URBANISMO  Y  ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

                                                                                                                                                                                               CONSEJERÍA DE  MEDIOAMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA .- DELEGACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA

 

JOSÉ GARCÍA MARTÍNEZ, mayor de edad, vecino de Granada con D.N.I. nº 24.062.106, en calidad de Representante y Secretario de la Federación Provincial de Grupos de Ecologistas en Acción Granada, colectivo Legalizado y Registrado con el nº 18, Sección 2ª en el Registro Provincial de Asociaciones, C.I.F. G-18220947, con razón social en Calle Tórtola nº 32, 1º-A de Granada y a efectos de notificaciones en el Apartado de Correos 691, 18080 Granada. Tiene a bien dirigirse a éste organismo y como mejor proceda en DERECHO.

EXPONE:

Que en virtud del Expediente  914/2003 cuya Referencia: Prevención Ambiental/VGM se nos ha remitido por el organismo arriba indicado al objeto de que presentemos cuantas sugerencias y alegaciones estimemos oportunas al P.G.O.U. del Municipio de Alquife y en tiempo y forma venimos a presentar las siguientes:

ALEGACIONES Y SUGERENCIAS DE CARÁCTER GENERAL

PREAMBULO

Es indudable que desde la constitución de los primeros ayuntamientos democráticos, allá por el año 1979, y hasta las últimas elecciones locales, se han llevado a efecto en casi todas las localidades de Granada numerosas mejoras sociales, de servicios o patrimoniales; no obstante hemos podido comprobar con nuestra practica habitual y nuestra visita realizada a numerosos pueblos de nuestra provincia, la transformación negativa, que a nuestro parecer, muchos de ellos han sufrido; merced a la nula planificación urbanística y a la escasa atención e importancia que desde estas entidades locales se ha dado a la misma y a los valores culturales, urbanísticos o medioambientales; habiéndose producido la perdida de edificios históricos, el entubamiento y destrucción de acequias de alto valor etnológico, la desecación de zonas de humedales, la desaparición de numerosas edificaciones de arquitectura tradicional o popular, la tala de árboles centenarios, la contaminación o destrucción de los ríos a través del vertido de aguas residuales y la tala de la vegetación de rivera, la roturación de numerosos montes y por tanto la perdida de su manto vegetal y la consiguiente erosión de los terrenos afectados y un largo etc.. que sería interminable describir y que ha constituido un grave daño a nuestro Patrimonio Histórico y Natural.

En este orden de temas lo más significativo es, sin duda, la falta de respeto a la planificación urbanística; elaboración de planes que recalifican superficies que doblan o triplican lo actualmente urbanizado y la implantación sistemática de una arquitectura foránea de escasa calidad y belleza, produciéndose un estado caótico del urbanismo en la mayoría de nuestros pueblos y ciudades, llevando a estos/estas a una irreparable perdida de sus valores históricos y medioambientales y de sus señas de identidad como núcleos urbanos diferenciados y de singulares características.

Por otra parte, hemos asistido a una pobre incentivación desde las entidades locales y otras instituciones en la apertura de vías de participación ciudadana en todos los ámbitos y asuntos de la vida publica y sobre todo en todos aquellos temas relacionados con el urbanismo y el medioambiente, temas vitales para preservar los valores del pasado, y configurar el presente y futuro de nuestras ciudades y pueblos y su entorno, en definitiva el hábitat donde vivimos y que tenemos la obligación de legar a generaciones futuras, en mejor estado incluso que cuando lo recibimos ( según nuestra Carta Magna, a la que tanto se apela en otras temas de la actualidad )

 

PROPUESTAS GENERALES

PRIMERA.- Fomentar una ordenación del territorio de calidad, que evite los desastres urbanísticos del pasado, especialmente en los centros de nuestras ciudades y pueblos y el no declarar zonas agrícolas de gran calidad como zonas urbanizables.

SEGUNDA.- La realización de un urbanismo racional y equilibrado y el crecimiento de nuestros pueblos en relación con su población y sus necesidades evitando la realización de núcleos urbanos fuera del ámbito de éstos ya que conlleva una conurbación que propicia la degradación del medio físico y natural. La recuperación y potenciación de nuestra arquitectura popular y de los elementos y materiales autóctonos que la conforman y de sus singulares características, que además de configurar un hábitat ecológico y de mayor calidad, revitalizaría la belleza de nuestros pueblos y su economía.

TERCERA.- Recuperación, Preservación y potenciación de todo el Patrimonio histórico, natural y cultural, tanto civil, como industrial, etnológico, arqueológico, hidráulico, etc.. y su difusión a través de todos los canales de comunicación posibles, prensa, radio, televisión, revistas, libros, videos, CD-ROM, etc.. ya que la mejor defensa y valoración del mismo será aquella que se haga con su profundo conocimiento, sirviendo además para acrecentar un mayor nivel cultural de nuestros conciudadanos.

CUARTA.- La realización de un catálogo de aquellos bienes que son las señas de identidad de su población y, por ello, un referente cultural de primera magnitud. Las NN.SS. deberían abordar una serie de catálogos como el de los bienes inmuebles de interés, obras civiles, religiosas, agrarias de valor histórico o etnológico, así como molinos, tarjeas, acueductos, acequias, catalogo de arboles centenarios, fuentes del municipio, etc..

QUINTA.- Uso de tipologías urbanísticas adaptadas a las tradicionales de la zona. Las tipologías urbanísticas que se utilicen deberán estar perfectamente adaptadas a la construcción tradicional existente en la zona, sin que en ningún momento supongan un impacto visual, urbanístico o cultural negativo.

Por tanto, proponemos el redactar unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico en todos aquellos pueblos y anejos de éstos que no la tuvieren y establecer en éstas y en la NN.SS. ya existentes la carta de colores y acabados, debiéndose recoger en las mismas toda una serie de directrices, como la redacción de un documento donde se reflejen los colores originales de las edificaciones antiguas y de los colores aplicables a las nuevas construcciones y en cuanto a la carta de acabados debe de recoger entre otros los siguientes criterios:

A)    Obras de nueva Planta. En este apartado se contemplaría el tratamiento de los elementos externos de los edificios como:

-         Revestimientos de fachada.

-         Huecos

-         Alturas, volúmenes, vuelos.

-         Aleros y balcones.

-         Carpintería de madera.

-         Cerrajería de forja.

-         Letreros comerciales, etc..

B)     Restauración y Rehabilitación.- la parte B es la más difícil de elaborar y habría que recurrir a técnicos especializados, pues consistiría en la recopilación del uso de los materiales, sistemas constructivos tradicionales y técnicas de restauración, tanto de forma gráfica como escrita, referida a las siguientes etapas:  Islámica – Renacentista y Barroca.  ( Siglos XIX y XX ).

Igualmente y basándonos en los altos costes energéticos de las estandarizadas construcciones actuales ( entre un 30% a 40% de la energía total que se gasta en el Planeta ) y a los altos costes medioambientales que esto conlleva y al agotamiento progresivo de las materias primas energéticas. Proponemos que los criterios que se sigan en la construcción de nuevas viviendas sean los parámetros que se siguen en  las construcciones bioclimáticas y los de arquitectura integrada.

SEXTA.- Ordenar la movilidad dentro de nuestros cascos urbanos, restringiendo la utilización del vehículo privado, que crea graves problemas de sanidad pública y degrada la calidad de vida de todos los ciudadanos, apostamos por pequeños contenedores para quitar los vehículos de las calles así como otros aparcamientos en superficie alrededor y periféricos a los núcleos urbanos que sirvan para dejar los vehículos de los visitantes, éstos aparcamientos deberán de realizarse con criterios de integración en la zona, bien con vegetación u otros elementos, con lo que se conseguiría unos pueblos peatonales y libres de coches. Debiendo regularse los ruidos.

SEPTIMA.- Respeto y fomento de la zonas de Vega y huertas, que en muchos lugares envuelven nuestros municipios, ellas dan calidad paisajística y territorial, son un recurso estratégico en tiempos difíciles, son un patrimonio cultural y agrario, por ello desde los Ayuntamientos debemos fomentar la distribución de sus productos naturales y de calidad y con marchamo propio de la zona.

OCTAVA.- Fomento de las zonas verdes y de arboleda ( que no deben ser un adorno en el espacio urbano sino esencialmente configurador del mismo) tanto en calles y plazas como en caminos, vías pecuarias y carreteras del municipio, frenar la desertización y promover la cultura del árbol es una tarea de toda la sociedad.

NOVENA.- La realización del ciclo integral del agua en nuestros pueblos a través de la implantación de las correspondientes depuradoras de aguas residuales para dar un tratamiento limpio y adecuado a estos residuos, a través de alguno de los sistemas de bajo coste ambiental ya experimentados por la Dirección General de Obras Hidráulicas.

DECIMA.-  Concentración de las infraestructuras de actividades industriales e implicitamiento de un plan de amortiguación paisajística.

UNDECIMA.- En virtud de que los Ayuntamientos son los entes del Estado que han asumido y prestan la mayoría de los servicios públicos en sus ciudades o pueblos, la financiación de los mismos debe venir por la vía de las Comunidades Autonómicas y del Estado y por tanto las plusvalías resarcidas a los municipios a través de las actividades urbanísticas deberían de ir destinadas a la creación de un fondo comunitario público para distribuir estos medios económicos de forma equitativa entre los municipios más necesitados.

DUODECIMA.- Para ir consiguiendo los objetivos marcados en todas las propuestas reseñadas, los Ayuntamientos tienen que convertirse en autenticas escuelas de democracia, para ello debe facilitarse y fomentarse la participación ciudadana en todas las decisiones y especialmente dar la máxima transparencia en las informaciones públicas de los planes y proyectos y en las solicitudes de petición de información sobre documentación que esté en los archivos municipales. Así como abriendo foros de participación ciudadana en torno a todos los temas urbanísticos, patrimoniales y ambientales que se susciten n el municipio.

DECIMOTERCERA.- Es necesario el reciclaje continuo de los Alcaldes y Concejales de los Municipios de la Provincia de Granada de las actuales y venideras corporaciones municipales, por lo que proponemos la realización por los mismos de Cursos intensivos en materias como la Planificación Territorial y Urbanismo, El desarrollo sostenible,  Patrimonio Histórico artístico y Natural, Planes de Desarrollo Integral y en definitivas de todas aquellas materias que tengan incidencia sobre el medio ambiente y su entorno.

                                                                                                                                                                ALEGACIONES PUNTUALES

DECIMOCUARTA.- El documento de Diagnóstico menciona los elevados porcentajes de municipios que tienen pendientes elevadas en su territorio, y para nada menciona la normativa urbanística la necesidad de realizar estudios geológicos obligatorios, máxime cuando se trata de garantizar la seguridad de las construcciones y de prevenir riesgos naturales.

DECIMOQUINTA.-No se menciona la disponibilidad de agua potable en cada municipio. Debe indicarse para cada municipio la reserva de agua, su volumen, su disponibilidad, si garantiza el suministro de la población habitual y en su caso la flotante en épocas concretas del año, y para la población futura tras el plausible crecimiento urbano. Este  dato tan fundamental va a determinar la viabilidad de los futuros desarrollos urbanos, concretamente la población debe tener garantizada la cantidad de 350litros/habitante/día. Falta por determinarse esta información en esta NNSSP.

DECIMOSEXTA.-No se mencionan las medidas que cada municipio debe aplicar para el control de aguas residuales (de la población o de la industria), ni se establece la necesidad de instalación de depuradoras de agua. No queda garantizada la salubridad de las aguas superficiales y en su caso las subterráneas si se producen filtraciones.

DECIMOSEPTIMA.-Se mencionan construcciones por crecimiento urbano en las márgenes de la red fluvial y se mencionan riesgos de inundaciones por desbordamiento de ríos, arroyos o barrancos. Por contra ni se mencionan las zonas de policía en general, ni las zonas de policía en concreto de cada municipio, ni se concreta en la normativa urbanística de estas NNSSP una protección de dicha zona de policía, ni se establecen en ellas limitaciones urbanísticas. Tampoco se menciona el trámite a seguir respecto a la Confederación Hidrográfica que corresponda y Delegación de Medio Ambiente, cuando se pretenda alguna actuación urbanística en dichas zonas de policía.

DECIMOOCTAVA.-Las NNSSP deben recoger la red de acequias de estos municipios, y no lo hacen. Asimismo deben establecerse medidas protectoras para las mismas dada su importancia para mantener la vega y por ende el paisaje.

DECIMONOVENA.-En la documentación consultada se menciona la necesidad de proteger las vías pecuarias, pero no se establece su trazado para cada uno de los municipios y debería aparecer al igual que su enumeración, y situación actual. Idéntico tratamiento necesitan los abrevaderos, descansaderos y majadas.

VIGESIMA.-En la documentación consultada no se hace alusión a los caminos rurales o vecinales, ni a las veredas, que en su mayoría discurren por suelo no urbanizable.  Son elementos de gran interés que representan en muchos casos vías alternativas de comunicación, o dan acceso a los campos de secano o de vega para su siembra. En cualquier caso tanto los caminos como las veredas representan una parte de la historia de cada pueblo, factor a tener en cuenta en la realidad actual de cada municipio. En estas NNSSP deben mencionarse, enumerarse, trazarse y protegerse.

VIGESIMOPRIMERA.-En cuanto a la existencia de arboledas, árboles singulares, bosques. No se establece un censo de los mismos ni se determina una protección para ellos. Tampoco se menciona la flora y fauna propios de cada zona, ni la protección que requieren.

VIGESIMOSEGUNDA.-Uno de los objetivos de estas NNSSP según la memoria justificativa es “ regular los actos de urbanización y edificación dentro del ámbito de aplicación, así como su incidencia en el medio físico y entorno, y elaborar una normativa de carácter general que garantice la protección y conservación del patrimonio natural y cultural de la provincia”.  Entendemos que este objetivo no se cumple en cuanto a los tipos de edificaciones que estas NNSSP contemplan en suelo no urbanizable. En líneas generales resultan ser los mismos que para  suelo urbano, por lo que nos preguntamos ¿ qué diferencia un suelo urbano de un suelo no urbanizable ¿.  Respecto de este planteamiento proponemos las mismas medidas que hacemos en la siguiente sugerencia y alegación.

VIGESIMOTERCERA.- Las instalaciones Turísticas nunca deberán ser de nueva planta en suelo no urbanizable. Deberá existir un catalogo de construcciones ya existentes que puedan ser destinadas a estos fines, siempre y cuando no la apertura de nuevos viales ni se intente el asfaltado de los mismos. Con estas y otras medidas se evitaría la proliferación desordenada de estas instalaciones y sus previsibles consecuencias como la creación de nuevos núcleos urbanos o la conurbación del territorio. Asimismo los camping deberán ubicarse en suelo urbano y no deberá evitarse la urbanización posterior de los mismos.

VIGESIMOCUARTA.- Las instalaciones destinadas a tratamientos de residuos, deberán ser ubicadas exclusivamente en los polígonos industriales  y con todas las garantías sanitarias y ambientales.

VIGÉSIMOQUINTA.- Las pequeñas instalaciones dedicadas a la actividad industrial, agrícola o almacenes, deberán ubicarse en un núcleo conjunto, donde además se realizarán con las características de implicación con las de su clase y del entorno, evitando los impactos visuales y paisajísticos que se producen en los actuales polígonos industriales, deberán de instalarse arboleda tanto en sus calles como en todo el entorno del Polígono. Asimismo aquellas que por su carácter artesanal o de  transformación que no afecten o no tengan incidencia sobre la población contigua se podrá ubicar en los mismos núcleos urbanos donde se tratarán como si fueran edificaciones de su mismo entorno, esto ya se ha llevado a efecto y como ejemplo en el pueblo gaditano de Grazalema.

VIGESIMOSEXTA.- Las edificaciones de titularidad y uso público, no por el hecho de serlo estarán permitidas en suelo urbanizable, pues el carácter público de las mismas no le otorga patente de corso para ubicarlas en suelo no urbanizable, su ubicación debe ser en suelo urbano y únicamente se autorizarán la que por sus características no sean compatibles en suelo urbano.

VIGESIMOSEPTIMA.- En cuanto a las infraestructuras interurbanas deberán extremarse los cuidados con las repercusiones a nivel paisajístico y ambiental.

VIGESIMOOCTAVA.- En la documentación consultada no se hace alusión a la disciplina urbanística, ni a la apertura de expedientes disciplinarios, ni a la existencia de construcciones que se hayan de derribar por no cumplir las Normativas y leyes Urbanísticas, por tanto entendemos que deben de ponerse los medios humanos y técnicos para llevar a efecto y como consideración indispensable la disciplina urbanística en todos sus ámbitos de aplicación  y con los postulados  de asesoramiento, control, seguimiento, participación ciudadana y en el término final de la misma la de la sanción y demolición en todos aquellos casos de los incumplimientos antes mencionados y los que afecten al urbanismo, la planificación del territorial, al medio natural y al Patrimonio Histórico Artístico, etnologico. Monumental, etc..

 

ALEGACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

VIGESIMONOVENA .- Ecologistas en Acción viene mostrando su  preocupación por los derroteros que están tomando los planes urbanísticos de muchos municipios andaluces. Los Ayuntamientos están optando por desarrollos urbanísticos duros y desmesurados, con el falso argumento de que ofertando una gran cantidad de suelo urbanizable y flexibilizando las normas de construcción se abaratará la vivienda y se eliminará la especulación. En realidad lo que se hace es institucionalizar la especulación. Se intentan convertir multitud de municipios  en centros de segundas residencias, a veces en base a construcciones de bloques, urbanizaciones, y a chalets y unifamiliares adosados o pareados, que nada tienen que ver con la tipología tradicional de los pueblos, lo que está ocasionado un grave impacto sobre el patrimonio natural, cultural y paisajístico.

Hasta la entrada en vigor de la Ley 7/94 de Protección Ambiental de Andalucía, la misión de la Consejería de Medio Ambiente con respecto al planeamiento urbanístico era la emisión de los informes preceptivos en aquellas materias de su competencia. Así, los informes de la Ley Forestal, de Vías Pecuarias, de servidumbre de protección de costas, espacios naturales protegidos, etc. se limitaban lógicamente a detectar aquellas determinaciones del planeamiento que contradecían algún artículo de la legislación aplicable. Todo lo que no fuera en contra de dicha legislación, gustara o no gustara, no era posible intervenir.

Desde la entrada en vigor de la mencionada Ley 7/94 se inicia una novedosa experiencia con enormes posibilidades: la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) de los planes urbanísticos. La experiencia de estos siete años no es muy satisfactoria, pues la Consejería de Medio Ambiente viene entendiendo este proceso de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del planeamiento urbanístico como un sumatorio o en un paquete que integra los distintos informe sectoriales, determinando si se adaptan o no a las distintas legislaciones ambientales. Las DIA así entendidas no aportan absolutamente nada a lo que ya existía. Las DIA permiten unas posibilidades de análisis, propuestas y determinaciones muy superiores a los meros informes de legalidad. Y no se están aprovechando. Hay que entrar no solo en cuestiones de legalidad, eso es evidente, sino también en cuestiones de oportunidad.

El alcance de la evaluación de impacto ambiental del planeamiento urbanístico

La Consejería de Medio Ambiente viene manteniendo una visión reduccionista de los procesos de EIA de los planes urbanísticos, ya que intentan ceñirse "exclusivamente a los aspectos ambientales", sin entender estos aspectos en su sentido amplio, tal y como estipula la legislación vigente. La normativa legal aclara suficientemente el objetivo y alcance de la EIA. Así el Real Decreto Legislativo 1302/1986 prescribe que la EIA tendrán los siguientes contenidos:

-         Descripción general del proyecto y exigencia previsibles en el tiempo en relación con la utilización del suelo y de otros recursos naturales.

-         Evaluación de los efectos previsibles directos e indirectos del proyecto sobre la población, la fauna, la flora, el suelo, los factores climáticos, el paisaje y los bienes materiales, incluido el patrimonio histórico-artístico y el arqueológico.

-         Medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos ambientales negativos significativos. Posibles alternativas existentes a las condiciones inicialmente previstas del proyecto.

La Ley de Protección Ambiental de Andalucía (Ley 7/1994), estipula en su Art. 13 que "la Evaluación del Impacto Ambiental de los planes y programas, a que se refiere la presente ley, recogerá expresamente sus efectos globales y las consecuencias de sus opciones estratégicas...".

Es decir, no se trata sólo de incluir meras medidas correctoras a las propuestas de los Ayuntamientos -que es lo que viene haciendo la CMA-, sino de evaluar las consecuencias ambientales de la totalidad del planeamiento, incluidos aspectos "urbanos" de los que suele huir esa Consejería. Además, en las DIA se están evaluando las repercusiones ambientales de propuestas y proyectos que infringen claramente la legalidad, cuando lo que contradice a la normativa evidentemente no puede ser objeto de evaluación, es ilegal y punto. No se puede admitir y por tanto hay que desestimarlo.

Las opciones estratégicas de las normas de planeamiento urbanístico están lógicamente sujetas a la EIA, sobre todo en lo que se refiere a sus consecuencias negativas sobre el suelo, el paisaje y el patrimonio histórico, esto es, sobre la tipología y trama urbana tradicional. La evaluación de este impacto puede llevar a proponer medidas de reducir, compensar e, incluso, eliminar actuaciones que pongan en peligro estos valores naturales y culturales. La C.M.A se suele centrar en aspectos naturalísticos, presencia de zonas forestales, especies protegidas...-, existencia de vías pecuarias y ríos, o en garantizar el cumplimiento de  las normativas existentes en los espacios naturales protegidos. Parece que el resto no tiene impacto ambiental: ni los crecimientos urbanísticos propuestos, ni el consumo de recursos que conllevará (agua, energía, suelo...),  ni la tipología de las construcciones, ni las infraestructuras propuestas... El actual modelo de desarrollo urbanístico, en los pueblos, en el litoral y en espacios naturales protegidos, es depredador e insostenible, pues está destruyendo su principal recurso no renovable: el paisaje, que a su vez es su mayor atractivo turístico. Urge por tanto incluir la protección del paisaje entre las prioridades de la EIA.

 El territorio necesita de una planificación estratégica a medio y largo plazo, abarcando ámbitos territoriales supramunicipales, evaluando la capacidad de carga, detectando el nivel de saturación y reversibilidad del territorio, y ajustando las actuaciones a las características y grado de vulnerabilidad.

 Así mismo, entendemos imprescindible establecer como requisito previo para la revisión o modificación de los planeamientos urbanísticos, la realización de una auditoría externa que compruebe el grado de cumplimiento del planeamiento existente y sus consecuencias. No se puede acometer una redacción o revisión de un PGMO o NNSS sin que exista un análisis pormenorizado del nivel de cumplimiento del anterior, de las causas de los incumplimientos, o de las repercusiones territoriales y ambientales de las actuaciones acometidas. Es inadmisible la actual dinámica de aprobación de planeamientos con D.I.A positivas, que posteriormente se incumplen sin que existan medios de intervención de la administración ambiental para controlar la ejecución de las determinaciones de las D.I.A.

Hay que estipular medidas legales para garantizar el cumplimiento de la ordenación de suelos propuesta y de su normativa. Es frecuente que un municipio haya permitido la proliferación de urbanizaciones o invernaderos ilegales, y ahora propone su legalización y nuevas recalificaciones sin incluir medidas que garanticen que no se volverán a repetir estas situaciones, que originan un enorme impacto ambiental. La indisciplina urbanística es un cáncer que está destruyendo muchas de las zonas de mayor interés forestal, ambiental y paisajístico de Andalucía y condicionando el desarrollo urbanístico de nuestros municipios. Para nada vale evaluar el impacto ambiental de un PGMO o NNSS si después se realizan multitud de actuaciones al margen de la legalidad cuyo impacto ambiental -a veces de mayores consecuencias que las actuaciones previstas en estas normas- no se evalúan por la sencilla razón de que se realizan al margen de la legalidad.

Los Estudios de Impacto Ambiental y las D.I.A deben abordar el impacto del crecimiento y de la tipología urbana sobre el paisaje, incluyendo los siguientes aspectos:

-         Impacto de las propuestas de nuevas clasificaciones de suelo urbano y urbanizable, incluyendo el impacto de las tipología  constructiva. Este es el elemento básico a evaluar, pues el impacto ambiental de los PGMO y NNSS se debe en su mayor parte a las actuaciones en suelo urbano y urbanizable que se plantean en base a operaciones que incluyen grandes recalificaciones.

-         Realizar las EIA teniendo en cuenta las propuestas de otros municipios colindantes, pues a menudo se proyectan grandes recalificaciones para segundas residencias, usos hoteleros, polígonos industriales, o centros comerciales, que coinciden en su justificación y búsqueda de mercados. Hay que tender a realizar una evaluación global del planeamiento comarcal en base a los planes subregionales que está tramitando la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía.

-         Eficiencia energética: hay que evaluar los consumos energéticos de las ciudades, proponiendo actuaciones que reduzcan las demandas y aumenten la eficacia (actuaciones sobre el transporte, preinstalación de energía solar térmica obligatoria, peatonalización progresiva, carriles bicis obligatorios en nuevos desarrollos...)

-         Eficiencia en la gestión del agua: no se suele evaluar el nivel de eficiencia en la gestión de agua de un municipio ni el aumento de consumo que se va a producir debido a las nuevas propuestas del planeamiento urbanístico. Debe ser obligatorio la inclusión en el planeamiento de medidas de reducción del consumo de agua y optimización de su uso (porcentaje máximo de pérdidas en la red de abastecimiento, doble red de abastecimiento, reutilización de aguas depuradas para usos industriales y riegos, contadores individuales, tarifas que potencien el ahorro, equipos de saneamiento de bajo consumo...).

 

Déficits administrativos en la evaluación de impacto ambiental del planeamiento urbanístico

Las causas de esta visión reduccionista y de los defectos y deficiencias de las D.I.A. realizadas por la Consejería de Medio Ambiente son varias, pero las podemos resumir en los siguientes puntos:

1.      Las delegaciones provinciales no cuentan con personal adecuado para llevar a cabo las Declaraciones de Impacto Ambiental. En el mejor de los casos se dedica a una persona que hace lo que puede cuando se ve ante los tomos de un Plan General o Normas Subsidiarias, particularmente complejos en el caso de las grandes ciudades, que han necesitado equipos numerosos e interdisciplinarios para su redacción. Es preciso dotar a las delegaciones provinciales de los medios necesarios para una tarea tan importante y compleja.

2.      En relación con lo anterior, el lenguaje y la técnica urbanística es muy particular y es preciso un proceso importante de formación del personal que se encargue de evaluar el planeamiento urbanístico. Evaluar un PGOU o unas NN.SS. no es igual que hacerlo con un proyecto concreto bien sea una central térmica o una autovía. Y a esto es a lo que está acostumbrada la Consejería de Medio Ambiente.

3.      Sería conveniente la creación de un órgano colegiado y participativo encuadrado en la Consejería de Medio Ambiente que fuera el que diera el visto bueno a las D.I.A, y en el que participaran, al menos, técnicos de los distintos servicios y responsables de los espacios naturales protegidos cuando sean afectados.

4.      Como estamos viendo últimamente, las principales barbaridades ambientales que estamos padeciendo se fraguaron y “planificaron” hace muchos años. Estamos en un momento trascendental para que el mecanismo legal de EIA tenga sentido, pues son muchas las normas de planeamientos urbanístico que se están redactando o revisando Dejar decisiones que determinarán el futuro de estos municipios en manos de una persona más o menos preparada y/o concienciada, es mucho riesgo para los próximos diez o quince años en los que se irán viendo las consecuencias de lo que ahora están proponiendo Ayuntamientos y promotores urbanísticos. Es urgente por tanto la toma de decisiones.

 

Los límites del crecimiento

La evaluación del impacto ambiental de los planeamientos urbanísticos no se puede restringir a un análisis parcial de las propuestas realizadas por los distintos PGMO y NNSS, es imprescindible hacer una reflexión global sobre los límites del crecimiento urbanísticos y la capacidad de carga del territorio. Cuando en todos los ámbitos de la sociedad del siglo XXI se propone como base de cualquier actividad económica el desarrollo sostenible, el crecimiento urbanístico de los municipios andaluces se puede calificar como de totalmente insostenible. Muchos municipios están duplicando, triplicando o cuadruplicando  el suelo urbanizable cada década,  ¿dónde está el límite?.

Desde Ecologistas en Acción entendemos que los planteamientos urbanísticos que presiden estos planes súper desarrollistas están  basados en la asociación de desarrollo con crecimiento y nuevas recalificaciones, opción totalmente inviable e insostenible a medio y largo plazo. Es imprescindible realizar un estudio pormenorizado de la capacidad de carga de los distintos términos municipales, de las zonas del litoral y espacios naturales protegidos, en base a criterios de sostenibilidad medioambiental, social y económica. En muchos municipios del litoral esta capacidad de carga está más que superada.

Hay que evaluar de forma global el impacto de las ofertas de suelo para segundas residencias en los municipios andaluces. Hay que iniciar un proceso de restricción de nuevos desarrollos de segundas residencias, que generan tan sólo una actividad económica a corto plazo, ligado al sector de la construcción. Está demostrado que el turismo de segundas residencias genera grandes beneficios privados a corto plazo pero enormes servidumbres y costes a las arcas públicas a medio  y largo plazo. Además, este turismo residencial es un gran devorador de recursos naturales escasos, máxime en los parques naturales o en la estrecha y vulnerable franja del litoral, como son el suelo, agua, paisaje, bosques...

Estos crecimientos urbanísticos no se justifican por el crecimiento vegetativo de la población, prácticamente estancado, ni por una oferta turística sostenible. En buena parte es un crecimiento especulativo, acentuado en estos últimos años ante la necesidad de invertir dinero negro de distintas procedencias. De seguir este crecimiento desproporcionado e incontrolado, el colapso de los pueblos y ciudades y la proliferación de urbanizaciones fantasmas pueden traer gravísimas consecuencias en un futuro próximo. Esto también hay que evaluarlo en los EIA.

Hay que frenar las ofertas de segundas residencias, restringiendo las nuevas ofertas de suelo a las de primera residencia. Hay que promocionar un turismo de alojamientos, en contrapartida del residencial existente en la actualidad. Estas medidas las vienen realizando ya algunos municipios, como el de Almonte, que ha aprobado una Carta para el Desarrollo Sostenible, en la que se compromete a no recalificar más terrenos para segundas residencias, y a la recalificación de suelos residenciales a hotelero, liberando parte de estos suelos como espacios libres.

 Esta es la opción que defendemos desde Ecologistas en Acción: eliminar las recalificaciones ligadas a ofertas de segundas residencias, restringir las recalificaciones espacialmente, ligándolas a usos exclusivos hoteleros, que generan más empleo y valor añadido por metro construido y que garantizan un uso temporal más dilatado, y recalificar suelos actualmente declarados urbanizables de uso residencial a hotelero, liberando un mínimo del 50% de estos suelos como espacios libres.

En zonas saturadas urbanísticamente hay que empezar a contemplar medidas de restauración del tejido urbano y del paisaje, como ejemplo proponemos:

-         El esponjamiento del territorio, procediendo a la demolición de los edificios más impactantes en para rescatarlos como espacios libres de uso público.

-         Desclasificación de sectores no desarrollados de suelo urbanizable para clasificarlos como suelo no urbanizable protegido, proceso del que existen experiencias, como la de Calvía (Mallorca), con sentencias judiciales que ratifican que no procede indemnización cuando este proceso responde al interés general.

-         Programación de ritmos de licencias de construcción, con la limitación de un máximo anual en relación con el parque de viviendas existentes.

Estos son los tipos de propuestas que hay que incluir en las Evaluaciones de Impacto Ambiental para minimizar los impactos de los crecimientos urbanísticos y garantizar un desarrollo sostenible del turismo y una mejor calidad de vida en nuestros pueblos y ciudades.

 

Los objetivos del planeamiento urbanístico:

Las Bases de la Agenda  21 de Andalucía realiza una serie de propuestas que entendemos deben regir las opciones estratégicas de los planeamientos urbanísticos en los municipios andaluces, sobre todo en zonas litorales con fuerte presión especulativa y alta incidencia del sector turístico:

1.      La limitación de los crecimientos urbanísticos teniendo en cuenta las capacidades de carga del territorio y las expectativas de desarrollo sostenible de cada espacio concreto, anteponiendo el interés colectivo por encima del interés individual.

2.      La revisión de la normativa sobre instrumentos de planeamiento urbanístico incorporarán criterios ambientales y que incluyan medidas que minimicen el consumo de energía, prioricen la peatonalización y el uso de las bicicletas y del transporte público, eliminen el uso de productos tóxicos o contaminantes en la construcción, reduzcan el consumo de agua y potencien la reutilización y el reciclaje.

3.      La promoción de políticas activas de prevención y control de la contaminación acústica.

4.      La mejora y protección del entorno natural y paisajístico de las ciudades, mediante la declaración de parques periurbanos y paisajes protegidos, la recuperación de suelos contaminados, así como la adecuada planificación de los usos del suelo que evite la proliferación y abusos de parcelaciones.

5.      La preservación y recuperación de espacios intersticiales de la ciudad (setos, lindes, riberas...), así como de pasillos ecológicos, que permitan mantener los hábitats de las especies silvestres de la flora y la fauna.

6.      La coordinación institucional y colaboración con las autoridades locales desde su planificación ambiental hacia la sostenibilidad.

7.      La elaboración de Agendas 21  locales con la participación activa de todos los ciudadanos y organizaciones sociales, económicas y ecologistas y la adopción de sistemas de gestión ambiental por los Ayuntamientos.

8.      La compatibilidad de los usos con su equilibrio ecológico, evitando aquellos de carácter agresivo.

9.      El uso de los medios normativos así como el diseño de nuevos instrumentos de este tipo para evitar la degradación de los pueblos y ciudades.

10.  La promoción de planes de regeneración de áreas degradadas.

11.  La apuesta por un turismo  de calidad ligado a un urbanismo integrado en el medio, haciendo primar las instalaciones de impacto reversibles.

12.  La evaluación de la capacidad de carga turística de los pueblos  y de los espacios naturales protegidos, teniendo en cuenta la conservación del patrimonio natural, cultural histórico y la realidad social.

13.  La revisión del marco normativo mediante la introducción de incentivos o penalizaciones para las instalaciones turísticas en función de su grado de respeto por el medio ambiente, así como la posibilidad de introducir nuevas figuras fiscales que potencien un turismo sostenible.

14.  Estos objetivos y criterios ayudarán a garantizar un desarrollo sostenible de los municipios, criterios muy distantes de la dinámica de crecimiento insostenible que consagran los planeamientos que vienen siendo informados favorablemente por la Consejería de Medio Ambiente y aprobados por la Consejería de Obras Públicas y Transporte.

En virtud de lo expuesto y a tenor del documento del  Estudio de Impacto Ambiental de las NN.SSP. podemos deducir las carestías que a grosso modo observamos en el mismo y que se pueden resumir en los siguientes puntos:

·        No se hace un análisis del grado de cumplimiento del  Planeamiento Urbanístico y de su desarrollo de los Municipios afectados por las NN.S.SP.

·        No contempla los limites de crecimiento urbanísticos y el grado de carga máxima que cada núcleo territorial  o de su entorno y de lo que puede soportar.

·        No contempla los impactos ambientales, paisajísticos y territoriales en las incidencias de las actuaciones urbanísticas  o topológicas sobre el territorio y su entorno.

·        Y no aporta medidas correctoras sobre los posibles impactos medioambientales en la actuaciones que se pretenden.

·        No incluye medida alguna de minimización y reciclaje de residuos ni de ahorro energético.

·        No se incluye relación o norma alguna de catalogación y protección de manantiales, acequias, fuentes, Cortijos, Batanes, Molinos, simas, grutas, o lo relacionado con el Patrimonio Hidráulico, Industrial, Etnológico .etc..

·        Por lo que esperamos se  tengan en cuenta en las NN:SSP. y en el E.I.A. las alegaciones y sugerencias  expuestas por entender que vienen a garantizar la conservación del valioso patrimonio natural, paisajístico, arquitectónico y etnológico de los municipios de la provincia de Granada  y se eliminen  de las mismas aquellas actuaciones o normativas que tengan efectos negativos, directos o indirectos, sobre la población, la fauna, la flora, el suelo, los factores climáticos, el paisaje y los bienes materiales, incluido el patrimonio histórico-artístico y el arqueológico. Y se elabore un EIA que incluya una rigurosa evaluación del Impacto Ambiental de la totalidad de las propuestas que se realizan en las NN.SSP. , con los criterios que contempla la legislación vigente.

TRIGESIMA.- La necesidad de tomar otro rumbo en materia urbanística y medioambiental no solo en el municipio de Alquife sino en toda la Comarca de esta importante y singular zona del Marquesado, nos lleva a la conclusión de que ni en los Documentos de las NN.SS. de éste Municipio ni en el E.I.A. que nos ha remitido esa Consejería aparece un análisis exhaustivo de la situación real tanto urbanística, territorial o medioambiental, pues a nuestro entender se obvia las continuas intervenciones que se vienen sucediendo que agreden enormemente y en algunos casos de forma irreversible el ámbito territorial, ambiental y paisajístico de esta comarca y su entorno, nos referimos: Movimientos de tierras ilegales, proliferación de canteras en zonas de altísimo valor medioambiental y de invernaderos en diferentes zonas y cauces hidráulicos,  vertidos de aguas residuales sin depurar, crecimientos urbanísticos desarticulados con el entorno, implantación de topologías constructivas foráneas, abandono del patrimonio etnológico, falta de catalogación de del Patrimonio histórico y natural, y una larga serie de agresiones de todo tipo, que sería necesario analizar para así poder proponer toda una serie de medidas con las que mejorar y enriquecer los altos valores que esta comarca posee. Asimismo no se ve por ningún sitio en los documentos que obran en nuestro poder medidas tendentes a conseguir ahorros energéticos, bien a través de la implantación de energías renovables no impactantes o bien de la articulación de una arquitectura de calidad e integrada en su entorno y que tenga en cuenta las condiciones geomorfológicas y climáticas y paisajísticas  de este territorio. Por tanto proponemos que  se deben de seguir toda una serie de directrices tendente a convertir no solo el Municipio de Alquife de Granada sino también los demás municipios que integran esta Comarca, en MUNICIPIOS ECOLOGICOS .

 

TRIGESIMOPRIMERA.- En la misma línea que la propuesta anterior es necesario la puesta en marcha y realización de una AGENDA 21 DE DESARROLLO LOCAL, no solo como método de estudio, análisis y propuestas para un desarrollo integral y respetuoso con el medioambiente sino para la participación de los habitantes de esta comarca y la integración de todos ellos en todos los aspectos; culturales, sociales, económicos, etc..

 

 

SUGERENCIAS Y ALEGACIONES ESPECIFICAS AL P.G.O.U. DE ALQUIFE

Como sugerencias a la breve memoria--técnica remitida sobre el  Avance del  P.G. O. U. de  Alquife hacemos las siguientes:

TRIGESIMOSEGUNDA.-Reconsiderar la ubicación propuesta para el polígono industrial y concentrarlo en la zona cercana al  poblado minero. Nos parece esta ubicación mejor, pues dispondría de las ventajas de proximidad a la línea férrea electrificada y a la subestación eléctrica que abastecía a la mina. En  el lugar propuesto, Fuente Santa, crear una zona verde aprovechando que existe un manantial y permitiendo así el esparcimiento de los usuarios de la residencia de la tercera edad.

TRIGESIMOTERCERA.- Reconsiderar la realización de un vial de acceso al casco antiguo del Cerro, a causa de la inestabilidad geológica y del peligro de deterioro de la fisonomía actual. Esto no significaría la no intervención, restauración, adecentamiento,  limpieza y ajardinamiento de los viales existentes y la rehabilitación de las casas que podrían ser incluidas dentro de la oferta turística de la comarca, sobre todo, si  se planificara crear accesos peatonales hacia  las ruinas del Castillo y la construcción de  un mirador y  la creación de un gran espacio verde  en las zonas de escombrera de la mina aledañas al Cerro.

TRIGESIMOCUARTA.- Dotar al barrio de Begoña de un cinturón verde y crear un parque entre Begoña, el cementerio y la carretera.

TRIGÉSIMOQUINTA.-Realizar el citado plan especial que contemple tanto la explotación minera como el poblado minero y sus accesos, reflejando en dicho plan actuaciones de restauración paisajística, de documentación, interpretación y arqueología industrial y de respeto a la tipología de las construcciones del poblado minero. La construcción de una depuradora de aguas residuales y la eliminación de  los actuales vertederos ilegales ubicados en los terrenos de las minas.

TRIGESIMOSEXTA.- Catalogación  y puesta en valor de todos los  elementos singulares no relacionados con la minería . Eras, balsas, acequias, molinos, caminos rurales, etc. .

TRIGESIMOSEPTIMA.- Hacer prioritaria la protección del  Acuífero del Marquesado, que tiene un peligro claro de contaminación en la cantera de la Mina de Alquife; alertar a las Administraciones competentes del peligro de desbordamiento de la Rambla de Lanteira y de contaminación por residuos industriales procedentes de los antiguos talleres de la mina. Proteger el perímetro de la cantera para evitar accidentes por desprendimientos.

Para ilustrar y enriquecer estas sugerencias y alegaciones especificas al PGOU de Alquife adjuntamos y reenviamos el Plano de situación que nos fue enviado, donde hacemos las anotaciones que reflejan la localización de las sugerencias y también adjuntamos texto del manifiesto por la Defensa del Patrimonio Histórico y Geológico-minero de Alquife que fue suscrito por treinta personalidades de la Universidad de Granada.

En Granada a Dos de Julio del Año 2.003