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El Supremo cierra definitivamente la causa contra Israel por la matanza de 14 civiles

La justicia española no investigará el ataque israelí a Gaza

El Supremo confirma el archivo de la causa

El Tribunal Supremo confirma el archivo de la querella, acordado por la Audiencia Nacional, contra el Gobierno de Israel por el bombardeo en el que murieron 14 civiles y un líder de Hamás

Agencias, Pedro Jiménez. El País, Cadena Ser, Europa Press 13 de abril de 2010

tanque atacando

El Tribunal Supremo ha dado carpetazo definitivo a la causa contra el ex ministro israelí de Defensa, Benjamín Ben Eliezer, y otros seis cargos militares por un ataque en la franja de Gaza en el que murieron un líder de Hamás y 14 civiles palestinos. El alto tribunal ha rechazado los recursos presentados contra el archivo de la causa y da la razón al juez de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, que abrió una investigación sobre la matanza en enero de 2009.
El caso llegó a los juzgados españoles de manos del Comité de Solidaridad con la Causa Árabe. El auto del juez Andreu imputa los presuntos delitos de genocidio y terrorismo a los militares israelíes, sospechosos de organizar el ataque. Según el principio de justicia universal, el juez se declaraba competente para investigar lo ocurrido, ante la inactividad del Gobierno israelí denunciada por la acusación. Siete meses después, el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia votó a favor del recurso presentado por la fiscalía que pedía el archivo del caso por considerar que el fiscal general militar y el Tribunal Supremo de Israel ya habían investigado los hechos.
El Comité de Solidaridad con la Causa Arabe y la Asociación Al-Quds de Solidaridad con los Pueblos del Mundo Arabe recurrieron la decisión, pero el Supremo ha inadmitido los recursos presentados porque la decisión de la Audiencia Nacional fue "fundada, razonada y en modo alguno vulneradora del derecho fundamental (a la tutela judicial efectiva) que invocan los recurrentes".
La Audiencia Nacional concluyó en julio del año pasado que el Estado israelí había realizado "una verdadera y real actuación", tanto administrativa como judicial, para indagar en estos hechos y primaba su autoridad en la investigación, frente a la española. Para el alto tribunal, se constata la existencia de una investigación militar del caso, que finalizó en archivo por la Fiscalía de Israel, aunque en la actualidad existe abierto un proceso penal.

La justicia española no investigará el ataque israelí a Gaza

El Tribunal Supremo confirma el archivo de la querella, acordado por la Audiencia Nacional, contra el Gobierno de Israel por el bombardeo en el que murieron 14 civiles y un líder de Hamás

Pedro Jiménez. Cadena Ser   13 de abril de 2010
El Tribunal Supremo rechaza investigar el bombardeo israelí en la franja de Gaza que en el año 2002 terminó con la vida de 14 civiles y un líder de Hamás. Los magistrados rechazan el recurso del Comité de Solidaridad con la causa Árabe.
http://www.cadenaser.com/espana/articulo/justicia-espanola-investigara-ataque-israeli-gaza/serpro/20100413csrcsrnac_6/Tes
La querella iba dirigida contra siete altos cargos políticos y militares de Israel. Inicialmente, el juez de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, se declaró competente para investigar los hechos pero la sala de lo penal vetó esa posibilidad.
El Alto Tribunal confirma aquella decisión. Los magistrados sostienen que Israel ya ha investigado lo ocurrido, con lo que "no se aprecia que exista una vulneración al derecho de la tutela judicial efectiva porque el recurrente ha encontrado una respuesta en cuanto al fondo del asunto, sin perjuicio de la legítima discrepancia con la resolución"
Por ello, concluyen, que cuando la Audiencia Nacional archivó las diligencias "es palmario que ofreció una respuesta fundada, razonada y en modo alguno vulneradora del derecho fundamental invocado".

El Supremo confirma el archivo de la causa

España no investigará a siete militares israelíes por el ataque a Gaza de 2002
Europa Press , martes 13 de abril de 2010
la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de archivar la investigación en este órgano de la causa abierta por el juez Fernando Andreu contra siete responsables militares de Israel, entre ellos el ex ministro de Defensa Benjamin Ben-Eliezer, por un bombardeo perpetrado en la Franja de Gaza el 22 de julio de 2002 en el que murieron 14 civiles.
El auto rechaza el recurso de casación interpuesto contra este archivo por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe por considerar que la respuesta dada por la Audiencia Nacional a este asunto el 30 de junio del año pasado "fue fundada, razonada y en modo alguno vulneradora del derecho fundamental" que invocaban los recurrentes, que era el de la tutela judicial efectiva.
El Comité, que ejerció la acusación popular en la causa instruida y archivada por la Audiencia, argumentaba en su recurso ante el alto tribunal que en Israel, donde se archivó la causa tras una investigación militar, "no existe un sistema independiente judicial" y que el principio de jurisdicción universal es aplicable en este caso "si no se quiere premiar la impunidad".
No obstante, la resolución del Supremo hace suyos los argumentos de la Audiencia Nacional en relación con la investigación por Israel de la acción militar llevada a cabo en la noche del 22 de julio de 2002 contra la casa de Salah Shehadeh, dirigente de Hamas, y aplica en este caso la ausencia de carácter absoluto del principio de jurisdicción universal.
Subraya además el auto, del que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, la existencia de una investigación militar de campo, con resultados remitidos al Fiscal General Militar israelí así como la de querellas recibidas por el Ministerio Público de aquel pais que finalizaron con el archivo de la causa.
Recuerda asimismo el Supremo que "en la actualidad pende proceso penal" por el 'caso Shehadeh', y que las partes consistieron la creación de una Comisión independiente de investigación de los hechos, que lleva a cabo su cometido bajo revisión judicial de sus decisiones. Se concluye por tanto que "ha habido real y verdadera actuación para comprobar una posible comisión delictiva, y existe litis pendencia", por lo que la jurisdicción española no es competente.
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, órgano jerárquico superior a los jueces de instrucción, admitió el pasado 30 de junio el recurso de apelación presentado por la Fiscalía, que solicitó el archivo definitivo de las diligencias abiertas por el instructor.
La decisión fue avalada por 14 votos a favor y cuatro en contra, los de los magistrados Ramón Saez Valcárcel, José Ricardo de Prada, Clara Bayarri y Manuela Fernandez Prado, que emitieron un voto particular discrepante. La mayoría argumentó que la Justicia israelí tenía preferencia sobre la española.