El nuevo Reglamento agilizará los trámites de evaluación ambiental en la región  
(La Verdad de Albacete. 14 de Enero de 2003)

El Reglamento de la Ley de Evaluación Ambiental, aprobado el pasado diciembre por el Consejo de Gobierno y que se publicará esta semana en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, va a permitir que se agilicen los procedimientos de evaluación y potencia la participación de los ciudadanos en estos procesos, al tiempo que se garantiza la protección ambiental.

Este texto, cuyo principal objetivo es desarrollar reglamentariamente los procedimientos de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley 5/99), ha incorporado la legislación que se ha ido produciendo tanto a nivel europeo como nacional.

Tres títulos

El Reglamento se ha estructurado en tres títulos: el primero determina los proyectos que deben someterse a evaluación de impacto ambiental; el segundo establece los procedimientos para la realización de las evaluaciones; y el tercero establece la evaluación ambiental para los planes y programas (urbanísticos, polígonos industriales, regadíos, carreteras, etc.), tanto públicos como privados. Precisamente el título tercero regula una de las principales novedades que se han incorporado al texto y que supone que Castilla-La Mancha sea la primera región en incorporar y aplicar la Directiva de Planes y Programas a la evaluación ambiental.

Esto significa que los planes y programas tanto de iniciativa pública como privada estarán sometidos a evaluación, así como que tendrán que ser sometidos a información pública por parte de la Administración que autoriza el proyecto. Hasta la fecha, los planes y programas sólo necesitaban un informe de la Dirección General de Calidad Ambiental y no precisaban de información pública.

Otra novedad que presenta el Reglamento es el establecimiento del procedimiento simplificado en determinadas evaluaciones de impacto ambiental especificadas en los anexos del Reglamento. En líneas generales, los procedimientos ordinarios afectan a los denominados grandes proyectos, ya sea por sus dimensiones, por las afecciones ambientales u otras características.

 
 
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