Portada del sitio > Impacto ambiental y salud > Comunicados > Ecologistas exige someter a evaluación de impacto ambiental la planta de (...)

Impacto Ambiental / Residuos / Alaejos

Ecologistas exige someter a evaluación de impacto ambiental la planta de triturados de residuos de construcción y demolición proyectada a menos de 20 metros del núcleo urbano de Alaejos

La planta, cuya ubicación incumple la normativa y es contraria a la jurisprudencia, está situada junto al caso urbano de Alaejos en suelo rústico, en una ZEPA y junto a un cauce público, generará contaminación por ruido y partículas en suspensión por el trasiego de camiones, la carga y descarga, y la trituración de materiales, entre otros, placas de fibrocemento

Jueves 24 de noviembre de 2016

Ecologistas en Acción de Valladolid ha dirigido un escrito de sugerencias al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León solicitando que se dicte un Informe Ambiental Estratégico que determine la necesidad de someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de Planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición en Polígono 7, Parcela 36 del término municipal de Alaejos, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Ecologistas en Acción de Valladolid señala que la actividad consiste en la implantación junto al casco urbano de Alaejos de una planta de triaje y trituración de escombros, con una capacidad de tratamiento de 45 toneladas al día y 10.000 toneladas al año. Dicha planta está separada del núcleo por el arroyo de la Reguera, en un ámbito urbano de uso residencial. La distancia de la parcela proyectada al suelo urbano es de 14 metros, al lado de un parque público y localizándose las primeras viviendas a 40 metros en línea recta.

Como es habitual en este tipo de instalaciones, el trasiego de los camiones, las operaciones de carga y descarga y la trituración de los escombros conllevarán la emisión de cantidades importantes de ruido y partículas en suspensión, que dada la proximidad a áreas pobladas conllevan un riesgo severo de contaminación que no ha sido evaluado por el promotor. La recepción entre los escombros de residuos peligrosos como placas de fibrocemento con amianto incrementa la peligrosidad del polvo emitido.

Hay que recordar que la Ley del Ruido de Castilla y León exige la presentación de un proyecto acústico que acredite el cumplimiento del valor límite de emisión, los niveles de inmisión sonora para las áreas levemente ruidosas (Tipo 1) próximas y los niveles de inmisión de ruidos de impacto establecidos en el Anexo I de dicha Ley, sin que dicha documentación obre en el expediente.

En opinión de Ecologistas en Acción de Valladolid, los riesgos para la salud pública citados resultan inaceptables en un área poblada como la que nos ocupa, incumpliendo además la distancia mínima de seguridad a núcleo de población de 2.000 metros, establecida para las industrias fabriles insalubres por el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, que resulta de aplicación en tanto la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León no ha regulado distancias equivalentes, según ha puesto de manifiesto reiteradamente el Tribunal Supremo, por última vez en sentencia de 19 de noviembre de 2015.

Por otro lado, la actividad solicitada no es una actividad propia del suelo rústico ni de interés público (no está vinculada a ningún servicio público, sino a una actividad privada), que debe ser ubicada en suelo urbanizado industrial, en un municipio como Alaejos que dispone de suelo urbanizable industrial a más de 2.000 metros del núcleo urbano, teniendo en cuenta además que se proyecta en una Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y junto a un cauce público. Es numerosa la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la materia, baste como muestra su sentencia de 1 de junio de 2009.

La planta, cuya ubicación incumple la normativa y es contraria a la jurispprudencia, está situada junto al caso urbano de Alaejos en suelo rústico, en una ZEPA y junto a un cauce público, generará contaminación por ruido y partículas en suspensión por el trasiego de camiones, la carga y descarga, y la trituración de materiales, entre otros, placas de fibrocemento

Teniendo en cuenta estas circunstancias, Ecologistas en Acción de Valladolid considera que el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, de acuerdo a los siguientes criterios del Anexo III de la Ley estatal de Evaluación Ambiental:

a) Características de los proyectos, en particular, la contaminación generada en forma de emisión de polvo y ruido.

b) Ubicación de los proyectos, en particular la localización en un lugar Red Natura 2000 y la colindancia con un área de gran densidad demográfica como el casco urbano de Alaejos.

c) Características del potencial impacto, en relación al potencial contaminante del proyecto y su colindancia con un núcleo residencial, en un lugar Red Natura 2000, considerando la crítica magnitud del impacto, su probabilidad segura, su duración permanente, y su irreversibilidad.

Más información: