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Los defensores de las víctimas del ataque en Gaza solicitarán al Tribunal Supremo que se acepte su demanda por crímenes de guerra y contra la Humanidad contra altos cargos del estado israelí

Los demandantes del caso de Gaza, tras la decisión del Pleno de la Audiencia Nacional solicitando su archivo, solicitarán al Tribunal Supremo que se acepte la demanda y que se investiguen los hechos referidos a la demanda inicial y, además, en el auto de casación solicitarán su ampliación con aspectos que afectan a intereses españoles.

CSCA

Los demandantes del caso de Gaza, tras la decisión del Pleno de la Audiencia Nacional solicitando su archivo, solicitarán al Tribunal Supremo que se acepte la demanda y que se investiguen los hechos referidos a la demanda inicial y, además, en el auto de casación solicitarán su ampliación con aspectos que afectan a intereses españoles.
 
Una vez conocido el auto de la Audiencia Nacional (apoyado por los magistrados Javier Gómez Bermúdez, Alfonso Guevara Marcos, Fernando García Nicolás, Ángela María Murillo Bordallo, Guillermo Ruiz Polanco, Ángel Hurtado Adrián, Teresa Palacios Criado, Carmen Paloma González Pastor, Ángeles Barreiro Avellaneda, Javier Martínez Lázaro, Julio de Diego López, Juan Francisco Martel Rivero, Nicolás Poveda Peñas y Enrique López López) y los votos particulares contrarios a la misma de los magistrados, Manuela Fernández Prado, José Ricardo de Prada Solaesa, Clara Eugenia Bayarri García y Ramón Sáez Varcárcel, en el que se solicita su archivo, y que se publica a continuación, la acusación popular señala:
1. El auto hace suyo y se adelanta en su puesta legal a las restricciones de la aplicación de la jurisdicción universal.
2. El auto acepta y hace suyos los argumentos israelíes de que se ha investigado y se sigue investigando el caso y, además, más grave que la justicia israelí responde y aplica las leyes internacionales y el respeto a los derechos humanos y es independiente al Estado ocupante israelí y sus normas de ocupación, aceptando por ejemplo la expresión 'territorio hostil' para Gaza y no la expresión aceptada jurídicamente de territorio palestino ocupado o el asesinato extrajudicial o la lógica israelí de que los daños colaterales justifican los fines.
3. Valora positivamente los votos particulares de los magistrados porque invierten la lógica mayoritaria de la Audiencia y resaltan la vigencia de la ley de jurisdicción universal y los crímenes graves y por lo tanto sujetos a investigación que han provocado la demanda.
4. Las acusaciones han formulado y presentado el escrito para ejercer su derecho al recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Están pendientes de entregar el recurso cuando el Tribunal Supremo disponga.
5. En el recurso previsto -y adelantándose a la posible modificación de la ley que restringiría la ley de jurisdicción universal realizada por el Gobierno y apoyada por diversos partidos conservadores, como el PSOE y el PP, estimulada en su día por el Ministro Moratinos en conversación con su entonces homóloga israelí Livni cuando fue aceptada inicialmente la demanda por el Juez Andreu- se va a plantear, además de las argumentaciones sobre vigencia de la ley de jurisdicción universal, la política judicial camufladora israelí  para evitar demandas jurídicas y su implicación en la política de ocupación israelí, una ampliación del caso que afectaría a intereses españoles no reparados.

Finalmente, declaran que las víctimas, su equipo legal y las acusaciones han colocado su confianza en el sistema judicial español, por ser el único mecanismo para perseguir la responsabilidad de quienes ordenaron los crímenes y asi combatir la impunidad. Hasta el momento, ni el Estado Israel ni los individuos acusados de cometer crímenes de guerra han sido llevados antes a un tribunal y procesados conforme a normas internacionales legales.

La ley internacional codifica explícitamente la protección para los individuos y poblaciones civiles. Sin embargo, para que dicha ley sea relevante debe hacerse cumplir. Mientras se permitan a Estados e individuos violar la ley internacional, cometer crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad con impunidad, ellos seguirán haciendolo.
La ley internacional de derechos humanos está diseñada para proteger al individuo del abuso de poder Estatal. La justicia debe permanecer ajena a los intereses de estado.

No se puede ser cómplice de aquellos Estados que son acusados de violar las leyes internacionales o que protegen a presuntos criminales de guerra.