Medio Ambiente apoya la reforestación de 9.000 hectáreas en la Región este año  
   
Sólo pueden recibir ayudas terrenos que hayan tenido uso agrícola o ganadero; se excluyen los ya forestales  
(La Verdad de Albacete. 23 de diciembre de 2003)

EFE/TOLEDO

La Consejería de Medio Ambiente ha destinado un total de 1.927.000 euros a las ayudas del último pago de este año incluido en el programa destinado a fomentar la reforestación de tierras agrarias, y del que se beneficiarán 458 personas y más de 9.000 hectáreas, informó ayer la Junta.

La responsable de la Consejería, Rosario Arévalo, resaltó la importancia de colaborar con nuestros agricultores y ganaderos en la forestación de sus tierras para diversificar la actividad agraria, así como las fuentes de riqueza y empleo, al tiempo que se contribuye a corregir los problemas de erosión y desertización.

Otros objetivos de este programa son contribuir a la mejora de los suelos, a la conservación de la flora y la fauna, y a la regulación del régimen hidrológico. «Vemos con agrado cómo este programa está contribuyendo, año tras año, a mejorar las condiciones de nuestra tierra, un bien preciado que siempre hay que poner en valor», apuntó.

También favorece la gestión del espacio natural compatible con el equilibrio del medio ambiente, el desarrollo de ecosistemas naturales beneficiosos para la agricultura, la disminución del riesgo de incendios forestales, y la mejora de los recursos forestales, recordó la titular de Medio Ambiente.

Tipos de ayudas

Las ayudas contempladas en el programa de reforestación de tierras agrarias son de tres tipos, al establecimiento, para sufragar los costes de mantenimiento y la denominada prima compensatoria. Cada año se suele hacer un pago de estas subvenciones cada trimestre.

Los terrenos que se pueden reforestar son aquellos que no estén incluidos en el Catastro como forestales y hayan tenido aprovechamiento agrícola o ganadero desde diez años antes de la fecha de la solicitud. Estas tierras deben estar comprendidas como tierras ocupadas por cultivos herbáceos, barbechos, huertos familiares, tierras ocupadas por cultivos leñosos y pastizales.

En todos los casos las forestaciones deben cumplir varios requisitos, como que en las zonas sin regeneración natural o insuficiente, la elección de especies se corresponda con las arbóreas o arbustivas presentes o, si no las hubiere, con las existentes en terrenos colindantes o cercanos, evitando la introducción de especies distintas a las naturales o naturalizadas de la zona.

A efectos de la percepción de estas ayudas tendrán la consideración de superficies agrícolas, conforme a la clasificación agraria de los terrenos, aquellas parcelas catastrales que figuren como tales con anterioridad al primer día del periodo de presentación de solicitudes, así como que mantengan tal condición en esa fecha de acuerdo a los usos y costumbres del lugar.

 
 
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