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El Salvador: Los derechos humanos en el primer semestre de 2007 (II)

FMLN
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1 - X - 07

Ver: El Salvador: Los derechos humanos en el primer semestre de 2007 (I)
FMLN (18 - IX - 07)

 

II. Derechos Económicos, Sociales y Culturales

La ausencia de toda regulación del mercado y la dolarización de la economía han profundizado el empobrecimiento de amplios sectores de la población y el deterioro de la calidad de vida de importantes sectores de la llamada clase media.

17. El tratado de Libre Comercio

El primer año de vigencia del Tratado de Tratado de Libre comercio – TLC – nos deja un saldo negativo para la mayoría de la población salvadoreña.

El Ejecutivo sostiene que el TLC ha permitido el incremento del comercio entre los Estados Unidos y El Salvador. Sin embargo, expertos en economía han señalado que si incluimos en el análisis la maquila – como siempre se ha incluido – las exportaciones no sólo no han aumentado sino que han decrecido en un 2.5 %, mientras que las importaciones que vienen de Estados Unidos han aumentado en un 23 %.

Ciertos sectores informales de la economía, como los vendedores de CDs, DVDs y productos de marca, están padeciendo los costos penales del TLC. Es cierto que antes de la entrada en vigencia del TLC ya era un delito – piratería – la reproducción no autorizada de CDs y DVDs, por ejemplo, pero para mover la acción sancionadora del Estado se necesitaba que la parte agraviada denunciara el delito; ahora en cambio, una vez vigente el TLC y reformado el Código Penal, la acción pública contra ese delito es de oficio, de manera que la FGR actúa sin necesidad de que el agraviado lo denuncie.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió la demanda presentada por el FMLN sobre la inconstitucional del TLC. Las razones de inconstitucionalidad planteadas sobre las que la Sala se pronunciará son las siguientes:


1 el artículo 1.3.2 del TLC, que exige supeditar la integración centroamericana al TLC, por violar el art. 89 de la CN;

2 los artículos 3.14.1 y 3.14.2 del TLC, por prohibir los subsidios a la exportaciones agrícolas, ya que violan el art. 101 Cn, el cual exige que el orden económico debe responder a principios de justicia social;

3 los artículos 10.7.1, 10.7.1c y 10.72b del TLC, sobre la expropiación directa e indirecta y sobre la indemnización de la misma, por violar el artículo 106 Cn el cual establece excepciones en el pago de la indemnización; y por violar el art. 1 inciso 3 Cn por limitar la capacidad del Estado para asegurar el bienestar económico y la justicia social aun cuando ello pueda disminuir la expectativa de ganancia del inversionista;

4 el artículo 10.6. 2 del TLC, sobre el tratamiento en caso de contienda en las inversiones, porque viola el artículo 3 inciso 1 Cn en lo relativo al derecho de igualdad de todos los inversionistas del territorio salvadoreño, aun de los que no están amprados por el TLC;

5 los artículos 1.2.1. y 10.4.1 del TLC, sobre el trato nacional y trato de nación más favorecida, por violar el artículo 102 Cn que ordena al Estado fomentar y proteger la iniciativa privada, por lo cual puede existir tratamiento diferenciado entre empresas nacionales y extranjeras;

6 los artículos 10.17.1 del TLC, por no reconocer la capacidad del Estado para demandar en casos de arbitraje de controversia del inversionista contra el Estado, ya que viola el art. 146 Cn. que sostiene la capacidad del Estado de demandar en esos casos;

7 el art. 19.1.3.b. del TLC, por adjudicar a la administración del Tratado funciones de desgravación arancelario, con lo que se viola el artículo 131 numeral 6 Cn. según el cual dicha funciones son exclusivas de la Asamblea Legislativa;

8 el anexo 9.1.2b,i Secciones A,B y E del TLC, sobre contratación pública cubierta, por violar los artículos 145, 146 y 117 Cn. que obligan al Estado a garantizar activamente la seguridad jurídica, el bien común y el desarrollo sostenible;

9 el artículo 20.20 del TLC, sobre solución de controversias, por pretender imponer al Órgano Judicial las interpretaciones del TLC emitidas por la Comisión de Libre Comercio, con lo que limita la capacidad del Órgano Judicial para interpretar el TLC en los casos sometidos a su conocimiento, lo que viola los artículos 172 y 185 Cn.;

10 el artículo 16.2.1. a del TLC, relativo a la aplicación de la legislación laboral únicamente cuando se ve afectado el comercio, con lo que se viola el articulo 37 Cn. el cual establece que el trabajo es una función social, goza de la protección del Estado y no se considera articulo de comercio;

11 el capitulo 15 del TLC, referido a los derechos de propiedad intelectual, que exige la ratificación de tratados que posibilitan la privatización de microorganismos mediante patentes, con lo que se viola el art. 117 de la Cn el cual le exige al Estado proteger los recursos naturales, y por exigir a la Asamblea Legislativa, que ratifique tratados, entre otros aspectos.

18. Derecho a la Salud y a un Ambiente Sano

La Contaminación de Baterías Record
Los y las residentes en el Cantón Sitio del Niño, del Municipio de San Juan Opico, viven una tragedia humanitaria producida por la empresa de Baterías RECORD ante la falta de vigilancia y controles adecuados de parte del Estado. Esta empresa, que opera en el lugar desde hace 10 años, trae baterías viejas de diferentes países de Centro América, Colombia y Venezuela, para fundirlas en ese lugar.

La mayoría de los pobladores del lugar han sido afectados: padecen de mareos, nauseas, dolores de cabeza y problemas en las vías urinarias; por lo menos 16 familias están contaminadas con plomo. Los daños causados en la salud de varios niños son ya irreversibles y la contaminación se mantendrá por un largo tiempo aunque la empresa abandone ahora el lugar. Las personas afectadas son de escasos recursos y tienen que costearse con sus fondos los exámenes médicos correspondientes, debido a que los hospitales no cuentan con la medicina requerida, por ejemplo, para bajar el nivel de plomo acumulado en el organismo. La grave situación de la comunidad Sitio del Niño nos demuestra por un lado que la empresa no realizo un manejo responsable de sus contaminantes y por el otro lado que el Estado Salvadoreño no tiene la decisión política para controlar y sancionar a este tipo de empresarios y sus empresas.

Los pobladores se han manifestado exigiendo la clausura de la fábrica, su salida del perímetro de la comunidad y la indemnización para las victimas.

Es importante recordar que la empresa Baterías Record es propiedad familiar del ex ministro de Económica, Miguel Lacayo, quien mientras negociaba el TLC en nombre del Estado de El Salvador logró que el rubro de las baterías quedara fuera del ámbito del referido TLC.

La Salud Sexual y Reproductiva de las Mujeres
El objetivo No. 5 del Milenio se plantea mejorar la salud materna estableciendo metas de disminución del índice de mortalidad materna – como el número de defunciones de mujeres por causa materna por 100.000 nacidos vivos –; así en la Meta 6 se propone que la tasa de mortalidad materna del año 1990 sea reducida en un tercio para 2010 – a 105.3 en El Salvador – y en tres cuartas parte para 2015 – a 39.5 en El Salvador –.

Para cumplir con estas metas el país cuenta con un único hospital de maternidad que fue construido en 1953 y cuyas carencias son sustanciales. Si el Estado tomara en serio su compromiso con esta meta hubiera construido ya varios hospitales nuevos de maternidad y hubiera mejorado sustancialmente el existente.

Es lamentable que hace 4 años la Asamblea Legislativa aprobó un préstamo por 142.60 millones de dólares para la construcción y reconstrucción de 7 hospitales, entre ellos el de maternidad. Aunque una parte del Hospital de Maternidad había sido declarado “inhabitable”, el Ministro Maza ha decidido “reconstruirlo”, lo cual afectará seriamente la calidad de la prestación de los servicios de salud, sobre todo la atención de partos, en ese hospital; a pesar de ello la mayoría de las mujeres se verán forzadas a recurrir a esos servicios debido a que el sistema privado de salud no es alternativa para ellas, dado que en ese sistema el costo de un parto sin complicaciones oscila entre 500 y 800 dólares.

Adicionalmente, el hospital de maternidad carece de mamógrafo, un aparato fundamental para detectar el cáncer de mamas en forma oportuna. (ADPS. Marzo. 2007)

Siguen sin ser superados los males enquistados en el sistema público de salud: el desabastecimiento sistemático de medicamentos, la falta de insumos, la escasez de personal sanitario; y con un presupuesto insuficiente se condena al sistema a continuar padeciendo tales males en el futuro próximo. Todo ello viene a arrojar sobre la débil economía de la familias salvadoreñas una doble carga injusta y demoledora, ya que después de pagar debidamente sus impuestos al Estado, se ven obligados y chantajeados – ante la amenaza de no recibir los servicios requeridos – por el mismo Estado a destinar buena parte de sus escasos ingresos a pagar para poder recibir servicios de salud ya sea en instituciones privadas o públicas. La consecuencia última de esta situación es que el Estado no garantiza una atención pronta y de calidad a todos los ciudadanos

Derecho al Agua
Los pobladores del Municipio de Tacuba se tomaron, durante cinco días, siete kilómetros de la carretera que de Tacuba conduce a Ahuachapán, en protesta por la mala administración del proyecto comunitario de agua “Bendición de Dios”. La junta directiva que administra el proyecto no ha sido renovada durante 11 años y no ha dado informes a la comunidad sobre el proyecto. El día 22 de marzo de 2007 la Unidad de Mantenimiento del Orden – UMO – de la PNC dispersó a los pobladores manifestantes, entre los que se encontraban mujeres y ancianos, utilizando gases lacrimógenos.

Numerosas familias de San Salvador y de La Libertad se manifestaron para protestar porque el servicio de agua a sus hogares había sido interrumpido durante tres semanas, y para exigir al director de Anda que suministre de manera eficiente el servicio que mensualmente pagan. En el año 2005, el porcentaje de hogares sin acceso a una fuente mejorada de agua aumento a 14.5%.

 

19. Derecho a una Vivienda Digna

Las Mujeres ante los Desalojos Forzosos
La Comisión de Derechos Humanos, en su resolución 2002/49, párrafo 49, sobre “la igualdad de las mujeres en materia de propiedad, acceso y control, de la tierra y la igualdad de derechos a la propiedad y a una vivienda adecuada” afirma: “Con frecuencia, los desalojos forzosos tienen un repercusión mucho mayor sobre las mujeres debido a que éstas contribuyen al mantenimiento del hogar...y también debido a la percepción que tiene la mujer del hogar, la función que desempeña en él, su temor a perderlo y su miedo a vivir en la inseguridad. Las mujeres están expuestas a la violencia de género en los desalojos de los barrios de tugurios urbanos porque tienden a ser las principales acusadas, ya sea debido a su papel de administradoras del hogar, que a menudo hace que sean las únicas que están en casa en el momento en que se produce el desalojo, o debido a que son escogidas deliberadamente como objetivo por la comunidad. El Relator Especial señala que los desalojos forzosos que afectan a las mujeres, provocados por fuerzas externas...constituyen un tema común para los mandatos de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer y del Relator Especial sobre una vivienda adecuada“.

El día 7 de abril de 2006 más de 200 familias, entre las que se encontraba María Calles Ramos, que habitaban en los espacios de la línea férrea y que carecían de una vivienda digna, decidieron irse a vivir en unas casas deshabitadas de la Urbanización San Lorenzo. Esta Urbanización tenía más de 12 años de estar abandonada y como nadie la cuidaba sus casas estaban desmanteladas y cubiertas por la maleza. Los nuevos pobladores procedieron a instalar puertas, ventanas y servicios sanitarios, en aquellas casas de tipo mínimo, con dos dormitorios, un baño y un área de comedor; y subsistían realizando tareas precarias tales como recolectar latas y botellas, acarrear bultos, vender frutas y verduras, lavar y planchar; sus ingresos diarios oscilaban entre 1 y 1.50 de dólar con lo que se alimentaba toda la familia.

El día 28 de noviembre de 2006, a las 3 de la madrugada, todas estas familias fueron desalojadas de sus viviendas por un operativo sin precedentes de la PNC. Los agentes irrumpieron en la Urbanización con gorros navarone, portando fusiles y bazucas; sin mediar palabra ni mostrar orden de detención o desalojo, botaron puertas y penetraron a las viviendas amenazando, insultando y golpeando, a sus moradores; a todas las mujeres las trataron de prostitutas. De esta manera, botando la puerta, penetraron los agentes en la vivienda de María Calles Ramos, y de un fuerte empellón la arrojaron al suelo, en su casa encontraron una pistola de plástico de su hijo y la acusaron de que utilizar ese juguete para dedicarse a amenazar.

Maria Calles y sus compañeras fueron llevadas a un resguardo de la PNC en Santa Ana y fueron ubicadas en una celda en la que solamente unos barrotes las separaban de un grupo de jóvenes mareros a quienes algunos agentes de la PNC instigaban a amenazarlas y manosearlas. Los agentes de la PNC no les permitieron recibir comida ni medicina, mientras que a otras personas detenidas allí mismo si se les permitía. Después de varios días fueron trasladadas a las celdas en la que estaban los pandilleros, quienes defecaban en las mismas; las mujeres recibieron un trato inhumano, cruel y degradante.

Después de que María Calles fue puesta en libertad, un agente de la PNC continó amenazándola de muerte de manera sistemática. El día 26 de Enero de 2007, María Calles Ramos junto con dos mujeres más fueron detenidas por elementos de la PNC; estuvieron privadas de libertad 12 días, 9 de éstos en las bartolinas de la PNC en Santa Ana y 3 en Cárcel de Mujeres en San Salvador.

Podemos afirmar que se ha configurado en la PNC una práctica específica hacia las personas más humildes que pertenecen al movimiento social: mantenerlas en detención el mayor tiempo permitido antes de ser presentadas ante un juez, y someterlas en el lugar de detención a un trato inhumano, haciendo de la detención una lección de tortura y humillación, haciendo caso omiso del principio de presunción de inocencia. De esta manera cada vez más la PNC se toma le ley por su cuenta.

Las Comunidad La Cuchilla frente a los Grandes Intereses Comerciales
El día 15 de abril de 2007 fueron capturadas Ricarda Villanueva, de 43 años, y Maria del Tránsito Rivas, de 42 años, dirigentes ambas de la Comunidad marginal La Cuchilla. Se les acusa de estafar a miembros de la comunidad cobrándoles cuotas de agua y luz. Durante su detención en un puesto de la PNC de Santa Tecla Doña Ricarda sufrió humillaciones de parte de un agente quien le quiso prohibir incluso hablar sobre el caso.

El terreno en el que está asentada la Comunidad es propiedad del Estado. Las familias que habitan el lugar son de escasos recursos y la mayoría de ellas tiene más de 40 años de vivir en el lugar. Los miembros de la comunidad formaron una Directiva Comunal y nombraron Presidenta a Ricarda Villanueva. Debido al incumplimiento de sus obligaciones por parte de las autoridades de la Municipalidad de Antiguo Cuscatlán, la comunidad diseñó su propio plan para poder acceder a los servicios públicos de agua y luz: asignaron a un hogar que recibiría dichos servicios y los distribuiría a los demás, y la Junta Directiva cobraría las cuotas de consumo de cada familia para pagar entre todos el servicio recibido.

Por otro lado, la Comunidad La Cuchilla está ubicada frente al centro comercial Las Cascadas, en una zona actualmente de gran plusvalía. La Alcaldesa de Antiguo Cuscatlán afirma haberse comprometido a reubicar a las familias en otro lugar con el propósito de “proteger la zona verde” y “mantener un municipio limpio”; otros funcionarios aseguran que la comunidad marginal “aleja al turismo de la zona” y que “afea el lugar”.

Campesinos Defienden Propiedades del Estado
Estamos observando los intentos de algunas familias poderosas por recobrar tierras que les habían sido expropiadas o habían sido declaradas reserva forestal.

Los miembros de la cooperativa y comunidad de Boca Poza están enfrentado una proceso penal por usurpación de inmueble y una demanda en juicio civil ordinario reivindicatorio de parte de las sociedades Hotelera Internacional de El Salvador S.A. de C.V. y Sociedad Legal Consult S. A. de C. V., de las que la familia Girola es accionista. Los demandantes reclaman la propiedad de un inmueble que está bajo el dominio del Estado, el cual lo ha ejercido mediante la autorización que hace más de 30 años otorgó a los campesinos para la explotación de la propiedad.
Es inadmisible que la FGR no esté protegiendo la propiedad del Estado que ahora reclama la familia Guirola. En las investigaciones que hemos realizado hemos conocido de muchas propiedades del Estado no están debidamente registradas, lo cual las hace vulnerables.

20. El Mercado a la Libre Amenaza la Calidad de Vida

Las petroleras controlan el mercado a la libre y el Estado se muestra incapaz de regularlas. La población sigue experimentando el incremento desmedido en los precios de los combustibles porque un mercado a la libre de hidrocarburos, de carácter oligopólico, provoca el alza incontrolable de los precios, mientras el gobierno se empeña en mantener contra toda razón su política de fijación de precios mediante el sistema de paridad de importación y se inhibe de asumir la función reguladora que es parte esencial del régimen económico constitucional cuya base esencial es la función social.. De esta manera la población queda expuesta a la voluntad de las petroleras.

El consultor Meyering afirmó en la Asamblea Legislativa que efectivamente en el mercado de hidrocarburos del país no hay competencia en el mercado. La ministra de economía Yolanda de Gavidia considera por otra parte que publicar los precios de referencia confundiría a la gente debido a que “…no tenemos por ley la obligación de que se trasladen alzas y bajas al mercado. Ese solo un precio que monitoreamos internamente para ver si los precios guardan coherencia con el mercado internacional” (P. G. 29.1. 2007)

 

 

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