Ecologistas en Acción formaliza su demanda contra las autorizaciones a las nuevas térmicas de Aceca  
   
En ninguno de los dos grupos, propiedad de Unión-Fenosa e Iberdrola, se ha obtenido la preceptiva Autorización Ambiental Integrada, que debe conceder la Junta de Comunidades.
Se recurre además la Declaración de Impacto Ambiental.
 
(Ecologistas en Acción. Toledo, 19 de octubre de 2003)

En escrito presentado la semana pasada por el abogado que representa a Ecologistas en Acción se pide la declaración de nulidad de la Autorización Administrativa concedida por el Ministerio de Economía a Iberdrola Generación S.A.U. y a Unión Fenosa Generación S.A, respectivamente, para la instalación de dos centrales termoeléctricas de ciclo combinado en el término municipal de Villaseca de la Sagra (junto al barrio de Aceca). Ambas compañías obtuvieron Autorización Administrativa para construir sendos grupos de 400 MW eléctricos cada uno junto a las centrales de fuel-oil que funcionan en la actualidad en el mismo emplazamiento. El recurso se presentó ante la sección 6 de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

El escrito después de describir los hechos objeto de la Demanda solicita la anulación de la autorización en base a cinco fundamentos de derecho. El primero de ellos entiende que previamente a la autorización del Ministerio de Economía debería haberse obtenido la Autorización Ambiental Integrada que preceptivamente debe emitir la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El artículo 11.2.a) de la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación establece con claridad que el otorgamiento de la autorización ambiental precederá a las autorizaciones sustantivas que establece la Ley del Sector Eléctrico. Este es el caso de la autorización recientemente concedida a las dos empresas promotoras de proyectos en Aceca.

Los siguientes tres fundamentos de derecho aluden a múltiples irregularidades formales en el trámite, que han impedido a los representantes del grupo ecologista acceder al expediente y defender sus opiniones.

En el quinto fundamento se recurre la Declaración de Impacto Ambiental dictada por el MINAM (Ministerio de Medio Ambiente) por ignorar los problemas de calidad del aire que se presentan en la zona. Ecologistas en Acción entiende que dicha declaración impide a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cumplir con sus funciones de asegurar la calidad del aire. En sus alegaciones la propia Junta indicaba que:
a) Se supera el límite anual para protección de la vegetación de NOx establecido, en las estaciones de Mocejón y Villaseca.
b) Se superan los límites de calidad del aire para partículas en suspensión en ambas estaciones.
c) Los niveles de inmisión de SO
2 en el barrio de Aceca tampoco cumplen los objetivos de calidad del aire.

La Declaración de Impacto merece a juicio de Ecologistas en Acción entrar en el libro Guiness de los disparates cuando considera que las estaciones de Mocejón y sobre todo Villaseca “están muy influenciadas por otros focos locales y/o el tráfico que discurre en sus proximidades” cuando Villaseca es una pequeña población por la que pasa únicamente la carretera CM-4001, que posee un tráfico muy discreto.

Los abogados de Ecologistas en Acción estudian en estos momentos la posibilidad de actuar penalmente contra los responsables del Ministerio de Economía al haberse obrado de forma manifiestamente ilegal al desestimar el recurso de alzada de este colectivo.

 
 
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