EL CENTRALISMO DEMOCRÁTICO, UNA VEZ MÁS: DE LA TEORÍA A LA PRÁCTICA

Antonio Martín (Colectivo Comunista 27 de Septiembre)

Quizá el centralismo democrático es el principio organizativo más importante para un partido comunista. Estando como estamos inmersos en un proceso unitario con otras organizaciones marxista-leninistas, en el seno del CEOC, y que ha de desembocar en la construcción del Partido Marxista-Leninista inexistente hoy en España, el cómo va a ser la organización del futuro partido, su funcionamiento, es algo que nos ha preocupado constantemente a los militantes del CC 27-S. Desde el instante mismo en que nos constituimos como Organización, en septiembre de 1994, dimos al centralismo democrático la máxima importancia; por eso se la damos también a los pasos que se puedan ir dando ya en la unificación organizativa y de funcionamiento de las organizaciones del CEOC antes de la celebración del Congreso de Constitución. El cómo se va forjando la unidad entre las organizaciones del CEOC; la forma de funcionamiento del CEOC como tal, de su Comisión Permanente y de su Comisión Estatal, son un reflejo de lo que serán el futuro partido y sus órganos de dirección.

En la II Conferencia del CEOC quedó claro que el funcionamiento y organización del partido que queremos construir deberán basarse en el centralismo democrático, leninista (y no en el centralismo burgués), que en la práctica se resume en:

1.- Carácter electivo de todos los organismos de dirección, de abajo arriba.

2.- Rendición periódica de cuentas por los organismos del partido ante sus organizaciones y ante los organismos superiores.

3.- Disciplina rigurosa y subordinación de la minoría a la mayoría.

4.-Obligatoriedad absoluta de las decisiones de los organismos superiores para los inferiores.

Estas cuatro reglas, que resumen el centralismo democrático, han de verse firmemente relacionadas entre sí; cada una es complemento de las otras y ha de ser obligación de todo militante, sea cual fuere su lugar u organismo de militancia, velar por su cumplimiento cabal. El problema es cómo pasar de la teoría a la práctica; cómo llevar a la práctica esas cuatro reglas.

A nadie se le escapa que centralismo y democracia son conceptos contradictorios y, aparentemente, incompatibles entre ellos, y los oportunistas de todo pelaje se esfuerzan por hacerlo ver así. A nadie se le escapa la dificultad de hacer compatibles ambos conceptos, que han de convivir en un difícil equilibrio. En la aplicación práctica del centralismo democrático no ha de primar ninguno de los dos aspectos; tan importante es el centralismo como lo es la democracia.

Amparándose en el centralismo democrático, se pueden dar desviaciones peligrosas. Abusando del sentido democrático, se puede caer en el hipercriticismo paralizante y convertir a la Organización “en un club de charlatanes”. Abusando del sentido centralista, se puede caer en el autoritarismo burocratizante y en la consiguiente degeneración burguesa y liquidación del partido m-l. De ahí la necesidad de que ambos conceptos vayan íntimamente unidos.

Vivimos en un régimen burgués. La ideología burguesa nos rodea, nos impregna y penetra en las filas del partido m-l. La vigilancia revolucionaria ha de ser permanente: de arriba abajo y de abajo arriba. Para que esa vigilancia sea posible y no quede solamente en mera palabrería para cubrir el expediente, hay que darla cauce práctico y este cauce ha de quedar garantizado de forma adecuada, en primer lugar, en los Estatutos del Partido.

Tenemos experiencias al respecto, como fue la liquidación del PCE (m-l); experiencias vividas por militantes veteranos del CC 27-S que ponen de manifiesto cómo el centralismo sin democracia favorece, e incluso engendra, el burocratismo. Ese centralismo sin la suficiente democracia, que contribuyó de forma determinante a la liquidación de un partido de trayectoria revolucionaria. En el caso de los países socialistas, ese mismo mal sustituyó dictadura del proletariado por la dictadura de los burócratas centralistas. El centralismo sin democracia hace imposible la necesaria vigilancia revolucionaria. Ese tipo de centralismo, burgués, antirrevolucionario, contrapuesto al centralismo democrático de Lenin, permite el control de arriba abajo pero no de abajo arriba.

Mas el centralismo democrático, no es algo rígido, pétreo; como todo principio ha de adaptarse a las circunstancias concretas. No puede aplicarse de la misma manera en una situación de abierta dictadura capitalista que en otra de democracia burguesa. No puede aplicarse en el año 2006, con la informática y la telefonía, lo mismo que en 1917 donde esas herramientas no existían, por poner algún ejemplo.

La noción de disciplina leninista, que exige la subordinación de la minoría a la mayoría y la obligatoriedad de las decisiones de los organismos superiores para los inferiores, toma su fuerza en que no es una disciplina ciega, sino asumida conscientemente, libremente, pues ella asegura la cohesión ideológica de los militantes y sus organismos. Esa disciplina férrea, rayana en lo militar que decía Stalin, y que es avalada por la experiencia de muchos años de lucha de los comunistas del mundo. Sin ella, la Organización se convierte en un cuerpo amorfo, incapacitado para dirigir la lucha de la clase obrera y el pueblo, y, como decía Lenin, se convierte “en un club de charlatanes”.

La subordinación de la minoría a la mayoría ha de guiar, en todo momento, la actividad del partido. Sólo cuando las decisiones de un órgano superior representan el sentir de la mayoría son decisiones legítimas, y sólo así es cuando cobra realmente sentido la obligatoriedad de esas decisiones para los inferiores; esa obligatoriedad sólo adquiere su verdadera dimensión en la medida que estas decisiones representan a la mayoría del partido.

En un partido comunista los organismos inferiores han de estar supeditados, en todo momento, a los superiores, y no al revés. Es decir, el Secretariado ha de estar supeditado al Comité Ejecutivo, éste al Comité Central y éste al Congreso.

¿Cómo puede hacerse posible, por ejemplo, la supeditación, en todo momento, del Secretariado al Comité Ejecutivo, de éste al Comité Central y de éste al conjunto de miembros del partido? No es un asunto sencillo de llevar a la práctica, pero es evidente que, para ello, es necesaria una adecuada intercomunicación que recorra todo el partido, de arriba abajo y de abajo arriba; que ponga en manos de todos los miembros del Comité Central (y no sólo del Secretariado y Comité Ejecutivo) la información suficiente que le permita tener todos los elementos de juicio necesarios para poder ejercer sus responsabilidades dirigentes.

El órgano supremo de dirección es el Congreso, que lo forman todos los militantes del partido, bien asistiendo directamente en su reunión o bien a través de camaradas elegidos democráticamente por sus compañeros y que les representan, en el más exacto sentido de esta palabra. En él se elabora la línea política, se ratifica o rectifica; se elige el Comité Central; se trazan las líneas generales tácticas a seguir, etc., etc. Una vez clausurado el Congreso, cada militante se incorpora a su célula u organización. ¿Esto significa que el Congreso ya no existe? ¿Que el conjunto de militantes del partido ya no existe? ¿Que la mayoría en el partido ya no la forman todos esos militantes? ¿Que el Comité Central puede actuar a su antojo?

El Congreso elige al Comité Central, que está formado por un reducido número de militantes, que es la autoridad máxima entre congresos y que ha de representar, en todo momento, a la voluntad mayoritaria del partido. El Comité Central elige, entre sus miembros, al Comité Ejecutivo y éste, también entre sus miembros, al Secretariado. Una vez terminadas las respectivas reuniones de esos órganos de dirección, sus miembros se incorporan a sus tareas, a sus responsabilidades, igual que ocurría con los asistentes a la reunión del Congreso. ¿Esto significa que una vez terminadas sus reuniones ya no existen el Comité Central, el Ejecutivo o el Secretariado? Sería absurdo pensar así; sería anticientífico y, por lo tanto, antimarxista. Los órganos del partido no existen sólo durante el tiempo en que están reunidos y ningún miembro de los tres órganos de dirección entre congresos pierde su calidad de dirigente entre reunión y reunión.

Es evidente que los miembros del Comité Central (entre los que están los del Comité Ejecutivo y el Secretariado) han de respetar, al igual que los demás miembros del partido, los cauces organizativos; que ellos no pueden hacer y deshacer según les plazca, o mantener reuniones no autorizadas, pero es evidente, también, que tienen la obligación de estar al tanto de la opinión de los militantes del partido, para hacer real la supeditación de la minoría de los miembros del partido a la mayoría, por lo que han de disponer de los instrumentos necesarios que les permita, en todo momento, conocer esa opinión, para así dirigir lo más acertadamente posible el trabajo del Comité Ejecutivo y del Secretariado. El dejar que sólo los miembros del Comité Ejecutivo o del Secretariado dispongan de esos instrumentos, es invertir la autoridad de los órganos superiores del partido; supondría una actitud ultracentralista que va reñida con el centralismo democrático y, por el contrario, es propia del centralismo burgués. Es el Comité Central quien ha de dirigir y controlar el trabajo del Comité Ejecutivo y el Secretariado y no al revés. Impedir a los miembros del Comité Central esa posibilidad de control dejaría en mera retórica, en mera palabrería, cualquier referencia al centralismo democrático. Invertir, en la práctica, la autoridad de estos organismos superiores, sería una manifestación de ultracentralismo, caldo de cultivo para el autoritarismo y el burocratismo que conducirían a la degeneración burguesa del partido y, más pronto o más tarde, por consiguiente, a su liquidación como partido m-l. Experiencias hay ¿De qué manera, por poner un ejemplo sencillo, se pueden poner de acuerdo la mitad, o más, de los miembros del Comité Central para ordenar al Comité Ejecutivo que convoque una reunión extraordinaria con un orden del día determinado? Evidentemente, no lo pueden hacer por telepatía. Existen el teléfono o el correo electrónico, por ejemplo.

En fin, velar por la aplicación consecuente del centralismo democrático es cerrar el paso al centralismo burgués y al ultrademocratismo, y es fundamental para poder llevar a cabo la necesaria vigilancia revolucionaria en un partido m-l; vigilancia que ha de alcanzar, también, a los máximos dirigentes del partido y sobre todo a ellos, dado el enorme daño que, llegado el caso, pueden hacer desde sus puestos de responsabilidad. Experiencias de ello hay. Camaradas que sean del Secretariado o del Comité Ejecutivo, no han de tener patente de corso.