¡A POR EL DERECHO DE ACCESO EN RTVE!

JOSÉ MANUEL MARTÍN MEDEM. Para Codo a Codo
Febrero 2007.

La disposición transitoria sexta de la Ley de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal obliga a que "en el plazo de seis meses a partir de la constitución de la nueva Corporación de RTVE, el Consejo de Administración deberá elaborar un Reglamento del Derecho de Acceso que establezca las condiciones de solicitud, con respuesta obligatoria a las peticiones correspondientes".

La Constitución establece el Derecho de Acceso en su artículo 20: "La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España".

En el Estatuto de la Radio y la Televisión (1980) también se incluía la obligación de regular el Derecho de Acceso desde el Consejo de Administración de RTVE pero durante 25 años los gobiernos de la UCD, del PSOE y del PP se negaron a cumplir con el mandato constitucional.

Ahora, con la nueva ley, la aplicación del Derecho de Acceso depende de la beligerancia en su reclamación por parte de los representantes de IU y de CCOO en el Consejo de Administración de RTVE. Sólo desde IU y CCOO hemos reivindicado el Derecho de Acceso y ha llegado el momento de conseguirlo aunque los compañeros que nos representan necesitan mucha ayuda por el desconocimiento sobre sus nuevas funciones: IU eligió a quien nada sabe sobre RTVE y CCOO a un funcionario de su estructura confederal que tampoco conoce la complicada realidad de la radiotelevisión pública estatal.

La nueva ley con la que se ha reformado RTVE explica muy bien en su artículo 28 qué significa el Derecho de Acceso:

1. La Corporación RTVE asegurará en su programación la expresión de la pluralidad social, ideológica, política y cultural de la sociedad española.

2. El derecho de acceso a través de la Corporación RTVE se aplicará:

a) De manera global, mediante la participación de los grupos sociales y políticos significativos, como fuentes y portadores de información y opinión, en el conjunto de la programación de RTVE.

b) De manera directa, mediante espacios específicos en la radio y la televisión con formatos diversos, tiempos y horarios, fijados por el Consejo de Administración de la Corporación oído el Consejo Asesor y conforme a lo establecido en la legislación general audiovisual.

3. Las sociedades de la Corporación prestadoras del servicio público de radio y televisión garantizarán la disponibilidad de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de los espacios para el ejercicio del derecho de acceso.

Lo que quiere decir que, por ejemplo, los sindicatos, las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones de usuarios y consumidores tienen derecho a contar -¡a partir del próximo mes de junio!- con espacios en RNE y TVE donde deben facilitarles los medios necesarios para elaborar sus programas. Durante 25 años, el PSOE y el PP lo han impedido. Ahora hay que reclamarlo con el mayor rigor. Y esta vez, si pretenden bloquear de nuevo el Derecho de Acceso, IU y CCOO deben dirigirse directamente al Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo que acabe con la impunidad de quienes han secuestrado uno de los derechos fundamentales incluidos en nuestra Constitución.