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El Centro Palestino de Derechos Humanos de Gaza rechaza el pacto para poner fin al cerco a la Basílica de la Natividad en Belén

Centro Palestino de Derechos Humanos, Gaza, comunicado 69/2002, 11 de mayo de 2002
Traducción CSCAweb (www.nodo50.org/csca), 13-05-02

"El pacto profundiza la conspiración internacional de silencio respecto a las prácticas israelíes y permite que Israel, lamentablemente en cooperación con la comunidad internacional, actúe como un Estado al margen de la ley"

Arafat, entre dos popes de la Iglesia Ortodoxa, durante su visita a la Basílica de la Natividad en Belén el 13 de mayo

El Centro Palestino de Derechos Humanos (CPDH) de Gaza condena el pacto palestino-israelí inspirado por Europa mediante el cual 39 palestinos que permanecían asediados en la Basílica de la Natividad [en Belén] han sido ilegalmente deportados con el fin de poner término al cerco israelí que ha durado casi cuarenta días. El CPDH afirma que el traslado involuntario de personas (transfer) protegidas bajo las Convenciones de Ginebra constituye un Crimen de Guerra.

Según lo que ha trascendido públicamente sobre el pacto y su ejecución el viernes, 10 de mayo de 2002, todos los palestinos que se habían albergado en la Basílica de la Natividad fueron trasladados a una base militar de las fuerzas de ocupación israelíes cercana a Belén para ser sometidos a interrogatorio por oficiales de la seguridad israelí. Después, y según lo pactado, 13 de ellos fueron conducidos al aeropuerto israelí de Ben Gurión para ser deportados en un avión militar británico hasta Chipre, donde permanecerán temporalmente hasta que se haya alcanzado un acuerdo sobre los países que les recibirán. Además, 26 palestinos fueron transportados en vehículos a la Franja de Gaza tras haber sido golpeados y humillados por las fuerzas de ocupación israelíes. Los deportados no tuvieron oportunidad de entrar en contacto con sus familias antes de su deportación. Los otros palestinos y clérigos encerrados en la Iglesia, más de 80 personas, fueron puestos en libertad para que regresasen a sus casas.

Mientras la comunidad internacional da la bienvenida al pacto y muestra acuerdo en su conclusión, el CPDH expresa su consternación por tal intervención internacional ya que constituye en su esencia una gravísima violación de el Derecho Humanitario. El CPDH confirma que una vez más se ha dado primacía a las consideraciones políticas por encima de la legalidad internacional, a expensas de civiles palestinos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario.

La deportación individual o en masa de población protegida, desde un territorio ocupado, está definida como una grave violación, a saber, Crimen de Guerra, bajo la IV Convención de Ginebra de 1949, Artículo 147, y por el Primer Protocolo Adicional a las Convenciones de Ginebra. El CPDH confirma asimismo que el Artículo 8 de la IV Convención de Ginebra estipula que "las personas protegidas no pueden hacer renuncia bajo ningún concepto, en parte o en su totalidad, y bajo ninguna circunstancia, a los derechos que tienen garantizados por la presente Convención (...)", anulando con ello cualquier acuerdo de los concernidos.

A la luz de lo anteriormente expuesto:

1. El CPDH reclama el envío de una comisión de investigación internacional e independiente para que investigue el cerco de uno de los más santos lugares del mundo, la Basílica de la Natividad, y otras potenciales violaciones del Derecho Internacional Humanitario y los derechos humanos, incluido el asesinato de civiles que fueron asediados en la Iglesia.

2. El CPDH afirma que la deportación de palestinos que están protegidos por la IV Convención de Ginebra de 1949 constituye una grave violación de la Convención, a saber, Crimen de Guerra.

3. El CPDH enfatiza que la aceptación palestina o individual de la deportación no legaliza tal medida ilegal.

4. El CPDH condena y denuncia la posición de aquellos estados que han ayudado o participado para alcanzar el mencionado pacto en violación de la legislación internacional.

5. El CPDH hace un llamamiento para que los países que reciban a estos deportados palestinos garanticen su seguridad sin vulnerar su estatuto legal y que trabajen para su retorno a su país.

6. El CPDH, en cooperación con otras partes internacionales, estará atento a la cuestión de los deportados palestinos en los países donde sean recibidos por si tales países pudieran en ese caso violar el Derecho Internacional Humanitario.

7. El CPDH considera que el pacto profundiza la conspiración internacional de silencio respecto a las prácticas israelíes y permite que Israel, lamentablemente en cooperación con la comunidad internacional, actúe como un Estado al margen de la ley.



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