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LEY
SOBRE PARTIDOS POLÍTICOS EN CHILE |
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Una legislación excluyente |
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La ley de partidos, vista en su
conjunto o en algunos artículos por separado, es un verdadero
entramado tendiente a inhibir la asociatividad política de la
ciudadanía y por ende la participación de la población en la vida
política del estado y como veremos de las regiones. De igual modo,
hay una serie de artículos que reflejan la doctrina de la seguridad
impuesta por la dictadura. |
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Por
Víctor NAGUIL / Viernes 11 de Mayo de 2007 |
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La actual ley que rige
la existencia y vida de los partidos políticos en
Chile, fue originada y promulgada bajo la dictadura
militar en 1987. |
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Pese a los obstáculos,
es un camino que vamos a recorrer. Hay que enfatizar
que Wallmapuwen ya es un partido en los hechos. |
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Desde
su aparición el año 2005, nuestro partido ha hecho una apuesta
inequívoca por la profundización democrática del País Mapuche y del
conjunto del Estado chileno. De hecho hemos definido esta etapa de lucha
como de «profundización democrática y autonomista», enfatizando en esta
fórmula que la conquista de una región autónoma para parte importante de
nuestro pueblo está engarzado con cambios profundos que deben operar en
el sistema político. Por ello, Wallmapuwen por medio de sus bases
programáticas, ha formulado un conjunto de propuestas generales y
específicas tendientes a profundizar la democracia y ampliar la
participación ciudadana. Por lo mismo, nuestro partido ha observado con
atención y ha tratado de incentivar el debate interno y externo en torno
a las principales propuestas que generaran un impacto en el sistema
político y en el Wallmapu.
Sin embargo, a pesar de ser la participación política un tema de
actualidad, que genera propuestas y debate, no se visualizan esfuerzos
suficientes orientados a proponer reformas más directas hacia la ley de
partidos políticos, tomando en consideración que son los partidos los
actores principales que canalizan la participación formal de la
ciudadanía. La explicación a esta situación se puede encontrar en el
acomodo que han encontrado los partidos de gobierno y oposición en el
sistema, la exclusión es una condición para su sobre representación en
todo el estado y en el Wallmapu. Esto explica también su dejación por
reformar el sistema binominal y el conjunto del sistema político.
La actual ley que rige la existencia y vida de los partidos políticos en
Chile, fue originada y promulgada bajo la dictadura militar en 1987.
Como todas las leyes del régimen, amparadas en la fraudulenta
Constitución de 1980, la ley careció de legitimidad desde su origen,
aunque los partidos (sobre todo de la oposición de la época) terminaron
aceptándolo por la fuerza de los hechos y las circunstancias, puesto que
era el único marco legal que podría permitirle enfrentar a la dictadura
de cara al plebiscito de 1988. Lamentablemente es el cuadro que
permanece en la actualidad en esta y otras muchas materias y leyes, y
los ciudadanos democráticos hemos tenido que edificar sobre las bases
dejada por la dictadura.
La ley de partidos, vista en su conjunto o en algunos artículos por
separado, es un verdadero entramado tendiente a inhibir la asociatividad
política de la ciudadanía y por ende la participación de la población en
la vida política del estado y como veremos de las regiones. De igual
modo, hay una serie de artículos que reflejan la doctrina de la
seguridad impuesta por la dictadura. Sin embargo, aquí nos centraremos
en los artículos que claramente limitan la aparición de nuevas fuerzas
políticas a nivel territorial, y por lo tanto constituyen un escollo
para Wallmapuwen, pero no lo colocamos en una perspectiva autocentrada
en nosotros, estos son problemas de carácter democrático que afectan a
todo ciudadano que no sintiéndose representado por las actuales fuerzas
políticas chilenas, deben obligadamente militar en ellos si quieren
optar a cargo de elección popular con un mínimo de posibilidades de
éxito. Claro esta lo pueden también hacer en cuanto "aliados" bajo
condiciones de subordinación y de desigualad absoluta, como
independientes con un fracaso asegurado o excluirse de una parte de la
vida política.
Las limitaciones más serias para la legalización de un partido se
observan en tres artículos: el 3 en el que se hace referencia a su base
territorial de constitución; el artículo 6 el cual fija el número de
afiliados para su aceptación legal definitiva; y el 42 donde se
establece las exigencias de votos para su mantención legal. Respecto al
artículo 3 en el se establece que los partidos políticos existirán como
tales cuando se hubieren constituido legalmente en a lo menos ocho de
las regiones o en un mínimo de tres de ellas, siempre que estas últimas
fueren geográficamente contiguas. Wallmapuwen, desde su inicio se ha
concebido como un partido territorialista. Esto implica para el tema que
tratamos, que concebimos nuestra constitución legal en tres de las
cuatro regiones siguientes: del Biobio, la Araucanía, los Lagos y de los
Ríos, asumiendo que en estas cuatro regiones se ubica la mayoría de
nuestra población.
Sin embargo, la ley coloca un énfasis
“estato-nacional” que debe tener la cobertura de un partido. Esta
concepción se vio reflejada también en la “Comisón Boeninger”, abocada a
la formulación de una propuesta para reformar el sistema binominal. En
ella se concluyo, entre otras materias, la necesidad de evitar la
aparición de partidos temáticos o localizados territorialmente, bajo la
argumentación de que se debe evitar el fraccionamiento del sistema de
partido. Evidentemente esta opinión no la compartimos. Inhibir la
aparición de fuerzas regionales es una contradicción con los esfuerzos
que se hacen por la descentralización política. La inminente
promulgación de una ley que permita la elección popular de los
concejeros regionales y el ejecutivo regional, seria robustecida con una
modificación a este aspecto de la ley. Las regiones no tienen
garantizado el compromiso firme de los partidos chilenos. Por un lado,
porque sus estructuras son centralistas y verticalistas y por otro
porque su lógica de competencia los llevara siempre a darle una
perspectiva “nacional chilena” a la lucha electoral.
En segundo lugar, si bien la constitución inicial de un partido no es un
escollo mayor, (pueden constituirlo, por medio de una escritura pública,
100 ciudadanos inscritos en los Registros Electorales y que no
pertenecen a otro partido existente o en formación) alcanzar la
legalidad definitiva es una verdadera proeza, ya que el artículo 6 exige
que en un plazo de 210 días (o 7 meses) se logre afiliar al partido un
número de ciudadanos inscritos en los Registros Electorales equivalente,
a lo menos, al 0,5 por ciento del electorado que hubiere sufragado en la
última elección de Diputados, en cada una de las Regiones donde esté
constituyéndose. En la practica, esto significa para nuestro partido
afiliar un total de 7. 621 personas en la regiones del Biobio, la
Araucanía y de Los Ríos, o bien 4.643 personas si la opción fuera operar
en las regiones de la Araucanía, de los Río y de los Lagos. Aun siendo
importante, más allá del marco territorial que finalmente se decida, el
punto radica en que esta exigencia obliga a desplegar un plan con
recursos y logística difíciles de poseer a plenitud. La mayoría de los
partidos actuales cuentan con grandes recursos económicos y logísticos o
acceso a las fuentes, cuando no ayudistas entre el empresariado, que una
fuerza local no puede equipar.
En tercer lugar, si bien el lograr inscribir legalmente al partido
comportaría un importante triunfo político y una derrota al sistema
excluyente, el desafió se abre con la mantención legal. En su artículo
42 la ley establece que, entre otros motivos, los partidos se disolverán
por no alcanzar el 5% de los sufragios válidamente emitidos en una
elección de Diputados, en cada una de las Regiones en que esta
constituido. Como se sabe las elecciones a diputado (y ha senador) se
rigen con el sistema electoral binominal. Dado el carácter que tiene
actualmente el sistema, diseñado para favorecer a dos bloques,
distorsionando la voluntad popular y también la conducta electoral de la
población, la mantención del partido en los marcos del sistema binominal
(inclusive reformado) será para nosotros todo un desafío.
Lo indicado antes es claramente perjudicial para nosotros. Estamos
consientes de los obstáculos que ofrece la ley, pero asumimos también
que nuestro proceso de legalización será una buena oportunidad para
poner en evidencia el carácter excluyente del sistema político. Es
evidente que la ley inhibe más que alienta la asociación política de la
ciudadanía del Wallmapu, cierra los canales institucionales en vez de
abrirlos. Esto es un problema democrático serio para toda la ciudadanía,
puesto que se impide que fuerzas políticas que podrían tener un arraigo
en un territorio determinado, expresando de mejor forma los intereses
locales de la población, sean excluidos de entrada y los intereses
regionales sean inadecuadamente representados por partidos chilenos
centralistas, cuyas decisiones son tomadas desde Santiago, ajenos a las
realidad de regiones.
Por ello, Wallmapuwen junto con demandar cambios profundos en otras
esferas del sistema político, apuesta a la reforma de la ley de partidos
políticos. En nuestro programa demandamos que la ley permita la
aparición de partidos sobre la base de una sola región y promovemos
medidas que permita flexibilizar los requisitos para la inscripción de
partidos, y se disminuya el umbral de exigencia para la mantención
legal. Estos cambios permitirá que existan nuevos partidos que expresen
más fielmente los intereses de la población. A nuestro juicio esto sería
una señal clara de voluntad de crear mecanismo de participación política
más cercanos a la ciudadanía.
Pese a los obstáculos, es un camino que vamos a recorrer. Hay que
enfatizar por lo demás que Wallmapuwen ya es un partido en los hechos y
su legalización solo es un aspecto en su etapa de lucha democrática y
autonomista. Hay muchos otros terrenos en el cual el partido debe
actuar: construyendo tejido social, impulsando organizaciones
ciudadanas, cultivando alianzas políticas, etc. La legalización puede
brindarnos mejores condiciones de lucha, pero nuestra participación
electoral se hará efectiva con o sin ley. De igual modo el combate
político democrático puede darse sin ningún problema en las urnas, en el
campo y en la calle
/ Azkintuwe
* Dirigente de Wallmapuwen.
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