LA ALCALDÍA DE PROCUSTO
Miguel Antonio Bernal
CATEDRÁTICO TITULAR
Las consecuencias de la ausencia, en Panamá, de un verdadero Estado de Derecho Constitucional moderno y participativo, son cada día más evidentes. No transcurre ya un solo día en el que no se pueda enumerar actos emanados de autoridades o de órganos del Estado, que no conlleven un abuso o una omisión en el cumplimiento de la Constitución y las leyes.
La supremacía de la Constitución, el debido proceso, la presunción de inocencia, los controles sobre la actividad de los órganos estatales, la independencia del Órgano Judicial, la responsabilidad de los funcionarios públicos con mando y jurisdicción, son algunas de las herramientas del constitucionalismo que, quienes controlan los factores reales de poder, no dejan llegar a nuestras playas y, menos aún, a manos de los ciudadanos.
Constitucionalistas y cientistas políticos de todas las corrientes modernas coinciden en que: “constitucionalizar el poder político es, en síntesis, darle estructura y forma jurídicas, regularizando sus manifestaciones fácticas, y arreglar su funcionamiento a leyes previas y expresas, de modo que se garantice la seguridad jurídica de los gobernados”. Con ello se busca que el poder no pueda ser absoluto, ni arbitrario y que dependa total y permanentemente de la Ley.
Sabido es que la Constitución política vigente en nuestro país no armoniza con lo que está llamado a ser un Estado de Derecho y mucho menos un Estado de Derecho constitucional. Las reformas que se le han introducido no han logrado borrarle su pecado original y, las últimas reformas en el 2004, significaron un retroceso real y antidemocrático, especialmente en lo que a materia electoral se refiere.
En efecto, el poder monopólico y absoluto que se le otorgó al Tribunal Electoral como resultado del acuerdo político entre Martín Torrijos y Mireya Moscoso (Pacto MAMI), elevó a rango constitucional el capricho y discrecionalidad de los magistrados integrantes del mismo. Diversas actuaciones de la máxima instancia electoral había ya evidenciado -desde el 2004- prácticas contrarias a una democracia participativa, a un control ciudadano, a una efectiva y transparente actuación en una materia tan sensitiva, a favor de los ciudadanos.
Casos como la licitación sobre las cédulas, la condición de Milanés de Lay, las candidaturas al Parlacen y muy particularmente lo actuado en el tema de la Alcaldía de la Capital, en los que estiran y recortan las normas, lleva a la conclusión que la actuación de los magistrados del Tribunal Electoral es la de modernos Procusto.
Procusto, aparte de sus antecedentes mitológicos, fue un célebre bandido ateniense, que condenaba a los que caían en sus manos, luego de robarles a tenderse en un lecho de hierro, y si sus pies no llegaban al borde del camastro, les estiraba de la más cruel manera hasta que daban la medida. En cambio, si eran más largos que el camastro aquél, le cortaba todo lo que sobrara. De esta manera, todo el mundo quedaba exactamente a la medida del lecho.
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