RAFAEL SPALDING*
EL PARTIDO PRIMERO
La Prensa.
El 18 de mayo de 2008, un periódico informó que la Corte Suprema suspendió temporalmente una resolución del Ministerio de Vivienda (Mivi) de la Sra. Balbina Herrera. Dicha resolución representa un cambio inconsulto a la norma que establece la altura de edificios según el uso de suelo en el corregimiento de San Francisco. Esto no es nuevo. En junio de 2007, la Corte suspendió temporalmente una resolución similar, aplicable a las áreas revertidas. El Mivi presentó una modificación a la resolución suspendida, pero, la Corte también la suspendió temporalmente en octubre de ese año, porque el acto demandado persistía.
Entre 1997 y 2007, el Mivi acumuló más de siete demandas en su contra de parte de los residentes en varias zonas residenciales y en las áreas revertidas del Canal, que todavía están pendientes.
En febrero de 2007, el Mivi utilizó otra táctica: prohijó la Ley 12 de 2007 para que, de forma retroactiva, se consideraran legales todas las resoluciones expedidas desde 1997 hasta 2007, que no habían cumplido con disposiciones que exige la Ley 21 de 1997, que norma el desarrollo urbano en las áreas revertidas. Es de notar que la exoneración retroactiva en la Ley 12 viola la Constitución Nacional, por no ser de "…orden público o de interés social…".
Tres semanas después de la promulgación de la Ley 12 de 2007, el Mivi volvió a violar la Ley 21 al cambiar el uso de suelo en Rodman para permitir la construcción de una cementera, sin la consulta requerida. Hay otra demanda pendiente en la Corte por este caso.
Lo reciente. El 27 de mayo de 2008 la Asamblea aprobó, en tercer debate, el anteproyecto de Ley 410, modificando el Código Fiscal para reducir impuestos. Pero entre su articulado se "esconde" un artículo incongruente, que igual que la Ley 12 de 2007, exonera al Mivi de violaciones a la Ley 21 de 1997. Observen, esta vez, 15 meses después de la promulgación de la Ley 12 de 2007, declaran sin explicación que la exoneración buscada es de interés social. El pasado 2 de junio, en solidaridad con sus copartidarios, Torrijos sancionó el anteproyecto de Ley 410, convirtiéndolo en la Ley 29 de 2008.
Usando el argot panameño, se reportó que los diputados metieron un gol el 27 de mayo pasado. La verdad es que ningún futbolista ni aficionado serio aguantaría la cantidad de violaciones que se han cometido, ni se les ocurriría cambiar las reglas para alterar el resultado de un partido y convertir al equipo perdedor en ganador.
*El autor es ingeniero mecánico
|