Precisiones de la PGR

Señora directora: El día 29 apareció firmada por Karina Avilés una nota titulada "Denuncian los Cerezo Contreras vigilancia y amenazas de muerte". Ahí se alude a las declaraciones de Emiliana Cerezo Contreras, quien entre otras cosas afirma "que su casa es vigilada por una cámara de video, además, de que su familia ha recibido cuatro amenazas de muerte... (y) que las autoridades federales se han valido de "trampas" para evadir la recomendación de la CIDH".

Que "el plazo para que el gobierno cumpliera la recomendación de la CIDH venció el 25 de enero, y sin embargo ella y su otro hermano, Francisco, tuvieron en sus manos un citatorio en la misma fecha en que el plazo había vencido. En el citatorio, la UEDO los llamaba para notificarles de las medidas de protección que había decidido tomar para su integridad física".

La nota constata la declaración de la misma persona en el sentido de que "la CIDH también establece que dichas medidas tienen que ser acordadas entre quienes las piden y quienes las otorgan".

Resulta oportuno, para mejor conocimiento de sus lectores y evitar cualquier tergiversación, asentar lo siguiente:

1) La CIDH solicitó al gobierno de México, el 10 de enero del año en curso, la adopción de medidas cautelares, otorgando para tal efecto 15 días; 2) El 12 de enero de 2002, el director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación trasmitió a la PGR la solicitud de dichas medidas para su correspondiente aceptación; 3) El 18 de enero la PGR, por conducto de la Coordinación General de Investigaciones "A" de la UEDO, emitió citatorio urgente a Emiliana y Francisco Cerezo para que comparecieran ante el Ministerio Público y proceder conjuntamente a la adopción de las medidas de protección; 4) El 21 de enero, el titular de la UEDO remitió al director general de Asuntos Jurídicos de Gobernación la formalización de la aceptación de las medidas cautelares, expidiendo copia a la SRE, que informaría de tal circunstancia a la CIDH.

En virtud de todo anterior, resulta necesario precisar que la CIDH no ha emitido recomendación alguna en contra del Estado mexicano, sino que sólo ha solicitado la adopción de medidas cautelares; que las medidas cautelares fueron aceptadas en tiempo y forma por la PGR en el plazo fijado por la CIDH.

En todo momento la Secretaría de Gobernación y la PGR han mantenido una permanente comunicación y coordinación para atender con seriedad y profesionalismo este caso. A la fecha, Emiliana y Francisco Cerezo no han comparecido ante el Ministerio Público a efecto de que la protección que, en primera instancia, haya de brindarles la PGR adopte las modalidades que de común acuerdo y ajustadas a derecho deba tener.

José Luis Santiago Vasconcelos, titular de la UEDO

http://www.jornada.unam.mx/2002/ene02/020130/correo.html