Especial: Ampliación del Canal - Las razones del NO.
POR QUÉ RECHAZAMOS EL PROYECTO
Julio Yao
Estrella de Panamá
El proyecto de ampliación del Canal no debe ser llevado a referendo por varias razones:
- En el referendo, el pueblo panameño no ejercerá sus derechos como propietario de la vía interoceánica sino que dará consideración a una propuesta de ingeniería (Artículo 325 de la Constitución) sin determinar la suerte (financiera, comercial y económica) del Canal, porque esto último se decide en los contratos, los cuales no se someterán a la aprobación legislativa ni al referendo.El Artículo 319 de la Constitución, suplantado por el Artículo 325, consagraba la obligación de que cualquier contrato suscrito por el Órgano Ejecutivo con empresas particulares debía ser aprobado por el Órgano Legislativo y el referendo.¿Por qué se exoneró a la ACP de esta obligación?
- El proyecto de ampliación constituye un planteamiento conceptual carente de planos y, por lo tanto, no sirve de base a presupuestos y planificación confiables, ni a evaluaciones serias como no sean para rechazarlo.
- El proyecto está basado en cifras, expectativas, datos e hipótesis relativos a costos, demanda de tráfico, peajes, intereses, contingencias y empréstitos que no resisten un análisis serio.
- El proyecto carece de Estudios de Impacto Ambiental (EIA), a pesar de que lo tendrá en forma negativa.La inversión anunciada en el Plan Maestro no contempla los costos de los EIA ni de las medidas necesarias para mitigar los efectos negativos del proyecto, así como tampoco de las construcciones indispensables en la provincia de Colón, entre otros rubros.
- El proyecto tiene como marco jurídico la Constitución Nacional y la Ley Orgánica de la ACP.Sin embargo, mientras que la Constitución Nacional (Artículo 315) dispone que el Canal de Panamá es patrimonio inalienable de la Nación, la Ley Orgánica de la ACP (Artículos 2 y 33) considera que la Nación panameña sólo es dueña de las esclusas y algunas construcciones porque todo lo demás (edificios, maquinarias, herramientas, talleres, grúas, naves, aeronaves, muelles, boyas, computadoras y programas, etc.), así como todas las ganancias y beneficios del Canal, forman parte del patrimonio de la ACP.
- El presidente Bush declaró que la expansión del Canal es esencial a la seguridad nacional de Estados Unidos, cuyos intereses comerciales y estratégicos quedan amparados por el proyecto.Estados Unidos es el principal usuario del Canal, el cual fue construído para servir sus intereses estratégicos a principios de siglo.El Tercer Juego de Esclusas, diseñado por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos, cuya construcción se inició el 1º. de agosto de 1940, obedeció casi exclusivamente a intereses estratégicos (permitir el paso de los portaaviones y naves de guerra más grandes de Estados Unidos) como lo confirmó Gerstle Mack, autor deThe Land Divided,en 1944.El actual proyecto del Tercer Juego de Esclusas es básicamente el mismo que el de 1939 con algunas variantes y sigue sus lineamientos y, desde luego, permitirá el paso de los portaaviones más grandes de Estados Unidos.Si ello es así,¿bajo qué lógica Panamá tiene que seguir subsidiando al país más poderoso del mundo sin que Estados Unidos ponga un solo centavo en esta inversión que será para su beneficio?
POSDATA:Recalcamos en la frase inicial de este artículo para aclarar que éstas son algunas razones por las cuales el proyecto de ampliación no debe ser enviado a referendo, y no son las razones únicas por las cuales rechazamos el proyecto.
8 de julio de 2006
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