LA
MUJER Y EL ENTORNO SOCIAL
La imagen femenina
en la Edad Media se vio muy condicionada por el posicionamiento
de los clérigos, la influencia que de la iglesia
tiene en el resto del conjunto de la sociedad aumenta si,
como es el caso, es ella la que ostenta el poder de la palabra,
de la cultura, e incluso de la tradición, algo que
ocurría de manera insoslayable en la época
medieval.
En esta imagen de
que la mujer hace el ámbito clerical de la sexualidad
es el eje fundamental, sobre todo a partir de surgir el
culto mariano. En este sentido la mujer es tomada como instrumento
del demonio –idea originada por la propia iglesia-.
Era común la
creencia de que la mujer podía sufrir los ataques
de “la madre”, al subirse hacia arriba
el útero provocaba el histerismo; el ataque era debido
al hecho de que la mujer había acumulado un exceso
de esperma por falta de copulación carnal, lo que
hacía que la mujer se diera fácilmente al
coito, y es sabida la posición de la iglesia respecto
a las relaciones sexuales, a las que condena considerándolas
algo pecaminoso.
Augus Mackay hace
una especie de ecuación: útero = la madre
= histerismo = ganas de procrear = ganas de fornicar = inestabilidad
= irracionalidad = peligro. Por este peligro que representan
las mujeres, estas no deben, de ninguna manera acceder a
puestos de la vida pública; asimismo siempre deben
de estar bajo el control de los hombres (hija – padre,
esposa – esposo, monja – Cristo)
Que la mujer era un
“animal” sexual y, por tanto, causante de todos
los males, es una idea que aún se mantiene en el
siglo XVI, Blas Álvarez de Mendizábal afirma:
“ el útero de hembra apetece grandemente
la simiente, y es grande el deseo que de tal simiente tiene,
y mientras la atrae a si y la embebe y al tiempo mismo conceto
es maravilloso el deleyte que recibe”.
Otro detalle que no
se debe olvidar es que la iglesia cristiana considera a
Eva la culpable del pecado original. Esta idea de que la
mujer es la causa del gran pecado causa, por ejemplo, que
se niegue la existencia del alma en la mujer, esta sistemática
negación dio lugar a una votación en el concilio
de Trento, donde se aprobó que la mujer tenía
alma tan sólo por un voto de diferencia.
Antes de entrar a
comentar la idea que el Islam tiene de la mujer es necesario
hacer unas consideraciones previas. Por un lado muchas de
las críticas que se hacen al Islam en relación
con la discriminación que sufre la mujer, tanto en
la Edad Media como en la actualidad, no tienen en cuenta
que hay una pervivencia de costumbres anteriores al mensaje
de Muhammad, es el denominado tiempo de la yahiliyya
(tiempo de la ignorancia), son, por tanto, usos culturales
y no preceptos religiosos; un ejemplo es la ablación
del clítoris – que dicho sea de paso no es,
ni mucho menos, norma habitual del mundo islámico
-, pues bien, el Islam prohíbe taxativamente la realización
de la ablación del clítoris, como cualquier
otro tipo de vejación sobre el cuerpo. Otro ejemplo,
el velamiento femenino es fruto de la tradición árabe
preislámica, es decir, antes de la revelación
islámica, este velamiento ya se puede observar en
la tradición judeo-hebraica, y, vuelvo a insistir,
en la sociedad árabe preislámica.
Hechas estas salvedades
se puede afirmar que la mujer musulmana, al igual que la
cristiana, siempre estará bajo la tutela de un varón.
En el sistema de valores del Islam medieval la supremacía
es la umma (colectividad), y que
la representación de esta colectividad, en cualquier
ámbito, la protagoniza el hombre; por tanto, el papel
que se otorga a la mujer siempre estará subordinado
a los deseos del varón.
Lo que sí es
cierto es que, dentro del plano secundario a que queda relegado
la mujer en el Islam, no tiene influencia el sexo. Al contrario
que hemos visto en el mundo cristiano el Islam no considera
el gozo corporal o el disfrute sensual como algo malo, sino
como un bien que Allah ha tenido a bien ofrecer al ser humano.
Esta diferente concepción sobre el disfrute del sexo
si marcará unas diferencias, bastante claras, en
cuanto a algunos de los conceptos y normas sociales que
se establecen en referencia a la mujer. Es más, en
la sociedad cristiana ya he mencionado que se considera
a la mujer como la incitadora al pecado del hombre en tanto
que piensa que es promiscua y poco menos que insaciable
en apetencias sexuales, por el contrario la umma islámica
es al hombre al que le achaca esta tendencia a la promiscuidad,
en este sentido el uso del velo no se impone como elemento
marginador de la mujer, sino para evitar que se vea incitada
por el hombre a la promiscuidad incontrolada. Otro tanto
se puede decir de la reclusión de la mujer musulmana
en el hogar – algo parecido ocurre en el mundo cristiano
-, esta deriva del mismo motivo que el uso del velo; no
obstante no es cierta la imagen que se ha dado en ocasiones
de que la mujer musulmana estaba poco menos que prisionera
en su propia casa; se puede trazar el mapa de recorridos
habituales de las mujeres, que se reparte entre los baños,
la visita a los cementerios, la ida a ciertos zocos, el
lavado de ropa en el río, etc., es decir, poco más
o menos, lo mismo que la mujer cristiana.
EL MATRIMONIO
En las dos culturas
que estamos estudiando la mujer casada se ve, tanto en el
ámbito intelectual como jurídico, en clara
inferioridad respecto al marido, tanto sus actitudes como
sus actividades se ven subordinadas a los deseos del esposo.
Antes que nada hay
que decir que debido a la visión contraria a la sexualidad,
muchos canónigos cristianos mostraban una actitud
hostil hacia el matrimonio.
El marido es la figura
central en el universo de la mujer casada, alrededor de
él gira todo el sistema de valores que se proponen
a los cónyuges. El principal deber de la mujer casada
es amar y obedecer al marido.

Boda cortesana
En el pensamiento cristiano sobre el matrimonio hay, según
Augus Mackay tres influencias importantes:
-
Influencia judaica, según la cual el
motivo del matrimonio es exclusivamente la procreación;
el acto sexual queda asociado a la impureza.
- Influencia del Derecho romano,
según el cual el conocimiento de las dos personas
es elemento fundamental para constituir el matrimonio.
- La manera en que los Padres
de la Iglesia daban tanto valor a la virginidad y a la vida
célibe.
En el matrimonio cristiano
prima el afecto y el servicio entre los esposos, sobre la
relación carnal. Gilbert de Tournai decía
« El amor carnal, alimentado por la lujuria y
caracterizado por el exceso, es asimilable al adulterio
y produce los mismos efectos que este: lascivia, celos,
locura ». En este contexto la gráfica
descripción que del matrimonio hacen algunos Padres
de la Iglesia, tan autorizados como San Jerónimo,
nos hace ver el matrimonio, por la excesiva alabanza que
se hace de la virginidad, como una elección de segunda
clase, y por supuesto no era algo que se debiera disfrutar,
sino sólo utilizar para la procreación.
En cuanto a la teórica
necesidad de consentimiento por las dos partes habría
que matizar muchos aspectos. Tanto en Las siete partidas
de Alfonso X, como las ideas expuestas por teólogos
como Ive de Chartres o Hugo de Lincoln – por citar
sólo algunos casos – se admite el matrimonio
a los siete años, los canonistas admiten esta edad
para los esponsales y doce para que las niñas se
casaran – los niños catorce - ¿Una niña
a esta edad tiene la suficiente capacidad para decidir con
quién quiere casarse? ¿Es esto libertad de
consentimiento?. Por otro lado era necesario el consentimiento
paterno en el matrimonio de la hija. Si el padre de familia
lo negaba y la hija se casaba, quedaba desheredada y el
marido como enemigo de la familia. La iglesia encontraba
normal que los padres casaran a sus descendientes, lo que
también va en contra de la libre elección.
En los siglos XI y
XII la iglesia da la forma actual del matrimonio. El matrimonio
pasa a ser un sacramento. Pero existían otros tipos
de matrimonios y uniones, en pareja, de hombres y mujeres.
Existía el
matrimonio jurídico que comprendía dos actos,
el exposalicio, que era el contrato que se establecía
entre el novio y el padre de la novia, mediante el cual
aquél adquiría el derecho de que la novia
le fuera entregada; el segundo acto era la boda o solemne
entrega. Otro tipo de matrimonio era el de furto
o juras, tenía los mismos derechos en cuanto
a los aspectos patrimoniales y jurídicos, este matrimonio
se realizaba ante testigos y con el sólo acuerdo
de los contrayentes.
Otro tipo de unión
era la barraganía, esta unión era
disoluble y estaba basada en la sola voluntad de las dos
partes. Daba derechos hereditarios para la mujer y los hijos.
Todo hace pensar que este tipo de unión era bastante
frecuente entre solteros, viudos, y clérigos; esto
último hace que la iglesia comience a tomar medidas
en contra de esta unión, en estas medidas la mayor
carga punitiva recae en las mujeres; en el concilio de León
(1267) se establece que los hijos de las barraganas quedan
desposeídos de toda herencia de su padre y reitera
la prohibición de enterrar a “todas las
mancebas que sean públicas de clérigos”

Clérigo
con barragana. Cantigas de Alfonso X
Pasemos
a la consideración del adulterio. Las leyes civiles
tendían a considerar por adulterio únicamente
la unión carnal entre una mujer casada y consentidora
y un hombre que no es su marido, los castigos que recaían
sobre la mujer podían llegar a establecer la pena
de muerte para la adúltera. El adulterio también
tiene penas eclesiásticas; el sínodo de León
señalaba que cuando se probase el adulterio la mujer
se entregaba al marido para que “la mate e haga
della lo que quiera”
Pasemos al matrimonio
islámico. Hay que partir de la premisa que en el
Islam no existe un ideal religioso de virginidad –
todo lo contrario que el ideal religioso de la iglesia católica
– a partir de esta premisa no sólo no se desaconseja
el matrimonio, sino que lo considera conveniente tanto para
hombres como para mujeres, dentro de la desaprobación
que hace del monacato como institución aunque permita
la adopción voluntaria e individual del celibato.
En el matrimonio islámico
(nikah) la mujer contrae determinadas obligaciones
respecto a su marido, a cambio de recibir de éste
la dote y la nafaqa (todo aquello que es necesario
para vivir: comida, alojamiento, ropa, etc.,) Para que el
contrato matrimonial comience a producir efectos debe consumarse
la unión.
Una importante variante
del matrimonio islámico es que este no es indisoluble,
pero no sólo es el hombre el que puede solicitarlo,
también la mujer tiene la capacidad de hacerlo (sura
2, ayats 224 y 226) Las causas por las que la mujer podía
solicitar el divorcio eran variadas:
-
Que le compre el repudio al hombre.
- Incumplimiento de algunas
de las cláusulas del contrato matrimonial, y a través
de una resolución judicial.
- Que se haga difícil
o repugnante la vida marital.
- Por ausencia injustificada
del marido.
- Enfermedad incurable (la
escuela malikí añadió bastantes enfermedades)
- Malos tratos, incluso las
injurias de palabra.
- Le negligencia en sus deberes
conyugales.
- Impago de la suma necesaria
para mantener le hogar.
Cómo se observará
son múltiples las causas que puede aducir la mujer
para separarse de su esposo; no obstante esto no quiere
decir que la mujer tuviera la misma facilidad que el hombre
para repudiar a su pareja, al marido le bastaba con decir
de palabra, ante dos testigos, “te repudio”,
para que el divorcio fuera efectivo.
Otra diferencia fundamental
entre el matrimonio musulmán y el cristiano es que
aquél permite la poligamia en el hombre, esto es
la teoría ya que el Corán dice que el hombre
que puede tener hasta cuatro esposas, debe tratar a sus
cónyuges con total igualdad, esto en la práctica
es imposible, por lo que se puede entender que en realidad
no sólo no aprueba la poligamia sino que pone unas
condiciones para ejercerla imposibles de cumplir, lo que
es tanto como prohibirla.
Tanto la cultura musulmana
como la cristiana establecen la casa como representación
del espacio femenino. En ambas culturas los deberes de la
mujer casada pasan por atender todo el trabajo doméstico,
así como administrar la economía de la casa,
aparte de hacer el pan, barrer, cocinar, lavar la ropa,
etc., también el ama de casa se encarga de hilar,
tejer, o cuidar de la limpieza de los animales domésticos,
y por supuesto está al cuidado de la educación
de los hijos. Y como se ha comentado anteriormente, también
es común a ambas culturas la sumisión de la
esposa al marido.
No quiero terminar
este aparatado sin reflejar un texto – que se podía
considerar feminista – del gran Averrores, en relación
con la mujer casada musulmana. “... sin embargo
en estas sociedades nuestras se desconocen las habilidades
de las mujeres, porque ellas sólo se utilizan para
la procreación, estando por tanto destinadas al servicio
de los maridos y relegadas al cuidado de la procreación,
educación y crianza. Pero esto inutiliza sus otras
posibles actividades”
LA MUJER Y
EL TRABAJO FUERA DEL HOGAR
Ambas culturas coinciden
en una división del trabajo por razón del
sexo, en esta división a la mujer le fueron asignados
determinados trabajos, mientras que en otros les fue tajantemente
prohibido su acceso, aunque sin otro motivo que no fuera
perpetuar el dominio del varón sobre los medios de
producción, y consecuentemente el mantenimiento del
rol del hombre como figura principal del sostén de
la sociedad.
La sociedad patriarcal
es causante de la discriminación de la mujer del
mundo del trabajo, se produce una discriminación
de género, a la mujer se le asigna un espacio, el
doméstico, y la realización de los trabajos
tendentes al abastecimiento de la casa, el cuidado de los
hijos, etc. Se intenta que, socialmente parezca que el hombre
es el único que proporciona la riqueza de la familia.
La base principal
de la economía medieval es la agricultura, dentro
de los trabajos agrícolas la mujer realiza todas
las actividades relacionadas con la explotación agraria:
- Puede
participar en las sernas.
- Participa, aunque en menor
medida que el hombre, en el trabajo extrafamiliar (sirvienta,
manceba, etc.).
- Ayuda al esposo cuando este
tiene un contrato temporal como meseguero, yuguero,
etc.
- También efectúa
trabajos pagados al día o a destajo – jornaleras,
labradoras, vendimiadoras, lavanderas de conventos, etc.
–
- Algunas mujeres realizaban
actividades “comerciales”, por ejemplo, fabricando
cerveza, o actuando como panaderas o carniceras.
Como se habrá
observado la mujer aparece representando un papel importante
a la hora de suministrar la necesaria fuerza de trabajo
manual.
Dentro del mundo urbano
a la mujer sólo se le daban los trabajos de menor
prestigio, y los peor pagados. Estos bajos salarios obligaban
a muchas de ellas a tener una especie de pluriempleo, por
ejemplo, podían trabajar de lavanderas por la mañana,
hilanderas por la tarde y, ocasionalmente, prostitutas por
la noche. No obstante había otras actividades que
proporcionaban a las mujeres unos mejores salarios, este
era el caso de las parteras o de las fabricantes de cerveza.
Como es sabido, dentro
del mundo urbano, el artesanado cumplía un importante
papel en el desarrollo económico. Desde los inicios
del siglo XIII los artesanos comenzaron a agruparse en gremios.
Antes de la publicación del Livre des metiens
(Etienne Boileau, 1268) es muy difícil establecer
las actividades artesanales que ejercía la mujer,
bien con el marido o de forma independiente. En este libro
se establecen aquellos gremios que eran exclusiva o mayoritariamente
femeninos: hilanderas de seda. Bordadoras, otros admitían
la posibilidad de que tanto hombres como mujeres puedan
acceder a la máxima categoría artesanal, la
de maestro; finalmente hay oficios en los que está
totalmente vedada la incorporación de la mujer –
generalmente los que requieren un mayor uso de la fuerza
física – Hay que mencionar que muchas de las
mujeres que aparecen ejerciendo oficios son viudas que han
continuado realizando las actividades que antes hacía
el marido.
Si, como hemos observado,
los impedimentos para que la mujer accediera a determinadas
profesiones eran importantes, estos se verán aumentados
si la profesión a ejercer era de un rango superior,
por ejemplo, el ejercicio de la medicina. Para el ejercicio
de la profesión médica era imprescindible
la obtención del título que concedían
las universidades, como la mujer tenía vedado el
ingreso en las mismas, les era imposible ejercitar la medicina.
A pesar de estos impedimentos, como señala Margaret
Wade, muchos municipios otorgaban a las mujeres licencia
para ejercer de médicos, en vista de sus altos conocimientos.
En el mundo islámico
nos encontramos con situaciones muy similares a las vistas
en el occidente cristiano.
Aunque en el Corán
y la sunna no existen restricciones para el acceso
a la vida laboral y profesional de la mujer, salvo para
ejercer de cadí y aquellas profesiones que el Profeta
consideraba malditas, hacer tatuajes, poner pelucas, depilar,
es decir, todos aquellos oficios que ayudan a cambiar la
imagen externa, la realidad se nos ofrece muy diferente.
Dentro del mundo rural
las labores de la mujer musulmana eran prácticamente
iguales a las que he señalado para la mujer cristiana,
quizás mencionar que muchas participaban en la recogida
de la aceituna, sabida es la importancia del aceite de oliva
en la gastronomía musulmana; mientras que los hombres
vareaban los olivos, las mujeres y los niños recogían
el fruto.
De los distintos oficios
que ejercía la mujer musulmana dos tenían
implicaciones legales. El trabajo de comadrona (qabila)
tiene importancia legal, ya que los servicios de esta podían
ser requeridos por el cadí en casos relacionados
con el repudio, para verificar si la mujer estaba embarazada
o no, testificar en el caso de que un niño muriera
al nacer, o albergar en su casa a las mujeres que estaban
condenadas a presidio. El otro oficio con connotaciones
legales era el de nodriza (murdi) ya que establecía
una relación de parentesco con el niño amamantado
impidiendo que éste pudiera casarse con su ama de
leche o con las hijas / hijos de ésta.
También tenía
repercusiones jurídicas el oficio de plañidera,
este oficio específicamente femenino, es reprobado
por el Islam, no lo prohíbe legalmente, pero a las
plañideras se las impedía ejercer de testigos
en un proceso judicial – igual ocurría con
cantoras y prostitutas -.
Dentro de la artesanía
ocupó un lugar destacado en la que estaba relacionada
con el ramo textil. La posibilidad de realizar un trabajo
remunerado dentro de la propia casa favorecía la
práctica de estas actividades. La comercialización
de estos productos textiles elaborados en el hogar, la realizaba
la propia mujer, si es un producto femenino ( vestidos,
ajuares domésticos, etc.), por visitas domiciliarias
entre mujeres. Si hubiera de venderse en el zoco público,
la venta era encargada a los hombres y el transporte de
la mercancía a niñas /os – un ejemplo
significativo es Almanzor, que se encargaba de llevar los
hilados elaborados por su madre, y que suponían el
sustento familiar una vez que falleció su padre -.
La muerte del marido hace que muchas mujeres emprendan trabajos
remunerados, convirtiéndose en el sostén de
la economía familiar. Además de los textiles,
solían dedicarse a la manipulación de productos
alimenticios, un ejemplo de esto último es la madre
de Ibn al-Labbána (hijo de la lechera), que sacó
a sus hijos adelante con la venta de productos lácteos.
Existe en la sociedad
musulmana una profesión que no hemos visto en la
cristiana, es la de katiba (secretaria), estas
secretarias tenían una buena educación, conocimientos
caligráficos y minuciosidad, así como conocimientos
en la redacción de documentos oficiales, ya que no
sólo se limitaban a copiar ejemplares del Corán,
sino que también se encargaban de escribir misivas,
tanto particulares como oficiales.
Una profesión
de lujo era la de cantoras, también la de danzarina.
Las mujeres dedicadas a estos menesteres estaban bien consideradas
en el mundo musulmán – conocida es la importancia
que le da la sociedad islámica a las artes relacionadas
con la música -. Estas mujeres, amén del dominio
de las técnicas necesarias para la ejecución
de su trabajo, solían tener una esmerada educación.

Cantoras musulmanas
También se
observa la presencia de la mujer en otras profesiones como
la de médico; en al-Andalus sobresalieron algunas
como Umm Amnr bint Marwan, Umm al-Hasan bint al-Tauyali,
Aisa bint Abd al-Wahid, es preciso señalar que la
gran mayoría de las mujeres que practicaban la ciencia
médica eran hijas o parientes próximos de
algún hombre que ejercía la medicina. Esta
continuación del trabajo efectuado por los padres
también lo observamos en las poetisas profesionales,
que suelen tener en común la ausencia de hermanos
varones y el pertenecer a una familia acomodada.
Un caso muy especial es la referencia que hay una mujer
que actuó como alfaquí, me refiero a Umm al-Darda
al-Suqra (mediados del siglo VI de la hégira)
LA PRÁCTICA
RELIGIOSA
Ya he comentado la
importancia de la religión en ambas sociedades, durante
la Edad Media. En el ámbito de la práctica
religiosa las coincidencias, no podía ser menos,
entre las dos culturas, son múltiples. Hay un elemento
claramente diferenciador, el Islam no contempla la vida
monástica, es más, no ve bien, aunque no lo
prohíba, que los musulmanes / as se retiren a llevar
una vida apartada del resto de la sociedad – vuelve
a incidir en este hecho la importancia que para el Islam
tiene la umma (comunidad)-.
La iglesia católica
no contempla la posibilidad de que la mujer acceda a la
categoría clerical. Las razones que se aluden para
esta separación las vemos muy bien reflejadas en
las Siete Partidas de Alfonso X:“Mujer
ninguna non puede recebir orden de clerecía, et si
por ventura veniese a tomarla quando el obispo face las
ordenes, débela desechar; et esto es porque la muger
non puede predicar aunque fuese abadesa, nin debe bendecir,
nin descomulgar, non absover, nin dar penitencia, nin judgar,
nin debe usar de ninguna órden de clérigo,
maque sea buena et santa. Ca como quies que Santa maría
Madre de nuestro señor Jesu Cristo fue mejor et más
lata que todos los apóstoles empero nol queiso dar
el poder de ligar et absolver, más diolo a ellos
porque eran varones”
Importante es la presencia
de la mujer en el mundo conventual cristiano, en parte debido
al discurso de la iglesia sobre la exaltación de
la virginidad. Generalmente la decisión de entrar
en un convento no era de la mujer, en muchas ocasiones los
padres metían a sus hijas a la vida conventual a
muy temprana edad, otras veces eran viudas que habían
decidido una vida de retiro, y finalmente estaban aquellas
que no pudiéndose casar no tenían otra opción
más decorosa que la vida religiosa. Esta falta de
vocación religiosa en algunas de las mujeres que
entraban en la vida conventual propició cierto libertinaje
en algunos conventos, a pesar de los esfuerzos de los eclesiásticos
por evitarlo.
Suzanne Fonay Temple
señala que “el criterio más importante
para la admisión en un convento era la riqueza y
no la santidad. La cualidad más destacable de las
abadesas del siglo IX era la astucia y no la santidad”.
El resultado de todo esto fue que, poco a poco, la actitud
de muchas de las mujeres que estaban ingresadas en un convento
llevaran una vida cada vez más secularizada.
Caso muy distinto
es el de las místicas. Aquí la adopción
de este modo de vida era totalmente voluntario y sí
estaba inspirado en la devoción. La corriente mística
tuvo un momento particularmente importante durante los siglos
XII y XIII, especialmente en Alemania y los Países
Bajos. Estas místicas podían pertenecer a
toda la gama de la vida religiosa, podían encontrarse
entre las monjas, las beguinas y las religiosas, pero ellas
hacían hincapié en lo individual, puesto que
sus visiones místicas eran el resultado de una relación
personal con lo divino.
Un movimiento interesante
fue el de las mujeres beguinas (maría
de Pignies- siglos XII-XIII – fue la madre de este
movimiento). Las beguinas eran una asociación de
mujeres que de manera individual organizaban celdas, con
frecuencia cerca de un hospital, abadía o una leprosería,
donde podían rezar y prestar servicios manuales.
Hacían voto de castidad durante su vida dentro de
la asociación, pero conservaban sus derechos a la
propiedad privada y trabajaban para mantenerse. Como los
votos de castidad no los hacían de forma solemne
eran libres de dejar la asociación en cualquier momento
para casarse.
También existían
movimientos místicos dentro de las mujeres musulmanas,
casi siempre dentro del movimiento sufí. Estas mujeres
solían agruparse en centros en torno a un lugar de
devoción – residencia de un sayja
(jefe espiritual sufí) o la tumba de un santo / a
de prestigio. Su forma de organización tiene algunos
rasgos similares a la de las beguinas; también estas
místicas musulmanas mantenían sus bienes e
igualmente podían abandonar la comunidad cuando lo
desearan.
Como en el mundo cristiano,
en el mundo musulmán la mujer quedaba excluida de
todo poder decisorio dentro del ámbito religioso,
así mismo no le estaba permitido ejercer de imán,
ni de hatib predicador.
Es significativo,
para entender la posición de la mujer respecto al
mundo religioso, como estaba estipulada la forma en que
las musulmanas debían acceder a las oraciones en
la mezquita: las casadas se colocaban en las últimas
filas, detrás de los muchachos, que estaban a su
vez detrás de los hombres; las jóvenes vírgenes
no tenían obligación de acudir a la mequita
más que cuando en ella hubiera un lugar apartado
reservado a ellas. Se eximía de acudir a la oración
del viernes en la mezquita a dos tipos de mujeres: las que
estaban afectadas por la impureza legal (menstruación)
o del retiro legal (viudedad o divorcio). Esta separación
de las mujeres con respecto a los hombres en los recintos
sagrados no es exclusiva del Islam, también en las
iglesias cristianas se producía esta separación
física, aduciendo que aún en las iglesias
hay ocasión para el pecado.
LA MUJER Y
LA CULTURA
Posiblemente en uno
de los campos de la vida en donde se ven mejor las posiciones
misóginas sea en el terreno de la cultura, tanto
en el acceso a la misma como en la participación
en la vida intelectual. No obstante en este terreno si hay
diferencias entre el mundo islámico y el cristiano,
siendo el primero más receptivo a que la mujer accediera
a la cultura, en parte por indicación del propio
Corán que incide en la bondad de la cultura, tanto
en el hombre como en la mujer, para una mejor comprensión
del mensaje divino, el Islam considera la devoción
al saber como devoción a Dios; pero también
porque el varón musulmán se siente atraído
por el ingenio y el saber de la mujer, y quizás por
ello le proporcione mayor libertad para que ésta
se culturice y eduque.
Lo anterior no es
óbice para que en ambas sociedades destacaran mujeres
por su saber, baste mencionar a Hildegarda de Bingen, Rosvita
de Gandersteim, Cristina de Pisam, la poetisa Wallada –
que escribió algunos poemas de corte netamente feminista
-, Aisa bint Ahmad, o Umm Hana.
En el mundo cristiano
el acceso de la mujer a la educación no era aprobado
por eminentes padres de la Iglesia, un ejemplo es san Pablo
que, en la Epístola a los Corintios, dice
que si la mujer quiere aprender algo que le pregunte al
marido, o ciertos teólogos (citado por Margaret Wade)
como Felipe de Novara (siglo XIII) que estimaba que la lectura
era innecesaria para la mujer, excepto para las monjas y
consideraba que escribir era claramente nocivo, ya que podía
llevar al peligroso intercambio de cartas de amor.
La educación
de la niña consistía fundamentalmente en inculcarle
el ideal femenino de pasividad y sumisión a sus padres
y a su marido. Que las niñas tenían pocas
posibilidades de acceder a la cultura lo demuestra el hecho
de que, en la segunda mitad del siglo XIII, y en una importante
ciudad como París, sólo hubiera una escuela
para niñas- Distinta era la posibilidad de acceso
a la cultura por parte de las religiosas, bajo estos parámetros
se podría decir que el entrar en la vida religiosa
era un buen vehículo para poder adquirir conocimientos.
No es que las niñas
musulmanas tuvieran excesivas facilidades para acceder al
conocimiento, sobre todo en las clases más humildes;
pero si es cierto que muchos alfaquíes creían
indispensable educar a la mujer y enseñarle a leer
porque ella debía saber su religión. El hecho
cierto es la existencia de científicas, literatas
y poetisas, esto presupone el que hubiera un primer nivel
de enseñanza para mujeres. En un primer nivel niñas
y niños aprendían en el seno de su propia
familia los rudimentos del lenguaje, la lectura y la escritura.
Posteriormente los padres que lo podían pagar enviaban
a sus hijos con un maestro que los iniciaba en el estudio
de la poesía, el cálculo y la gramática.
Algunas mujeres musulmanas
llegaron a la enseñanza “media” y “superior”,
incluso recibieron el iyaza (certificado firmado
por el maestro que facultaba para enseñar), como,
por ejemplo, las andalusíes Maryam Abi Yacub al-Faysuli
o Fátima bint Muhammad ben Ali be Saria.
DISCRIMINACIÓN
DE LA MUJER EN LA LEGISLACIÓN
Ya he mencionado en
anteriores capítulos algunas de las limitaciones
que las leyes musulmanas y cristianas imponían a
las mujeres. En ambas sociedades el trato legal dispensado
a la mujer está en franca desigualdad con el recibido
por el hombre.
Aún cuando,
en el ámbito religioso, tanto el Islam como el Cristianismo
propugnan la igualdad, esto no se ve reflejado en la práctica
jurídica. Las leyes de la sociedad medieval eran
hechas y aplicadas por hombres que por lo general consideraban
a la mujer como seres subordinados e inferiores.
Dentro de esta discriminación
se observa como no es igual de válido el testimonio
de una mujer que el de un hombre – claramente especificado
en el derecho islámico – o como, en algunos
casos, las penas son más gravosas para las mujeres
que para los hombres – véase el adulterio -;
tampoco puede una mujer actuar como juez.
En definitiva la legislación
medieval es un claro referente de la discriminación
que sufre la mujer.
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