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Propuestas a la modificación puntual del PGOU en hospital Río-Hortega-colegio El Salvador-finca Zambrana para la ubicación del Campus de la Justicia en la plaza de San Pablo

Apuntan al mantenimiento de las instalaciones judiciales existentes, no derribar El Salvador y reducir alturas de nuevos edificios, proteger el arbolado, garantizar los Espacios Libres, eliminar aparcamientos subterráneos y reducir la edificabilidad y viviendas en Zambrana

Viernes 30 de octubre de 2015

Sr. Alcalde
Ayuntamiento de Valladolid

XXX, en representación de la asociación Ecologistas en Acción de Valladolid inscrita en el correspondiente Registro de la Junta de Castilla y León, y de la que señalamos como domicilio a efectos de notificaciones el apartado de correos 533 de Valladolid, ante usted comparecemos en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Asamblea de la asociación, y de la forma más procedente en derecho, decimos:

1. Que en fecha 28 de julio de 2015, por Decreto de Alcaldía, acordó el inicio de oficio del expediente 01/15 de modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en los ámbitos del antiguo hospital Río-Hortega y colegio El Salvador y de la finca Zambrana con el objeto de unificar las sedes de la Administración de Justicia en el entorno de la plaza de San Pablo.

2. Que en fecha 1 de septiembre de 2015, el Pleno del Ayuntamiento acordó ordenar la apertura del período de información pública del Avance de la modificación puntual del PGOUVa, al objeto de recoger a efectos administrativos internos sugerencias, propuestas y reclamaciones, previas a la redacción del documento de modificación para su aprobación inicial por el Pleno municipal.

3. Que en fecha 25 de septiembre de 2015, el Boletín Oficial de Castilla y León anunció a efectos de información pública por el plazo de un mes el mencionado Avance.

4. Que dentro del plazo preceptivo presentamos las sugerencias, dudas, propuestas y reclamaciones a aspectos del Avance que la Asamblea mensual de octubre de Ecologistas en Acción de Valladolid ha estimado oportuno aportar.

CONSIDERACIONES

1. El objetivo de la modificación es, como señala la Memoria, “disponer las determinaciones urbanísticas necesarias que permitan unificar las sedes de Justicia, hasta ahora dispersas, en la nueva ubicación que ahora se propone, en el entorno de la Plaza de San Pablo”. Más adelante se señala que “La modificación que se plantea en este otro ámbito, pretende llevar a cabo todos los cambios necesarios en las determinaciones urbanísticas vigentes (PGOU y PECH) que permitan la ubicación de todas las sedes judiciales abiertas en Valladolid (que a día de hoy conforman diez ubicaciones) en un espacio único situado en la zona central de la ciudad”. Para cumplir con estas determinaciones se propone un programa constructivo de más de 32.000 metros cuadrados donde se ubicarían todas las sedes judiciales.

Estas mismas premisas también se han utilizado en otras ciudades, como el caso de Madrid, y hoy están en cuarentena para una buena parte de los expertos urbanísticos y, en general, de la población. Desde el punto de vista de esta Asociación, los parámetros que deben inspirar esta operación son totalmente diferentes: en primer lugar, mantenimiento, para uso judicial, de todos los edificios que se encuentran en uso y son propiedad de la administración de Justicia (su estructura interna se concibió para dar satisfacción a ese uso o, con el paso del tiempo, se han acomodado al mismo); y, en segundo lugar, completar con nuevas edificaciones los espacios destinados a la administración de justicia que estén alquilados y que no reúnan las características adecuadas para sus fines.

También se justifica la propuesta en la “necesidad de centralización de las sedes judiciales”. Así la Memoria señala como razón funcional: “la necesidad de un espacio en el centro de la ciudad para dar respuesta a las necesidades de la Administración de Justicia, por el grave problema de dispersión de sus sedes del que adolece desde hace años. Y hacerlo desde un punto de vista racional, planificado, ajustando las necesidades a los recursos que ya existen en la ciudad, y eficiente en el actual marco coyuntural de sostenibilidad, donde ha de primar el ahorro en el gasto tanto en la implantación como en el posterior mantenimiento de los nuevos espacios edificados”. Ya se han realizado diversas propuestas en los últimos años que, frente a la centralización, abogaban por mantener los espacios judiciales existentes y construir únicamente nuevos edificios para complementar dichos espacios.

No podemos olvidar que el urbanismo y la arquitectura sostenibles, pasan, en primera instancia por mantener en el uso más adecuado, las edificaciones existentes y acotar drásticamente los derribos y las nuevas edificaciones ya que, evidentemente, se consume más energía en los procesos y se utiliza una mayor cantidad de materiales.

2. La propuesta de ordenación urbanística de la zona destinada a las nuevas edificaciones de la “Ciudad de la Justicia” se asienta sobre dos parcelas, la que se denomina EQ70/1 (antiguo hospital Río-Hortega en parcela de 6.663 m2 segregada de la finca matriz) y EQ70/2 (antiguo colegio El Salvador en parcela de 5.082 m2). Así se determina, con grandilocuencia y precisión en la propia Memoria: “Esta modificación plantea ordenar en suelo urbano no consolidado un nuevo Sistema General, el EQ70 (EQ70/1 y EQ 70/2) con uso global de Equipamiento (Institucional y/o Administrativo) dándole la ordenación detallada y las pautas de ordenación necesarias que posibiliten la construcción de un Equipamiento General Público que permita la ubicación de este gran equipamiento (Campus de la Justicia)” (la negrita es nuestra).

La primera de las parcelas se segrega de una finca de 25.356 m2 y, de esa forma, se permite el mantenimiento del edificio del viejo hospital sin prever, desde el urbanismo sostenible y rehabilitador, ningún uso futuro alternativo. Ello a pesar de que en la Memoria se hace una mención a la nueva “Ley de Regeneración y Rehabilitación Urbanas” donde se señala que hay que prestar atención a “núcleos urbanos existentes, planificando actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, con especial atención a los espacios urbanos vulnerables, a la recuperación de los espacios vacíos insertos en la trama urbana y a la rehabilitación y reutilización de los inmuebles abandonados (Colegio El Salvador, cerrado desde 2003) o infrautilizados (antiguo Hospital Pío del Río Hortega trasladado a su nueva ubicación en 2009”.

Más bien, y dado que el único objetivo es la construcción del “gran equipamiento de la Ciudad de la Justicia” se saca el edificio del Hospital fuera del ámbito de actuación, se obvia el debate social que ya ha existido sobre usos futuros de ese edificio y, desde nuestro punto de vista, se proponen determinaciones urbanísticas que dificultarán sus usos futuros. En ese debate social ha habido diversas propuestas (Comisiones Obreras de Sanidad, Asociación de Vecinos Rondilla) que han incidido en su uso asistencial destinado a la tercera edad que, actualmente, tiene carencias muy elevadas en nuestra ciudad.

En la propuesta de modificación se dibuja un “viario local de acceso” (lógicamente a la Ciudad de la Justicia) de 4.193,04 m2 que circunvala totalmente el edificio del hospital y se permite la ubicación de una nueva edificación en el frente que da a la calle Cardenal Torquemada con unas condiciones de edificabilidad y altura (B+VI) que afectan decisivamente al edificio y que, además no se corresponden en absoluto con el entorno (principalmente con las edificaciones del Instituto Zorrilla que se encuentran al otro lado de la calle). Ambas determinaciones inciden de forma negativa en posibles usos futuros de ese edificio. También la propuesta muestra cierto desprecio sobre el acceso a las instalaciones sanitarias complementarias al viejo hospital que apenas se consideran en la Memoria, a pesar de que, en la actualidad, se encuentran en pleno uso.

Para justificar lo que, desde nuestro punto de vista, es innecesario e injustificable se carga en la Memoria sobre las “razones de interés social” que justifican la modificación: “es primordial evitar la degradación de un espacio histórico de primer orden, emblemático y representativo de la ciudad, siendo necesario volver a dar uso tanto a la parcela de El Salvador (colegio cerrado desde 2003) como a la del antiguo Hospital (infrautilizado con un uso provisional desde 2008)”. No es un espacio degradado, es un espacio con dos edificios sin uso donde hay que abrir un debate social para lograr su utilización más racional y donde el urbanismo debe acompañar, con sus determinaciones ese debate.

Así lo hace el Plan General Vigente donde se indica, para la parcela del Hospital, que “en el caso de mantenimiento del edificio el resto (de la parcela) debe considerarse espacio libre” y “se conservará el arbolado de la franja que configura el borde sur de la parcela”. Por cierto, en la modificación propuesta no existe determinación normativa clara que obligue al mantenimiento del arbolado existente (que, en bastantes casos, es de porte) tanto en la parcela de El Salvador como en la del Hospital. Más bien las prescripciones urbanísticas permiten la práctica eliminación de la mayor parte del arbolado existente.

En el caso de la parcela del colegio de “El Salvador” también se permiten unas condiciones de edificación totalmente desmesuradas: una altura de B+IV y 2,50 m2/m2 de edificabilidad que afectan de forma importante a los predios colindantes. Todo parece indicar que lo que se pretende con la nueva ordenación es la demolición de la construcción existente y su sustitución por nuevas edificaciones. Todo ello en un espacio de gran importancia histórica y monumental como es la Plaza de San Pablo.

3. La propuesta de modificación permite la utilización de prácticamente todos los espacios como “posibles aparcamientos bajo rasante”. Si se materializan todas las posibilidades adjudicadas, la zona podría atraer gran cantidad de vehículos privados perdiendo, de esa forma, una de las ventajas que tendría la construcción de equipamientos judiciales en una zona con buenas posibilidades de acceso en transporte público. Hay expertos que abogan por limitar drásticamente la construcción de aparcamientos junto a los equipamientos para canalizar, hacia el transporte público, los desplazamientos.

El coste económico de la operación se presenta diluido en el conjunto de la misma. Pero los aprovechamientos urbanísticos tienen valor. La Memoria lo señala con claridad: “Adscripción de este nuevo Sistema General de Equipamientos EQ70 (EQ70/1 delimitado sobre la parcela libre del antiguo Hospital Pío del Río Hortega) y EQ 70/2 (antiguo colegio El Salvador) al nuevo Ámbito de Planeamiento Específico APE 63 “Nuevo Hospital” (objeto de esta modificación de PGOU) a efectos de su posible obtención, teniendo en cuenta que parte del APE 63 es suelo municipal, lo que permitiría de una forma sencilla asignar los aprovechamientos que les correspondan a los titulares privados de las parcelas destinadas a Sistemas Generales (como El Salvador) en el citado ámbito de acuerdo con el artículo 83.1.g) del RUCyL”. Es una forma razonable de obtener suelo para un equipamiento concreto pero, de ninguna manera, puede manejarse la idea de que “no tendrá coste alguno para los ciudadanos”. También parece desmesurado el mantenimiento de la propuesta del anterior equipo de gobierno municipal de otorgar la máxima edificabilidad permitida (1m2/m2) en los terrenos del Zambrana que mereció una “llamada de atención de los servicios urbanísticos de la Junta de Castilla y León por falta de concordancia con la correspondiente a las zonas limítrofes”.

Atendiendo a todas estas consideraciones, y sin atender en esta fase del procedimiento urbanístico a razones de legalidad, realizamos las siguientes

PROPUESTAS:

1. Que se determine claramente el mantenimiento de las instalaciones judiciales existentes en edificios propiedad de la Administración de Justicia y que se encuentren en el entorno de la Plaza de San Pablo.

2. Que se decida claramente el mantenimiento del edificio del colegio de El Salvador y se rehabilite, si se considera necesario, para el uso de instalación judicial. Que, en el caso de que dicho edificio no sea suficiente para albergar las nuevas instalaciones judiciales estrictamente necesarias, pueda acometerse en la misma parcela del colegio otra edificación complementaria en condiciones más razonables de alturas y edificación que las propuestas en la Memoria sometida a información pública.

3. Que se proteja el arbolado existente y se mantenga en cualquier caso.

4. Que se fije el carácter de Espacios Libres Públicos a los que rodean el edificio actual del Pío del Río-Hortega y que se elimine la posibilidad de construcción de “aparcamientos bajo rasante” que se permiten en la Memoria de la modificación.

5. Que, en caso de proceder a la modificación urbanística de los terrenos del Zambrana, se disminuyan tanto la edificabilidad máxima permitida como el número de viviendas.

Fdo.: xxx
Ecologistas en Acción de Valladolid