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Por el bien de los valores, de la justicia, por una convivencia basada en el derecho

Gonzalo Boyé, abogado. Acusador particular, junto con un grupo de abogados, contra determinados funcionarios israelíes en una demanda interpuesta en la Audiencia Nacional española, por crímenes de lesa humanidad, cometidos en el año 2002, por un bombardeo en Gaza

Creo que este procedimiento penal no puede ni debe ser interpretado como un ataque al Estado de Israel sino como un apoyo a la consolidación de los valores democráticos que impregnan o deben impregnar la sana convivencia entre diferentes comunidades; es un esfuerzo jurídico de muchos cuyo objetivo único es la persecución de crímenes gravísimos que, por circunstancias de todos conocidos, están quedando en la más absoluta impunidad y, qué duda cabe, la impunidad es el mejor camino para el rencor permanente y el envalentonamiento de los violentos

CSCA

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A pesar del malestar inicial que puede haber causado la querella que hemos interpuesto en contra de una serie de mandos israelíes, considero importante que, una vez serenados los ánimos, se realice un análisis más en profundidad sobre las causas reales de dicho procedimiento y que no son otras que la búsqueda de la verdad, de justicia y de reparación para las víctimas así como la asunción de responsabilidades por parte de quienes aparezcan como culpables de tan atroces hechos como única vía para la reconciliación entre autores y víctimas.

Creo que este procedimiento penal no puede ni debe ser interpretado como un ataque al Estado de Israel sino como un apoyo a la consolidación de los valores democráticos que impregnan o deben impregnar la sana convivencia entre diferentes comunidades; es un esfuerzo jurídico de muchos cuyo objetivo único es la persecución de crímenes gravísimos que, por circunstancias de todos conocidos, están quedando en la más absoluta impunidad y, qué duda cabe, la impunidad es el mejor camino para el rencor permanente y el envalentonamiento de los violentos.

Si se ha acudido a la jurisdicción española es, simplemente, por la carencia de las necesarias instituciones judiciales y de los instrumentos jurídicos adecuados en el lugar de comisión de los hechos (Gaza) y por la denegación de justicia en el lugar de origen de los perpetradores (Israel); la Justicia Española ha actuado por obligación, es decir en directo cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por España pero, jamás, por afán de inmiscuirse allí donde no hemos sido llamados, en este caso lo hemos sido por obligación convencional.

Cuando han pasado más de 6 años desde la comisión de tan atroces crímenes de guerra, 14 asesinados y 150 heridos, es evidente que el estado de abanderamiento de los presuntos autores no tiene intención alguna de tutelar los derechos inalienables de las víctimas, debiéndose recordar que la justicia que tarda deja de ser justicia.

Es fundamental entender que esta querella penal se sigue a instancias de unas concretas víctimas, en contra de unos concretos responsables y por hechos también concretos; del resultado de este procedimiento los únicos beneficiados serán las víctimas, la justicia y, sobre todo los pueblos de Israel y Palestina que podrán comenzar a convivir en paz dentro del marco de las normas jurídicas que gobiernan la convivencia entre estados y pueblos.