Martes 3 de noviembre de 2009
Sentencia en el caso Alvarez (Uruguay) de fecha 21 de octubre donde el el juez (Luis Charles) encontró que el ex dictador Uruguayo Gregorio Alvarez y ex oficial de marina Juan Carlos Larcebeau responsables ("autoría mediata") de 37 y 29 delitos de Homicidio muy especialmente agravados respectivamente) cometidos en Argentina (1970) como parte del Plan Cóndor. Alvarez ha sido condenado a 25 años de prisión, y Larcebeau a 20.
El juez ha concluido que si bien son responsables de actos de homicidio (según el código penal de uruguay), tales actos constituyen, de conformidad con el derecho internacional, crímenes de lesa humanidad, y por tanto, son imprescriptibles y no pueden ser amnistiados. Igualmente, la sentencia contiene varias referencias a la categoría de delitos/crímenes sujetos al principio de jurisdicción universal.
El juez se ha basado en Nuremberg, los estatutos de los TPIY y Ruanda, el Estatuto de Roma de la CPI, y otros casos importantes tales como Arancibia Clavel, Simón, Almonacid Arellano y Fujimori.
La sentencia no es firme.