la Asamblea General de Naciones Unidas el texto de la Declaración Universal de Derechos Humanos, texto bienintencionado en algunas de sus partes, descaradamente instrumental en otras. No pretendemos hacer un estudio a fondo de la aplicación del documento en España, sólo mostrar brevemente como el articulado mas prestigioso y vilipendiado del mundo se incumple a diario.

No es que para nosotros estos puntos sean dogma de fe, de hecho los consideramos en cierta medida conservadores (“familia como elemento natural y fundamental de la sociedad” Art.16.3), y desde luego parte de una ideología liberal que no compartimos, como demuestra la enésima consagración del derecho de propiedad en el Artículo 17.En este mismo texto se proclamaba el derecho a la nacionalidad, la tan cacareada autodeterminación de los pueblos, pero el liberalismo miente e instrumentaliza de base. No se trata de un derecho sino de un principio aplicable para diseñar fronteras a conveniencia que sólo será válido cuando lo utilizan ellos. De lo que se trata es de observar como los gobiernos ni siquiera obedecen sus propios textos, sus propios programas morales.

 

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

 

 

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

 

Artículo22.

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

 

 

Con una ciudadanía a la “griega” clasista y a menudo racista hemos topado. La ley de extranjería española no es más que un reflejo de la práctica criminal, social y literalmente hablando, llevada al papel, con más claridad si cabe , con la impunidad  que le ofrece un contexto político europeo volcado a la derecha y nuestra indolencia y resignación. La Ley 8/2.000 supone:

 

-La negación del derecho de asociación, de sindicación y de huelga a los extranjeros sin permiso de residencia. Viola el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU y los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, suscritos por España, que garantizan la libertad sindical y la protección del derecho a sindicarse.
-La negación del derecho de reunión y manifestación viola la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 20) y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, incorporados en la Constitución Española en su artículo 96.
-La nueva ley elimina el dispositivo de garantías jurídicas (tutela judicial efectiva, recurso contra los actos administrativos y asistencia jurídica gratuita).

 

Tendremos que plantearnos si queremos una sociedad con el negro disecado de Bañolas o sin él. Con ciudadanos de primera, de segunda y personas sin ciudadanía. El miedo de las campañas criminalizadoras no debe cegarnos.

 

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes

 

 

Habitualmente se nos llena la boca de dignas palabras contra los aborrecibles “métodos de presión” en  países de dudosa legalidad y moralidad. Incluso nos permitimos criticar al aliado, “fíjate lo que sucede en Guantánamo, no tiene perdón de Dios”. Pero rara vez la sociedad civil o los medios de comunicación nos asomamos a lo que el mismo Felipe González llamó “las cloacas del Estado”. Es un secreto “sotevocce” que el trato de las comisarías, con algunos elementos aun de la sutil policía franquista, no es precisamente el de los inquilinos de Hotel Glamour. También se permiten ver “anecdotillas” que nos sirven a la demócrata concurrencia para autoafirmarnos con la crítica, que da una pátina de grandiosidad al sistema, como los ejemplos de brutalidad policial en las manifestaciones contra la guerra. Sin embargo si preguntáramos “¿cree usted que el Estado Español practica de forma generalizada la tortura?” las respuestas negativas irán acompañadas de severos gestos de negación. Pues bien, no parecen tenerlo tan claro ciertos organismos dedicados a observar estos fenómenos.

 

Amnistía Internacional, asociación que no creemos se atreva aún a vincular el gobierno con ETA, ha publicado al respecto numerosos informes, valga como ejemplo este: “España: motivos de preocupación en materia de derechos humanos en relación al proceso de Paz en el País Vasco”. Sólo el título ya es elocuente. O los informes de la misma organización sobre las torturas en cárceles españolas. O los informes del CAT (Comité contra la Tortura de Naciones Unidas), que viene haciendo reproches a los gobiernos españoles desde su creación en 1.987. Pero estas noticias no parecen tener importancia para nuestros medios, centrados en el último anuncio de Nike, la fiebre de una niña china, operaciones salida, operaciones triunfo…

 

Theo van Boven, Relator Especial de la comisión de Derechos Humanos de la ONU da credibilidad en su informe sobre 2.001 a los 47 casos de denuncia por tortura (39 la Guardia Civil y el resto la Policía Nacional y Ertzaina). Ha hecho dos llamamientos al gobierno de Aznar y ha advertido de que se deberían ilegalizar las irregulares prácticas de vendar los ojos y encapuchar. Rechaza también en este informe el eterno argumento de una consigna terrorista para la denuncia automática. Aun así tenemos motivos para felicitarnos: en el informe del año anterior hablábamos de 58 casos.

 

Todos estos hechos  se nos ocultan pero quizá la ciudadanía debería mirar hacia dentro y rescatar lo que en realidad ya sabe, no engañarse hipócritamente. Todo el mundo se indignó ante el brutal relato de lo sucedido en el caso de los “encalados” Lasa y Zabala, pero sólo porque no querían haber visto aquello, y si no cuantas veces hemos escuchado la crítica de que el GAL estaba mal “porque fue una chapuza”.

 

 

 

 

 

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

 

La libertad de pensamiento, la libertad de prensa y de expresión, la libertad de partidos. Son tres enunciados clásicos de los sistemas liberales desde el XIX ¿el problema? Que los postulados liberales siempre han sido mentira. Debería poner: La libertad de pensar como nosotros, la libertad de una prensa empresarial dirigida, la libertad de crear un partido burgués (a ser posible que no se meta con Don Juan Carlos). Nuestros demócratas representantes de esta Democracia Formal, que no Democracia, se dedican a cerrar periódicos e ilegalizar partidos, unos hechos de lo más liberales que contradicen los más elementales papeles de legitimación de clase(burguesa) con los que ellos mismos nacieron(todo tipo de Declaraciones de Derechos y textos constitucionales).

 

No nos dejemos engañar con excusas para la prohibición de partidos: ellos no ilegalizan por hechos delictivos ilegalizan ideas, y una prueba muy clara de ello la tenemos ahora(en el momento en que escribo estas líneas).La Fiscalía General y la Abogacía del Estado han pedido al Tribunal Supremo que AuB(Autodeterminaziorako Bilgunea) no pueda concurrir a las elecciones por pretender ser Batasuna con otro nombre.¿Entonces que se persigue unas supuestas conexiones económicas con una banda armada o un ideario político? O de igual manera sucede con el PCE(r) y el auto de ilegalización de Garzón, que ha salpicado a otros movimientos sociales como a la Mano Negra anarquista, que se relaciona con ellos y se pretende ilegalizar. Alguien debería explicarle a nuestro juez estrella que los anarquistas difícilmente iban a subordinarse a un partido político por muy de clase que este sea.

 

El periódico Euskadunon Egunkaria, como antes Eguin o Ardi Beltza, ha sido recientemente cerrado. El juez de la Audiencia Nacional (porque quizá alguien aun se crea aquello de la también liberal separación de poderes) registró sus dependencias y detuvo a diez personas. Se emplearon para tan peligrosa operación de “inteligencia” 300 guardias civiles. Después se mantuvo a varios de ellos hasta trece días incomunicados, fueron presuntamente torturados (añado la presunción por si Interior leyera que no creemos este fanzine) y Pedro Zubiría intentó suicidarse. En cualquier caso de nuevo se cierran las ideas, ¿por qué se ha cerrado cautelarmente el periódico si la acusación es contra cuatro de sus dirigentes?

 

Orwell dijo algo así como que la libertad de pensamiento consistía en poder decir incluso lo que molestase a los demás. Legislar el pensamiento es dirigirlo y la sanción de cosas tan absurdas como la apología del terrorismo o apología de cualquier cosa, aunque sea el fascismo, es un insulto a la inteligencia de la ciudadanía, que ha de saber elegir ¿o no es eso la Democracia?

 

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

 

Este es el más claro de los llamados “derechos sociales”, incluidos en los textos liberales por contrapeso de los del bloque de enfrente cuando allí aun vivía alguien (sí, hombre ellos también tenían constituciones). Es la coartada para explicar que no vivimos en un Estado Liberal sino en uno demócrata social y de derecho. Entonces…¿si no se cumplen estos preceptos como el derecho al trabajo, a la vivienda o a la educación igualitaria estaríamos en un sistema liberal-burgués todavía? Eureka.

 

Un aspecto de gran nimiedad democrática es el asuntillo este en el trabajo de la discriminación de género (que la mujer cobre un 20 por ciento menos por un trabajo similar por ejemplo), que más da que se pisotee el artículo 23.2  si sólo afecta a la mitad de la población. La misma mitad que no tenía derecho al voto cuando los estados liberales declaraban  proclamado el sufragio universal.

 

Nos gusta mirar nuestro rollizo ombligo de sociedad de la opulencia(relativamente opulenta diríamos) y creernos que nuestro palacio de cristal no necesita del “cristasol” de la autorreflexión mas que en las paredes exteriores, donde parias de piel oscura se agolpan a mirarnos, huyendo de sus países-refugio de vulneradores de Derechos Humanos de todos los pelajes. Y venga flujos y reflujos de hipocresía, y regueros de ceguera autocomplaciente. Estiércol moral pontificando el catecismo en el que ellos mismos se mean: papel mojado.

Luis.